Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

cámaras vigilancia

6 Comentarios
 
Cámaras vigilancia
04/11/2004 18:01
Hola, trabajo en una tienda y mi jefe acaba de instalar una cámara por control remoto. Todos los empleados estamos bastante ofendidos, ya que la persona que la ha instalado nos ha dicho que nos va a controlar hasta el mínimo movimiento. Mi pregunta es ¿esto es legal?.
Por cierto, no la ha instalado en vestuario ni ningún sitio así (creo.....)sólo en la tienda propiamente dicha.
05/11/2004 08:45
Pues sí, Gorethi, en principio es legal, mientras no instale las cámaras en ámbitos en los que supongan una grave atentado contra vuestra intimidad (vestuarios, aseos, etc).

De hecho, además de medio de control, pues suponer en efectivo medio de seguridad para el establecimiento (robos, etc).

Y de hecho, respecto a su uso (razonable) como medio de control de los empleados, el art. 90 de la Ley de Procedimiento Laboral admite como medios de prueba "los medios mecánicos de reproducción de la palabra, de la imagen y del sonido, salvo que se hubieran obtenido, directa o indirectamente, mediante procedimientos que supongan violación de derechos fundamentales o libertades públicas" (cosa que no ocurre si instala la cámara en lo que es la tienda en sí).

Un saludo (y cuidado!, que el Gran Hermano os vigila)
05/11/2004 09:52
Hola Nando, gracias por la respuesta, ya me temía yo que era legal.
Lo que tengo claro es que voy a revisar el vestuario de arriba a abajo, porque no me fío de que no nos haya instalado una cámara allí.........Muchas gracias.
05/11/2004 16:43
Admirado Nando creo que no es del todo correcta tu interpretación, pero como yo no soy abogado, prefiero que tu mismo consultes la página de la Agencia de Protección de datos, dónde habla de "Videovigilancia en el lugar de trabajo". Bajo mi interpretación es ilegal sin el consentimieto de los trabajadores. La página es www.agpd.es/index.php?idSeccion=237
05/11/2004 17:22
Hola.

Yo estoy de acuerdo con Nando.

Lo que creo que hace la LOPD es someter esas imagenes grabadas a las mismas obligaciones que cualquier otro dato personal, pero para nada impide la grabacion.

Efectivamente del artículo 20.3 del Estatuto se desprende la posibilidad de ponerlos medios de control del tipo que sean para el control de la actividad de los trabajdores en su centro y en horas de trabajo.

El T.S.J. de Galicia en una sentencia de 25.01.1996, admitió que se colocasen micrófonos en un casino para el control del personal que manejaba una ruleta y en esta sentencia se definen los requisitos por los cuales se admite dicha instalación, que valdría para las camaras.

Como muy bien dice Nando, estos micrófonos y/o cámamras no pueden estar instaladas en aaquellas dependencias que se sean para el descanso o actividades personales de los trabajadores. Asi, el T.S.J. de Galicia,en una sentencia d 20.03.2002, declaró ilegal la filamcion de un vigilante de un museo al que las camaras de seguridad lo filamron manipulando los ordenadores, despojamndose de su uniforme y llevando a cabo prácticas de masturbacion, por haber sido filmado en una habitáculo que se usaba como almacen y zona de descanso del personal.

Por último, señalar que el T.S.J. de Cataluña en una sentencia de 25.04.1994 admitió la filmacion pero no la grabacion.

Saludos
08/11/2004 14:08
Gracias Ninfa. Otra duda más, ¿qué hay de que han de estar avisados los trabajadores y han de dar su consentimiento? según dice la pág. de la Agpd.
Pues me queda claro que es legal poner las cámaras, pero ¿y lo anterior?. 1 Saludo
08/11/2004 17:29
Hola.

No engo demasiado claro si el empresario debería avisar de la colocacion de cámaras. en mi opinión si. Pero lo que si tengo perfectamente claro es que los trabajadores no tiene que dar ni quitar consentimiento, ya que tal decisión forma parte del poder de dirección del empresario, con las excepciones señaladas que invadan la intimidad de los trabajadores.

De sentiros perjudicados por la razón que fuere, deberias reclamar ya sea primero via inspeccion (no me parece una reclalamacion demasiado efectiva) ya sea ante el juzgado de lo social. Pero entiendo que para nada necesita la empresa consentimiento de los trabajadores para su instalacion.

Saludos.