Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Cálculo de la prestación tras una it

1 Comentarios
 
Cálculo de la prestación tras una it
03/03/2021 12:28
Buenos días:
Al llevar más de un año de baja por una IT he pasado a cobrar prestación por parte de la mutua. La prestación se reduce a un 75 %. Pero me he puesto a pensar. Y si me despiden? La prestación del Sepe se calcula sobre los 180 últimos días cotizados y claro, si toman en cuenta lo que me paga la mutua salgo algo perjudicado.
Mi pregunta es entonces, se tiene en cuenta para el cálculo en caso de un eventual despido lo cotizado con la mutua?
Lo digo porque si fuera así lo entiendo como una penalización injusta para alguien que tiene una enfermedad.
Gracias
06/03/2021 12:19
Pabloprzb
Hola. Durante los 18 primeros meses de baja, la empresa cotiza el 100 %.
Por ello, si te despidiesen, tanto para el cálculo de la indemnización por el despido, como para el cálculo del cobro del paro, se haría sobre las cotizaciones al 100 %.
Saludos
Cálculo de la prestación tras una it | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Cálculo de la prestación tras una it

1 Comentarios
 
Cálculo de la prestación tras una it
03/03/2021 12:28
Buenos días:
Al llevar más de un año de baja por una IT he pasado a cobrar prestación por parte de la mutua. La prestación se reduce a un 75 %. Pero me he puesto a pensar. Y si me despiden? La prestación del Sepe se calcula sobre los 180 últimos días cotizados y claro, si toman en cuenta lo que me paga la mutua salgo algo perjudicado.
Mi pregunta es entonces, se tiene en cuenta para el cálculo en caso de un eventual despido lo cotizado con la mutua?
Lo digo porque si fuera así lo entiendo como una penalización injusta para alguien que tiene una enfermedad.
Gracias
06/03/2021 12:19
Pabloprzb
Hola. Durante los 18 primeros meses de baja, la empresa cotiza el 100 %.
Por ello, si te despidiesen, tanto para el cálculo de la indemnización por el despido, como para el cálculo del cobro del paro, se haría sobre las cotizaciones al 100 %.
Saludos