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Cambio de empresa conservando la antigüedad

2 Comentarios
 
Cambio de empresa conservando la antigüedad
12/04/2024 10:21
Hace un año que trabajo de cocinera en un hotel. Ahora lo ha cogido en gestion una empresa externa (solo la parte de cocina) y pasare a trabajar para ellos conservando la antigüedad. Mi pregunta es:
¿Si dentro de un tiempo las dos partes no se entienden y se rompe la relación, para quien trabajare entonces? Tambien saber si esto es legal, si m puedo negar etc, gracias de antemano
12/04/2024 15:37
Una empresa puede externalizar un servicio (como el de cocina, limpieza, vigilancia, etc) lo cual es perfectamente legal y habitual. En este caso usted mantiene en la nueva empresa las mismas condiciones que tenía con el hotel: tipo de contrato (indefinido, temporal...), salario, antigüedad y resto de derechos reconocidos o adquiridos.

Si en el futuro el hotel cambia de empresa de cocina, la nueva empresa estará obligada a subrogarle de nuevo manteniendo igualmente todas sus condiciones laborales.

En estos cambios de empresa, mientras la nueva empresa le mantenga todas las condiciones igual que las tenía no puede negarse a la subrogación ya que sería considerado baja voluntaria (sin indemnización ni paro). En el caso de que la nueva empresa le cambie alguna de las condiciones previstas en el E.T como "modificación sustancial de las condiciones de trabajo" (art. 41) y resulta perjudicada por esas modificaciones, entonces tendrá derecho a rescindir su contrato y percibir una indemnización de veinte días de salario por año de servicio (prorrateándose por meses los periodos inferiores a un año y con un máximo de nueve meses).

Estas modificaciones que le darían derecho a rescindir el contrato (no solo por la subrogación, sino en cualquier momento y en cualquier empresa) son:
- Jornada de trabajo
- Horario y distribución del tiempo de trabajo.
- Régimen de trabajo a turnos.
- Sistema de remuneración y cuantía salarial.
- Funciones, cuando excedan de los límites que para la movilidad funcional prevé el artículo 39.
12/04/2024 23:49
mark9
Buenas, añadiría que existe una opción más moderada o intermedia, que puede recuperar los derechos del trabajado y que no conllevaría por tanto la salida de la empresa, y es la impugnación judicial de las medidas o variaciones introducidas por la nueva empresa, para que un juez decida si son justificadas o no, y en su caso reponer al trabajador en las condiciones previas, o no.
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Cambio de empresa conservando la antigüedad
12/04/2024 10:21
Hace un año que trabajo de cocinera en un hotel. Ahora lo ha cogido en gestion una empresa externa (solo la parte de cocina) y pasare a trabajar para ellos conservando la antigüedad. Mi pregunta es:
¿Si dentro de un tiempo las dos partes no se entienden y se rompe la relación, para quien trabajare entonces? Tambien saber si esto es legal, si m puedo negar etc, gracias de antemano
12/04/2024 15:37
Una empresa puede externalizar un servicio (como el de cocina, limpieza, vigilancia, etc) lo cual es perfectamente legal y habitual. En este caso usted mantiene en la nueva empresa las mismas condiciones que tenía con el hotel: tipo de contrato (indefinido, temporal...), salario, antigüedad y resto de derechos reconocidos o adquiridos.

Si en el futuro el hotel cambia de empresa de cocina, la nueva empresa estará obligada a subrogarle de nuevo manteniendo igualmente todas sus condiciones laborales.

En estos cambios de empresa, mientras la nueva empresa le mantenga todas las condiciones igual que las tenía no puede negarse a la subrogación ya que sería considerado baja voluntaria (sin indemnización ni paro). En el caso de que la nueva empresa le cambie alguna de las condiciones previstas en el E.T como "modificación sustancial de las condiciones de trabajo" (art. 41) y resulta perjudicada por esas modificaciones, entonces tendrá derecho a rescindir su contrato y percibir una indemnización de veinte días de salario por año de servicio (prorrateándose por meses los periodos inferiores a un año y con un máximo de nueve meses).

Estas modificaciones que le darían derecho a rescindir el contrato (no solo por la subrogación, sino en cualquier momento y en cualquier empresa) son:
- Jornada de trabajo
- Horario y distribución del tiempo de trabajo.
- Régimen de trabajo a turnos.
- Sistema de remuneración y cuantía salarial.
- Funciones, cuando excedan de los límites que para la movilidad funcional prevé el artículo 39.
12/04/2024 23:49
mark9
Buenas, añadiría que existe una opción más moderada o intermedia, que puede recuperar los derechos del trabajado y que no conllevaría por tanto la salida de la empresa, y es la impugnación judicial de las medidas o variaciones introducidas por la nueva empresa, para que un juez decida si son justificadas o no, y en su caso reponer al trabajador en las condiciones previas, o no.