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cambio de ciudad de residencia

12 Comentarios
 
30/10/2006 19:19
a ver patricia, como tengo que explicar que si no las coge tan siquiera en verano (durante las vacaciones a las que tiene derecho), como voy a esperar que se las quede 7 meses. el problema es que pegas las que quieras, pero ayuda ninguna, y en cuanto al trabajo de mi pareja, pues si creo que sea relevante, ya que está ejerciendo de padre y sufraga muchos gastos de las niñas.
30/10/2006 18:45


Yo no me iría, de verdad que no... prefiero estar con mis hijos, lo digo en serio, pero entiendo que quiera ir, bueno, pues que lo haga bien en ese caso, pidiendo permiso al otro ex conyuge, a lo mejor llegan a un acuerdo.Siempre hay que intentarlo, aunque te cuelguen el teléfono, aun así yo duermo mejor cuando lo he intentado.
30/10/2006 18:05
Si, cq, pero está motivado por cuestiones laborales de la pareja de la madre, no por trabajo de ésta, y la cosa cambia mucho.
Ya se apunta que lo mejor es que lleguen a un acuerdo, incluso temporalmente, podrían cambiar la guarda y custodia.
30/10/2006 13:39
Reconocedme el derecho de pretender informar bien, con base no solo en jurisprudencia si no en la práctica: el factor determinante de mi punto de vista es que se trata de un traslado temporal (7 meses no?), no definitivo y que la madre lo que busca es precisamente que el padre no pierda el contacto con sus hijos durante ese tiempo. No se donde vives leirali55, pero dudo mucho que un procedimiento de modificación de medidas pudiera resolverse en tan corto plazo. Perdón si he ofendido a alguien, pero no me parece muy profesional dar un tinte a la consulta que no tiene, y yo al menos no suelo distinguir si quien lo hace es el padre o la madre. No presumo de ser abogado, simplemente digo que lo soy o tendría que ocultarlo?
30/10/2006 13:23
Suponiendo que esos gastos que mencionas vengan recogidos en el convenio de separación, si no los cumple, insta el la ejecución de sentencia.
Por supuesto que tú sabes más de tu vida que cualquier otra persona, y si el padre es así, que le cuesta recoger a sus hijos, pues alla él, él se lo pierde, pero con lo que no estoy de acuerdo es que las obligaciones laborales de tu actual pareja, con el cambio de destino a otra ciudad, aunque sea temporal, redunde en un mejor futuro de tus hijas, ya que sus necesidades deben estar cubiertas por el padre de las niñas y por tí misma.
Sobre la patria potestad, la misma supongo que la ostentan los dos, madre y padre, por lo cual determinadas decisiones deberían estar tomadas por los dos, no uniteralmente.
Sobre el forista que presume de ser abogado, le diría que aquí, generalmente, y en especial Patricia mv no pretende confundir a nadie, se podrán tener opiniones divergentes, incluso opiniones ambas con razón, pero no se persigue confundir a nadie, o quizás es que dice eso si que puede tener ganas de confundir con opiniones tomadas por la noche (ya sabes, Dinio y sus pensamientos...)
30/10/2006 12:40
querida anonima:
te suena de algo eso de la custodia compartida???? por la que tantos y tantos padres luchan. pues bien, has de saber que no solo los padres tambien hay madres a favor, entre las que me encuentro. el unico inconveniente es cuando te encuentras con uno de los progenitores como tanto os gusta denominarlo en este foro, pasa siquiera de tenerlos en las vacaciones o los finde que le corresponde, mientras tu ves que cara se le queda a dos niñas pequeñas cuando ya es sábado por la tarde y por allí no ha llegado nadie a recogerlas. por supuesto que exsistiran situaciones de todo tipo, pero de la mia se yo mas que tu. y si tanto deseo irme, que no se si te has molestado en leer correctamente el principio, es solo temporal, y en busca de un mejor futuro para mis hijas.
