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Calculo cuotas participación

4 Comentarios
 
Calculo cuotas participación
11/02/2015 11:35
Buenos días compañeros, escribo aquí porque ya no se que hacer la verdad.

Recientemente ha llegado a mi despacho una clienta que dice que en su edificio están mal adjudicados los coeficientes de participación, os pongo en antecedentes.

Se trata de una comunidad que desde sus orígenes pagaban todos a partes iguales, hasta que contrataron un administrador que les dijo que no, que iban a pagar en base a los coeficientes. mi clienta voto en contra pero en el acta se puso que había unanimidad y al no recurrirlo en su momento, eso ya no procede tocarlo entiendo yo.

La cuestión radica en que en el momento en el que se realizó la adjudicación de los coeficientes, hubo pisos que se les dió la condición de interiores, cuando realmente daban a un parque ya que habia en dicho parque un caserío que les quitaba la luz.

A día de hoy, dicho caserío no existe y son pisos con consideración de interiores mas luminosos que los mismos exteriores, además, ha habido varios vecinos que han unido sus pisos a los garajes, trasteros o desvanes convirtiendo estos en parte del inmueble sin autorización de la comunidad y sin la correspondiente cédula de habitabilidad para los mismos.

¿Existiría alguna posibilidad de solicitar judicialmente un nuevo calculo de los coeficientes debido a que se han realizado modificaciones sustanciales? obviamente no hay unanimidad ya que los vecinos "beneficiados" a pesar de haber reconocido que es injusto, se niegan a modificar nada.

Un saludo y gracias! :D
11/02/2015 16:08
Los coeficientes no los puede calcular ni decidir el administrador.
Esos coeficientes están asignados en la escritura de división horizontal y no pueden modificarse sino por acuerdo tomado por unanimidad.
Su clienta, que se ponga las pilas y aprenda como hay que tratar los votos en Junta General y su posterior impugnación.
11/02/2015 16:28
Buenos días, creo que no me he explicado bien en el mensaje, la cuestión es que ha habido modificaciones sustantivas, de gente que ha anexado a su vivienda, zonas destinadas a trastero, garajes o incluso desvanes. Además de la incorrecta consideración de determinados pisos como interiores.

Obviamente nunca va a haber unanimidad ya que los vecinos que han realizado tales reformas (son unos cuantos), no van a votar a favor, ya que tal y como ellos mismos dicen: "aunque tengáis razón, no vamos a ser tontos y pagar más cuando podemos quedarnos así".

La duda en síntesis es, si se puede instar judicialmente un nuevo calculo de los coeficientes en base a modificaciones (no autorizadas) en la estructura básica del inmueble, ya que los garajes no llevan adjudicados los mismos coeficientes/m², que las superficies destinadas a vivienda, y hay vecinos que han convertido dichas zonas en parte habitable de su piso.

Un saludo y gracias por la respuesta.
11/02/2015 19:12
La determinación de las cuotas de participación puede venir ya hecha en la división horizontal por el promotor o el constructor. De no ser así, se ha de tomar por acuerdo unánime de la junta, y si tampoco es posible, sólo entonces por laudo o decisión judicial.

Art. 5 LPH: Al hablar sobre el título constitutivo: "En el mismo título se fijará la cuota de participación que corresponde a cada piso o local, determinada por el propietario único del edificio al iniciar su venta por pisos, por acuerdo de todos los propietarios existentes, por laudo o resolución judicial."

Posteriormente sólo se puede modificar por acuerdo unánime de los propietarios.

Además hay que tener en cuenta que la fijación de las cuotas no se hace sólo en función de la superficie en m2, sino que intervienen tambien otros factores subjetivos que indica la propia ley en ese mismo artículo: "Para su fijación se tomará como base la superficie útil de cada piso o local en relación con el total del inmueble, su emplazamiento interior o exterior, su situación y el uso que se presuma racionalmente que va a efectuarse de los servicios o elementos comunes."
Por tanto, aunque haya un aumento en la superficie de un piso eso no supone que haya necesariamente que aumentar su cuota.
12/02/2015 16:43
Buenos días, he conseguido hablar con el abogado del Colegio de Administradores de la propiedad.

Me ha dicho que si que es posible, que es un procedimiento complicado pero la ley lo regula.

