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Cálculo de indemnización

2 Comentarios
 
Cálculo de indemnización
perfil Daj
30/09/2004 12:34
Hola.
Tenemos un caso de despido por causas objetivas en nuestra empresa y nos ha preguntado a los representantes de los trabajadores cómo se haría el cálculo de la indemnización.

Las causas objetivas son las referentes al artículo del Estatuto de los Trabajadores 52.c sobre necesidades económicas y lo que le correspondería son 20 días por año de servicio con un máximo de 12 mensualidades según se indica en el artículo 53.1.b. Ya se lo han comunicad por escrito y es lo que le van a dar.

Lo que quisiera saber es cómo exactamente se calcula esta cantidad.
- ¿Utilizo el sueldo bruto actual para calcular lo que le corresponde por día?
- ¿Se divide este sueldo bruto entre los 12 meses del año y posteriromente entre 30 días?
- ¿Al resultado bruto por día hay que hacerle algún tipo de deducción?
- ¿Las doce mensualidades a las que se refiere son el sueldo bruto de un año?

En fin muchas preguntas. Si alguien pudiera responderme pronto se lo agradecería mucho.

Gracias.
perfil Daj
30/09/2004 12:49
Se me olvidaba: al margen de esta indemnización supongo que se lleva el finiquito del contrato ¿no? (lo que va de mes, vacaciones pendientes etc.)
30/09/2004 19:39
Hola.

Como parece que el despido objetivo que explicas cumple con todos los requisitos y es aceptado por vosotros. Trataré de ceñirme a tus preguntas.

El calculo de la indemniacion se hace sobre el valor bruto de todos los elementos salariales existentes en nómina incrementandose éstos en 1/12 parte del valor de cada una de las pagas que tengais. Si tuvieseis conceptos salariales variables (horas extra; nocturnidad; productividad etc.) debereis coger la suma de los valores existententes en las doce nominas anteriores a la fecha del despido y dividir por 360 o 365 y habreis obtenido el valor día de estos conceptos que añadireis al valor día de los conceptos retributivos fijos.

Una vez determinado cual es elvalor día a efectos de indemnización. Para calcular que importe os corresponde debereis pasar vuestra antigüedad a dias y establecr la proporciónsiguiente: si a 360 dias corresponden 20 de indemnizacion a tantos dias de antigüedad X y si el valor X supera los 360 dias, debeis plantaros en 360,

Ademas de la indemnzación, os deben liquidar los días trabajados con sus correspondeintes pluses; el valor de las pagas extra devengados (finiquito) y el importe de las vacaciones a las que habeis generado derecho y no disfrutado.

Saludos