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Cambio de titularidad

1 Comentarios
 
Cambio de titularidad
18/09/2006 11:09
Hola buenas:

Mis clientes han efectuado un trabajo en un local arrendado.
Quien ha encargado el trabajo ha sido el arrendatario del local.
A fecha de hoy el arrendatario del local, que es una sociedad limitada, no ha liquidado la deuda.
Mis clientes han tenido conocimiento de que la sociedad limitada va a ser vendida.

Parece ser que los compradores de la sociedad limitada se han puesto en contacto con mis clientes y les han comunicado que ellos se harán cargo de la deuda.

¿Ante esta circunstancia que pasos deben dar mis clientes?
¿Se puede entender que los compradores se deben hacer cargo del activo y pasivo de la sociedad?
¿Para ello debe constar la deuda en algún documento?
¿Se debe realizar algún reconocimiento de deuda? En ese caso, ¿quien debe reconocer la deuda?

Muchas gracias por todo.


perfil ppp
19/09/2006 22:36
Me temo que la deuda sigue en la SL independientemente de quienes sean sus socios.

Por lo que los pasivos son parte de esa sl, ya que entiendo que es ella quien contató la obra.

Yo iria contra esa sl, la deuda constará en la factura no cobrada como mínimo, aunque es probable que exista firmado algún tipo de contrato que documente el encargo.

Mi consejo es que si hay oportunidad de hacer un documento de reconocimiento de deuda lo hagas, y si es en documento publico (ante Notario) mejos porque es titulo ejecutivo (como si tuvieras un pagaré), si es en documento rpivado tendrás que ir a un ordinario y defenderlo igual, pero menos da una piedra.

Salu2.