He quedado mañana con él, cuando tenga la respuesta la publicare aquí por si puede ayudar a alguien. Un saludo
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11/02/2015 11:35
Buenos días compañeros, escribo aquí porque ya no se que hacer la verdad.

Recientemente ha llegado a mi despacho una clienta que dice que en su edificio están mal adjudicados los coeficientes de participación, os pongo en antecedentes.

Se trata de una comunidad que desde sus orígenes pagaban todos a partes iguales, hasta que contrataron un administrador que les dijo que no, que iban a pagar en base a los coeficientes. mi clienta voto en contra pero en el acta se puso que había unanimidad y al no recurrirlo en su momento, eso ya no procede tocarlo entiendo yo.

La cuestión radica en que en el momento en el que se realizó la adjudicación de los coeficientes, hubo pisos que se les dió la condición de interiores, cuando realmente daban a un parque ya que habia en dicho parque un caserío que les quitaba la luz.

A día de hoy, dicho caserío no existe y son pisos con consideración de interiores mas luminosos que los mismos exteriores, además, ha habido varios vecinos que han unido sus pisos a los garajes, trasteros o desvanes convirtiendo estos en parte del inmueble sin autorización de la comunidad y sin la correspondiente cédula de habitabilidad para los mismos.

¿Existiría alguna posibilidad de solicitar judicialmente un nuevo calculo de los coeficientes debido a que se han realizado modificaciones sustanciales? obviamente no hay unanimidad ya que los vecinos "beneficiados" a pesar de haber reconocido que es injusto, se niegan a modificar nada.

Un saludo y gracias! :D
11/02/2015 16:08
Los coeficientes no los puede calcular ni decidir el administrador.
Esos coeficientes están asignados en la escritura de división horizontal y no pueden modificarse sino por acuerdo tomado por unanimidad.
Su clienta, que se ponga las pilas y aprenda como hay que tratar los votos en Junta General y su posterior impugnación.
11/02/2015 16:28
Buenos días, creo que no me he explicado bien en el mensaje, la cuestión es que ha habido modificaciones sustantivas, de gente que ha anexado a su vivienda, zonas destinadas a trastero, garajes o incluso desvanes. Además de la incorrecta consideración de determinados pisos como interiores.

Obviamente nunca va a haber unanimidad ya que los vecinos que han realizado tales reformas (son unos cuantos), no van a votar a favor, ya que tal y como ellos mismos dicen: "aunque tengáis razón, no vamos a ser tontos y pagar más cuando podemos quedarnos así".

La duda en síntesis es, si se puede instar judicialmente un nuevo calculo de los coeficientes en base a modificaciones (no autorizadas) en la estructura básica del inmueble, ya que los garajes no llevan adjudicados los mismos coeficientes/m², que las superficies destinadas a vivienda, y hay vecinos que han convertido dichas zonas en parte habitable de su piso.

Un saludo y gracias por la respuesta.
11/02/2015 19:12
La determinación de las cuotas de participación puede venir ya hecha en la división horizontal por el promotor o el constructor. De no ser así, se ha de tomar por acuerdo unánime de la junta, y si tampoco es posible, sólo entonces por laudo o decisión judicial.

Art. 5 LPH: Al hablar sobre el título constitutivo: "En el mismo título se fijará la cuota de participación que corresponde a cada piso o local, determinada por el propietario único del edificio al iniciar su venta por pisos, por acuerdo de todos los propietarios existentes, por laudo o resolución judicial."

Posteriormente sólo se puede modificar por acuerdo unánime de los propietarios.

Además hay que tener en cuenta que la fijación de las cuotas no se hace sólo en función de la superficie en m2, sino que intervienen tambien otros factores subjetivos que indica la propia ley en ese mismo artículo: "Para su fijación se tomará como base la superficie útil de cada piso o local en relación con el total del inmueble, su emplazamiento interior o exterior, su situación y el uso que se presuma racionalmente que va a efectuarse de los servicios o elementos comunes."
Por tanto, aunque haya un aumento en la superficie de un piso eso no supone que haya necesariamente que aumentar su cuota.
12/02/2015 16:43
Buenos días, he conseguido hablar con el abogado del Colegio de Administradores de la propiedad.

Me ha dicho que si que es posible, que es un procedimiento complicado pero la ley lo regula.

He quedado mañana con él, cuando tenga la respuesta la publicare aquí por si puede ayudar a alguien. Un saludo