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Cálculo desempleo

5 Comentarios
 
Cálculo desempleo
10/04/2006 18:04
Me aprobaron la solicitud de prestación por desempleo desde el 24.02 por una base reguladora diaria de 33.63 € y el mismo importe como cuantía diaria, sin embargo, hoy me han ingresado por primera vez y la cantidad ha sido de 597.49 €, ¿podríais decirme a que corresponde o como se hacen los cálculos?
Muchísimas gracias de antemano
10/04/2006 18:34
A ojo de buen cubero yo diría que son los dias de febrero mas el mes de marzo menos la retención de los 10 primeros días que te pagarán al final de la prestación.
10/04/2006 18:48
Gracias Stivi por la rapidez y el interés pero si es como tu dices ¿sabes que % retienen? es que siguiendo tu planteamiento:
5 días de febrero 31 días de marzo - 10 que dices que me pagarán al final de la prestación:

5 31-10= 26 días x 33.63 €/día = 874.38 €

Si me han pagado 597.49 €

La diferencia es de 276.89 € eso es de retención del irpf?

Gracias de nuevo
10/04/2006 18:58
No hice las cuentas pero ten en cuenta que no cobras la base reguladora diaria no es lo que cobras. La prestaciópn por desempleo es, durante los 6 primeros meses el 70% de la B.R. y a partir del del 7º en adelante el 60%.

El 70% de 33.63 es 23.54 x 26 = 612,06 lo cual ya se aproxima mas. De todas formas en tu oficina del INEM te lo aclararan.

Saludos.
10/04/2006 19:26
Gracias de nuevo, ya empieza a cuadrarme! he leido por ahi que a demas a aeso hay que auitarle de cotización a la SS el 65% de un 4.7% sobre la base reguladora (o algo asi) y mas o menos cuadra!
Gracias de nuevo
10/04/2006 22:30
No compañero Stivi, ya no existe la retención de los primero DIEZ DIAS, aunque aquí llevas razón y todavía estaba en vigor (será a partir del 1º de Abril, Disposición final segunda) porque así lo ha dispuesto el Real Decreto 200/2006 de 17 de febrero (BOE número 53 del 3 de marzo), por el que se modifica el reglamento RD 625/85, que desarrollaba la Ley 31/1984 de 2 de agosto.

Para los que tengan descontados esos primeros 10 días, la Disposición Transitoria Unica prevé la devolución cuando se cause baja o se produzca modificación.

La cuenta que echáis creo que sería así:

Días pagados en Febrero (30-23=7 días)
Días pagados en Marzo (30)
Total (37-10 retención) = 27 días subsidiados.

Base reguladora (33,63 x 70 /100) = 23,5410/ día
% Cotización (4,70x65/100) = 3,055%
Cotización (1008,90 x 3,055%) = 30,8219/mes.

Liquidación: subsidio (27 x 23,54) = 635,61
Liquidación: cotizac. (37 x 1,03) = 38,11

A cobrar = 597,50€, quedando pendientes los DIEZ días retenidos.

Que os vaya bien a todos.