Buenas, y gracias de antemano. os cuento; en mi comunidad dentro de un mes se acaba el contrato de la empresa de limpieza ya que se renovaba o tenía validez para seis meses, validándose otros seis meses sino se rescindía el contrato. Pero ahora nosotros queremos no queremos renovar el contrato si no que queremos contratar una empresa nueva. La cuestión es que me han dicho que tengo que subrogar a las trabajadoras que no queremos, y mi pregunta es ¿si no extinguimos contrato si no que éste se acaba y contratamos otro nuevo con otra empresa ésta nueva empresa ya no tendría que renovar verdad, ya que se acabo un contrato legal vigente y vamos a hacer otro distinto con otra empresa?
me explico. Tiene que subrogar la nueva empresa si rescindimos el contrato anterior pero en éste caso queremos terminar legalmente con los seis meses de contrato y luego no renovarle. y así poder contratar nueva empressa y nuevos trabajadores. Pregunto esto porque que leído por ahí en una sentencia que al no renovar contrato por cese de éste ya no hay tal subrogación es cierto?
La Comunidad de Propietarios no tiene que subrogar a empleado de limpieza alguno, ésta subrogación sería supuestamente a cargo de la empresa entrante, supuestamente porque habría que mirar que dice al respecto el convenio colectivo aplicable y los contratos laborales de los trabajadores implicados.