30/10/2006 09:57
Leira, los gastos del colegio los cubre la pensión de alimentos (dicha pensión no es sólo para cubrir lo que el niño come, sino sus necesidades), y los libros, salvo que el convenio lo especifique, también van dentro de la pensión; no son gasto extra. No entiendo que digas que tu ex- no paga los gastos del colegio pero sí la pensión de alimentos. Sobre lo de llevarte a los niños, eso implica un cambio de colegio, por lo que no deberías de hacerlo sin el consentimento del padre. Si tanto deseas irte, ¿por qué no te vas tú y dejas a los niños al cuidado del padre? Así dicho cambio ellos no tendrían que sufrirlo.
30/10/2006 08:52
Basta ya. Nuestros hijos deben de estar proximos a sus padres. Es muy digno que uno de los progenitores rehagan su vida, pero por favor, el otro progenitor debe seguir cerca de su hijo.
En mi experiencia, ahora mismo, despues de tener mi sentencia 5 dias de vida tengo que solicitar modificacion por este tema (ella ha BUSCADO trabajao y otra vida a 700 kms).
No pudo pensar en su hijo, que un cambio de este orden le rompen todo su apego familiar, vecinal, educacional y por supuesto que ¿tendra que hacer el padre para cumplir el régimen de visitas?.
Ya conoceis mi caso por otros posts.

De nuevo, ¿DE VERDAD SE PIENSA EN LOS HIJOS CUANDOS SE TOMAN DECISIONES?.

JUSTICIA....
29/10/2006 21:13
No es un acto de potestad ordinaria, y así lo reconoce tanto la jurisprudencia menor como la del Supremo: “(…) siendo compartida por ambos progenitores la patria potestad, que debían adoptarse de mutuo acuerdo las decisiones más trascendentes que afecten a la vida del menor, con la obligación de la madre de informar al padre de aquellas incidencias que así lo aconsejen por su entidad, trascendencia o gravedad, decidiendo el Juez en caso de discrepancia. (…). La resolución de instancia concreta suficientemente esa necesidad de información y mutuo acuerdo, refiriéndolas a aquellos aspectos de especial entidad, trascendencia o gravedad, lo que, por estas mismas características, se entiende que exceden del ámbito propio de lo que es la guarda y custodia para incardinarse en el de la patria potestad. (…)”. Y por suficiente entidad se considera un cambio de colegio, así que mucho más un cambio de localidad pues dependiendo del kilometraje no va a favorecer el derecho de visitas, sino el incumplimiento de las mismas (por tanto si procede una modificación de medidas pues el cambio puede ser relevante) que por otra parte, el artículo 94 C.C. dice que es un derecho del progenitor no custodio, siéndolo también al mismo tiempo del menor. Así que en cualquier caso, lo de llevártelos, dependerá del kilometraje y de una decisión judicial a falta de acuerdo pues puede considerarse un cambio sustancial que pueda incluso dar lugar a un cambio de la guarda y custodia del menor, y desde luego, del derecho a las visitas.
Y yo también lo soy cq, muy desafortunado tu comentario final.
No creo que nadie confunda a leira, que lo tiene muy claro. ¿Tienes reconocidos expresamente y enumerados esos gastos? ¿Como extraordinarios específicamente?
29/10/2006 20:52
pues siento discrepar pero puedes trasladarte de localidad sin problema, siempre que se lo comuniques y facilites el mantenimiento de la relacion paterno-filial, estaría bueno. Y no es necesario un procedimiento de modificaci´ón de medidas, es un acto de patria potestad ordinaria o menor que se entiende corresponde, únicamente, al progenitor custodio. Para reclamrle los gastos a los que está obligado de forma concreta e independiente a la pensión alimenticia, debes presentar una demanda de ejecución de sentencia, no una denuncia. Soy abogado en ejercicio, que no te confundan.
