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cambio de presidente

2 Comentarios
 
Cambio de presidente
29/10/2004 16:39
para seijas25

un saludo ,,,entiendo lo que me decis , entiendo que el mes para que esta gente acepte el cargo empieza a partir ,de que reciban el acta ,con acuse de recibo ,,eso tambien esta realizado ,,pero el problema es que no me quieren cojer los documentos de la comunidad y aunque el resto de vecinos estan indignados. me proponen que se lo deje en su puerta para que asuman su respnsabilidad ,,pero como esto me parece absurdo y no me dejasteis claro si yo puedo sin nezesidad del abogado presentarlo en el jubgado
29/10/2004 17:22
Se me ocurre que podrías acudir al SOJ (servicio de orientación jurídica) del Juzgado en cuya localidad esté ubicado el edificio. Allí te podrán orientar de modo gratuito sobre lo que puedes hacer. Desde luego en mi localidad el soj tiene un servicio de asesoramiento gratuito. De todos modos intentaré informarme por si te puedo proporcionar una información mas concreta.
Lo de dejarle los papeles en la puerta no es buena idea porque no podrías demostrar que se los entregaste y luego si el los tira y dice que no los recibió la responsabilidad sería tuya por extravío de los documentos (hay deber de conservación durante cierto periodo)
29/10/2004 17:41
En todo caso, el que ha sido nombrado presidente por la Junta cumpliendo todos los requisitos y se niega a ser presidente, incluso cuando haya presentado su solicitud de relevo judicialmente, debe ejercer el cargo asignado mientras que el juez no le de la razón y lo releve del puesto.
Espero que esta información te sirva de ayuda. Animo!
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un saludo ,,,entiendo lo que me decis , entiendo que el mes para que esta gente acepte el cargo empieza a partir ,de que reciban el acta ,con acuse de recibo ,,eso tambien esta realizado ,,pero el problema es que no me quieren cojer los documentos de la comunidad y aunque el resto de vecinos estan indignados. me proponen que se lo deje en su puerta para que asuman su respnsabilidad ,,pero como esto me parece absurdo y no me dejasteis claro si yo puedo sin nezesidad del abogado presentarlo en el jubgado
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Se me ocurre que podrías acudir al SOJ (servicio de orientación jurídica) del Juzgado en cuya localidad esté ubicado el edificio. Allí te podrán orientar de modo gratuito sobre lo que puedes hacer. Desde luego en mi localidad el soj tiene un servicio de asesoramiento gratuito. De todos modos intentaré informarme por si te puedo proporcionar una información mas concreta.
Lo de dejarle los papeles en la puerta no es buena idea porque no podrías demostrar que se los entregaste y luego si el los tira y dice que no los recibió la responsabilidad sería tuya por extravío de los documentos (hay deber de conservación durante cierto periodo)
29/10/2004 17:41
En todo caso, el que ha sido nombrado presidente por la Junta cumpliendo todos los requisitos y se niega a ser presidente, incluso cuando haya presentado su solicitud de relevo judicialmente, debe ejercer el cargo asignado mientras que el juez no le de la razón y lo releve del puesto.
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