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Calculo nocturnidad convenio hostelería de madrid

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Calculo nocturnidad convenio hostelería de madrid
13/11/2023 15:13
Hola buenas tardes.

Estoy reclamando la nocturnidad a mi empresa de los últimos meses, ya que no me han sido abonadas, siempre realizo el mismo horario de tarde-noche y según convenio se estipulan de dos formas, es para saber si mis cálculos son correctos, gracias de antemano:

a) Las horas nocturnas durante el período comprendido entre las 22:00 h y las 0:00h tendrá una retribución específica con el 1% sobre el salario base reflejado en las tablas salariales de este convenio, aplicando la siguiente fórmula para su cálculo: Incremento valor hora nocturna 22:00h a 0:00h= (Salario Base x 1%) : (4 x 40).

El salario base de un trabajador con la categoría de camarero para el año 2022, según las tablas salariales del citado convenio es de 1002.45 euros.

(1002,45 x 1%) : (4 x 40) = 6,26 euros.

Así pues, a un camarero que realiza horas nocturnas entre las 22:00 y las 00:00 se le incrementará cada hora de dicha franja horaria en 6,26 euros. Así pues, las dos últimas horas que se realizan entre 22:00 a las 00:00 tendrán un incremento de 6,26 euros cada una. Por ello, por las dos horas, se abonará una cantidad equivalente a 12,52 euros.

b) Para el camarero que trabaja todos días también entre las 00:00 en adelante, se debe aplicar la fórmula prevista en el primer párrafo del apartado a), en tanto que se trabaja en la franja horaria comprendida entre las 00:00 y las 08:00. Esta fórmula señala lo siguiente:
Las horas nocturnas durante el período comprendido entre las 0:00 h y las 8:00h tendrá una retribución específica con el 25% sobre el salario base reflejado en las tablas salariales de este Convenio, aplicando la siguiente fórmula para su cálculo: Incremento valor hora nocturna 00:00h a 8:00h= (Salario Base 25%) : (4 x 40).

El salario base de un trabajador con la categoría de camarero para el año 2022, según las tablas salariales del citado convenio son de 1002,45 euros.
(1002,45 25%) : (4 x 40) = 7,82 euros.
Así pues, a un camarero que realiza horas nocturnas entre las 00:00 en adelante se le incrementará cada hora de dicha franja horaria en 7,82 euros. Así pues, la hora que realiza el citado camarero entre las 00:00 en adelante tendrán un incremento de 7,65 euros cada una.
En conclusión:
En el caso a) tendremos un incremento de 12,52 euros por el trabajo que realiza entre las 22:00 y las 00:00.
En el caso b) tendrá un incremento de 7,65 euros por el trabajo que realiza de 00:00 en adelante por cada hora de trabajo.
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Calculo nocturnidad convenio hostelería de madrid
13/11/2023 15:13
Hola buenas tardes.

Estoy reclamando la nocturnidad a mi empresa de los últimos meses, ya que no me han sido abonadas, siempre realizo el mismo horario de tarde-noche y según convenio se estipulan de dos formas, es para saber si mis cálculos son correctos, gracias de antemano:

a) Las horas nocturnas durante el período comprendido entre las 22:00 h y las 0:00h tendrá una retribución específica con el 1% sobre el salario base reflejado en las tablas salariales de este convenio, aplicando la siguiente fórmula para su cálculo: Incremento valor hora nocturna 22:00h a 0:00h= (Salario Base x 1%) : (4 x 40).

El salario base de un trabajador con la categoría de camarero para el año 2022, según las tablas salariales del citado convenio es de 1002.45 euros.

(1002,45 x 1%) : (4 x 40) = 6,26 euros.

Así pues, a un camarero que realiza horas nocturnas entre las 22:00 y las 00:00 se le incrementará cada hora de dicha franja horaria en 6,26 euros. Así pues, las dos últimas horas que se realizan entre 22:00 a las 00:00 tendrán un incremento de 6,26 euros cada una. Por ello, por las dos horas, se abonará una cantidad equivalente a 12,52 euros.

b) Para el camarero que trabaja todos días también entre las 00:00 en adelante, se debe aplicar la fórmula prevista en el primer párrafo del apartado a), en tanto que se trabaja en la franja horaria comprendida entre las 00:00 y las 08:00. Esta fórmula señala lo siguiente:
Las horas nocturnas durante el período comprendido entre las 0:00 h y las 8:00h tendrá una retribución específica con el 25% sobre el salario base reflejado en las tablas salariales de este Convenio, aplicando la siguiente fórmula para su cálculo: Incremento valor hora nocturna 00:00h a 8:00h= (Salario Base 25%) : (4 x 40).

El salario base de un trabajador con la categoría de camarero para el año 2022, según las tablas salariales del citado convenio son de 1002,45 euros.
(1002,45 25%) : (4 x 40) = 7,82 euros.
Así pues, a un camarero que realiza horas nocturnas entre las 00:00 en adelante se le incrementará cada hora de dicha franja horaria en 7,82 euros. Así pues, la hora que realiza el citado camarero entre las 00:00 en adelante tendrán un incremento de 7,65 euros cada una.
En conclusión:
En el caso a) tendremos un incremento de 12,52 euros por el trabajo que realiza entre las 22:00 y las 00:00.
En el caso b) tendrá un incremento de 7,65 euros por el trabajo que realiza de 00:00 en adelante por cada hora de trabajo.