29/10/2006 13:33
pues resulta que sí, tienen reconocido ese "derecho" a los gastos como colegio libros y demás, pero no lo ha pagado nunca.
y referente a su derecho de visitas, que yo considero es mas de los niños que del padre en realidad, si no llega a ser obligado, no lo hubiera cumplido nunca, que lo mio me costó que lo volvieran a ver, así que lo de quedarselas él, el que no va a querer el él, que durante todo el verano las cogió 3 días y por que le obligé.
29/10/2006 10:30
El padre de tus hijos puede negarse al traslado. Si no quieres perjudicar la relación entre tus hijos y su padre, siempre puedes acordar con él dejarle a los niños esos 7 meses mientras tú te trasladas, que es otra opción. Lo lógico es que instes una modificación de medidas, y que justifiques la necesidad del cambio de residencia que no me parece esté justificada pues no te trasladas porque trabajes y así te lo exija el trabajo. PIensa que ambos tenéis la patria potestad, y que es obligación tuya recabar el consentimiento del padre en aquellas decisiones trascendetes que afecten a la vida de vuestros hijos, y un traslado de 7 meses a otra localidad lo es, entre otras cosas, porque afecta al derecho que tienen tus hijos a visitar a su padre.
En cuanto al impago de cantidades distintas a la pensión de alimentos, antes de "denunciarle" tendrás que ver si tus hijos tienen reconocidos esos derechos en la sentencia que se haya dictado, ¿no crees?.
Cambio de ciudad de residencia
28/10/2006 23:50
Quisiera saber si puedo trasladarme a otra ciudad o si mi ex puede poner alguna traba, y como tendría que modificar las visitas, pues no quiero perjudicarle, pero he de trasladarme por 7 meses por trabajo de mi actual pareja. Tambien quisiera saber si tengo que denunciarle y que tipo de denuncia sería, ya que no ha pagado nunca los colegios ni ningún gasto que no sea la manutención de alimentos. Gracias por adelantado
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30/10/2006 19:19
a ver patricia, como tengo que explicar que si no las coge tan siquiera en verano (durante las vacaciones a las que tiene derecho), como voy a esperar que se las quede 7 meses. el problema es que pegas las que quieras, pero ayuda ninguna, y en cuanto al trabajo de mi pareja, pues si creo que sea relevante, ya que está ejerciendo de padre y sufraga muchos gastos de las niñas.
30/10/2006 18:45


Yo no me iría, de verdad que no... prefiero estar con mis hijos, lo digo en serio, pero entiendo que quiera ir, bueno, pues que lo haga bien en ese caso, pidiendo permiso al otro ex conyuge, a lo mejor llegan a un acuerdo.Siempre hay que intentarlo, aunque te cuelguen el teléfono, aun así yo duermo mejor cuando lo he intentado.
30/10/2006 18:05
Si, cq, pero está motivado por cuestiones laborales de la pareja de la madre, no por trabajo de ésta, y la cosa cambia mucho.
Ya se apunta que lo mejor es que lleguen a un acuerdo, incluso temporalmente, podrían cambiar la guarda y custodia.
30/10/2006 13:39
Reconocedme el derecho de pretender informar bien, con base no solo en jurisprudencia si no en la práctica: el factor determinante de mi punto de vista es que se trata de un traslado temporal (7 meses no?), no definitivo y que la madre lo que busca es precisamente que el padre no pierda el contacto con sus hijos durante ese tiempo. No se donde vives leirali55, pero dudo mucho que un procedimiento de modificación de medidas pudiera resolverse en tan corto plazo. Perdón si he ofendido a alguien, pero no me parece muy profesional dar un tinte a la consulta que no tiene, y yo al menos no suelo distinguir si quien lo hace es el padre o la madre. No presumo de ser abogado, simplemente digo que lo soy o tendría que ocultarlo?
30/10/2006 13:23
Suponiendo que esos gastos que mencionas vengan recogidos en el convenio de separación, si no los cumple, insta el la ejecución de sentencia.
Por supuesto que tú sabes más de tu vida que cualquier otra persona, y si el padre es así, que le cuesta recoger a sus hijos, pues alla él, él se lo pierde, pero con lo que no estoy de acuerdo es que las obligaciones laborales de tu actual pareja, con el cambio de destino a otra ciudad, aunque sea temporal, redunde en un mejor futuro de tus hijas, ya que sus necesidades deben estar cubiertas por el padre de las niñas y por tí misma.
Sobre la patria potestad, la misma supongo que la ostentan los dos, madre y padre, por lo cual determinadas decisiones deberían estar tomadas por los dos, no uniteralmente.
Sobre el forista que presume de ser abogado, le diría que aquí, generalmente, y en especial Patricia mv no pretende confundir a nadie, se podrán tener opiniones divergentes, incluso opiniones ambas con razón, pero no se persigue confundir a nadie, o quizás es que dice eso si que puede tener ganas de confundir con opiniones tomadas por la noche (ya sabes, Dinio y sus pensamientos...)
30/10/2006 12:40
querida anonima:
te suena de algo eso de la custodia compartida???? por la que tantos y tantos padres luchan. pues bien, has de saber que no solo los padres tambien hay madres a favor, entre las que me encuentro. el unico inconveniente es cuando te encuentras con uno de los progenitores como tanto os gusta denominarlo en este foro, pasa siquiera de tenerlos en las vacaciones o los finde que le corresponde, mientras tu ves que cara se le queda a dos niñas pequeñas cuando ya es sábado por la tarde y por allí no ha llegado nadie a recogerlas. por supuesto que exsistiran situaciones de todo tipo, pero de la mia se yo mas que tu. y si tanto deseo irme, que no se si te has molestado en leer correctamente el principio, es solo temporal, y en busca de un mejor futuro para mis hijas.
30/10/2006 09:57
Leira, los gastos del colegio los cubre la pensión de alimentos (dicha pensión no es sólo para cubrir lo que el niño come, sino sus necesidades), y los libros, salvo que el convenio lo especifique, también van dentro de la pensión; no son gasto extra. No entiendo que digas que tu ex- no paga los gastos del colegio pero sí la pensión de alimentos. Sobre lo de llevarte a los niños, eso implica un cambio de colegio, por lo que no deberías de hacerlo sin el consentimento del padre. Si tanto deseas irte, ¿por qué no te vas tú y dejas a los niños al cuidado del padre? Así dicho cambio ellos no tendrían que sufrirlo.
30/10/2006 08:52
Basta ya. Nuestros hijos deben de estar proximos a sus padres. Es muy digno que uno de los progenitores rehagan su vida, pero por favor, el otro progenitor debe seguir cerca de su hijo.
En mi experiencia, ahora mismo, despues de tener mi sentencia 5 dias de vida tengo que solicitar modificacion por este tema (ella ha BUSCADO trabajao y otra vida a 700 kms).
No pudo pensar en su hijo, que un cambio de este orden le rompen todo su apego familiar, vecinal, educacional y por supuesto que ¿tendra que hacer el padre para cumplir el régimen de visitas?.
Ya conoceis mi caso por otros posts.

De nuevo, ¿DE VERDAD SE PIENSA EN LOS HIJOS CUANDOS SE TOMAN DECISIONES?.

JUSTICIA....
29/10/2006 21:13
No es un acto de potestad ordinaria, y así lo reconoce tanto la jurisprudencia menor como la del Supremo: “(…) siendo compartida por ambos progenitores la patria potestad, que debían adoptarse de mutuo acuerdo las decisiones más trascendentes que afecten a la vida del menor, con la obligación de la madre de informar al padre de aquellas incidencias que así lo aconsejen por su entidad, trascendencia o gravedad, decidiendo el Juez en caso de discrepancia. (…). La resolución de instancia concreta suficientemente esa necesidad de información y mutuo acuerdo, refiriéndolas a aquellos aspectos de especial entidad, trascendencia o gravedad, lo que, por estas mismas características, se entiende que exceden del ámbito propio de lo que es la guarda y custodia para incardinarse en el de la patria potestad. (…)”. Y por suficiente entidad se considera un cambio de colegio, así que mucho más un cambio de localidad pues dependiendo del kilometraje no va a favorecer el derecho de visitas, sino el incumplimiento de las mismas (por tanto si procede una modificación de medidas pues el cambio puede ser relevante) que por otra parte, el artículo 94 C.C. dice que es un derecho del progenitor no custodio, siéndolo también al mismo tiempo del menor. Así que en cualquier caso, lo de llevártelos, dependerá del kilometraje y de una decisión judicial a falta de acuerdo pues puede considerarse un cambio sustancial que pueda incluso dar lugar a un cambio de la guarda y custodia del menor, y desde luego, del derecho a las visitas.
Y yo también lo soy cq, muy desafortunado tu comentario final.
No creo que nadie confunda a leira, que lo tiene muy claro. ¿Tienes reconocidos expresamente y enumerados esos gastos? ¿Como extraordinarios específicamente?
29/10/2006 20:52
pues siento discrepar pero puedes trasladarte de localidad sin problema, siempre que se lo comuniques y facilites el mantenimiento de la relacion paterno-filial, estaría bueno. Y no es necesario un procedimiento de modificaci´ón de medidas, es un acto de patria potestad ordinaria o menor que se entiende corresponde, únicamente, al progenitor custodio. Para reclamrle los gastos a los que está obligado de forma concreta e independiente a la pensión alimenticia, debes presentar una demanda de ejecución de sentencia, no una denuncia. Soy abogado en ejercicio, que no te confundan.
29/10/2006 13:33
pues resulta que sí, tienen reconocido ese "derecho" a los gastos como colegio libros y demás, pero no lo ha pagado nunca.
y referente a su derecho de visitas, que yo considero es mas de los niños que del padre en realidad, si no llega a ser obligado, no lo hubiera cumplido nunca, que lo mio me costó que lo volvieran a ver, así que lo de quedarselas él, el que no va a querer el él, que durante todo el verano las cogió 3 días y por que le obligé.
29/10/2006 10:30
El padre de tus hijos puede negarse al traslado. Si no quieres perjudicar la relación entre tus hijos y su padre, siempre puedes acordar con él dejarle a los niños esos 7 meses mientras tú te trasladas, que es otra opción. Lo lógico es que instes una modificación de medidas, y que justifiques la necesidad del cambio de residencia que no me parece esté justificada pues no te trasladas porque trabajes y así te lo exija el trabajo. PIensa que ambos tenéis la patria potestad, y que es obligación tuya recabar el consentimiento del padre en aquellas decisiones trascendetes que afecten a la vida de vuestros hijos, y un traslado de 7 meses a otra localidad lo es, entre otras cosas, porque afecta al derecho que tienen tus hijos a visitar a su padre.
En cuanto al impago de cantidades distintas a la pensión de alimentos, antes de "denunciarle" tendrás que ver si tus hijos tienen reconocidos esos derechos en la sentencia que se haya dictado, ¿no crees?.
Cambio de ciudad de residencia
28/10/2006 23:50
Quisiera saber si puedo trasladarme a otra ciudad o si mi ex puede poner alguna traba, y como tendría que modificar las visitas, pues no quiero perjudicarle, pero he de trasladarme por 7 meses por trabajo de mi actual pareja. Tambien quisiera saber si tengo que denunciarle y que tipo de denuncia sería, ya que no ha pagado nunca los colegios ni ningún gasto que no sea la manutención de alimentos. Gracias por adelantado