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Cambio en la forma de acceso al garaje

4 Comentarios
 
Cambio en la forma de acceso al garaje
23/01/2020 16:01
Buenas tardes,
estoy bastante desactualizada en temas de propiedad horizontal, asi que planteo una consulta, a ver si me podeis ayudar. El administrador de la comunidad nos ha pasado una circular, en la que nos comunican que a partir del 1 de febrero, para entrar y salir del garaje, en vez de utilizar las llaves o mandos a distancia, tenemos que realizar una llamada telefonica, y solo se abrira la puerta a aquellos telefonos previamente registrados. El motivo, segun me indica el Administrador, es por seguridad, porque ha habido robos y la gente se queja.
Esto ni siquiera se ha planteado en Junta General, parece ser que lo han decidido entre el presidente, los vocales y el propio Administrador.
Yo no estoy de acuerdo con la medida, me parece un horro ¿que pasa si un dia me olvido el movil? No me serviria llamar desde el de un amigo, ya que no estaria previamente registrado..
Y bueno, dudo de que tal medida sea legal, y mucho menos, que haya sido adoptada de forma legal, pero, repito, en estos temas estoy muy fuera de onda.
Mañana presentare un escrito a Administrador opiniendome, pero me gustaria que me asesorarais un poco, porque si la decision es correcta, y la forma de tomarla tambien, entonces no me queda mas que ajo y agua.
Gracias por la ayuda que podais prestarme
23/01/2020 17:37
sarapiki
El administrador no pinta nada en ese acuerdo, no obstante si el acuerdo lo han tomado sin ser aprobado por la junta de propietarios es totalmente ilegal.
Pero entramos en la problemática de las comunidades, que pasa si el resto de comuneros lo aprueban y les hacen caso, entonces te verías tu sola a iniciar un pleito contra ese acuerdo,

Yo actuaria de una manera inteligente para contrarrestar esa estupidez, porque los robos, los actos vandalicos que se producen en los garajes, ni cámaras de seguridad , ni cambio de llaves, ni medidas como cuentas sirven para nada. es un gasto inútil, solo un vigilante de seguridad podía impedirlo.

Que pasaría si los que han tenido la genial idea hubieran decidido como en una comunidad que conozco, que para evitar los actos vandalicos, como hay propietarios que alquilan las plazas, dicen que los que han alquilado cuando dejan de hacerlo se quedan con las llaves y son los que cometen esos actos, pues cambiar todas las llaves, una estupidez y un gasto innecesario, pero si se aprueba en junta es legal.
Pero que se hace, la comunidad con el fondo comunitario compra unas nuevas y da dos o tres llaves a cada vecino.

Tu junta de gobierno decide anular llaves y mandos a distancia para la entrada al garaje, bueno estoy de acuerdo aunque no sea legal, PERO ESOS MÓVILES LOS TIENE QUE DAR LA COMUNIDAD A TODOS LOS PROPIETARIOS, no tienes porque emplear un móvil particular para abrir una puerta comunitaria, que la comunidad entregue a cada propietario uno o dos móviles que solo sirvan para abrir esa puerta, lo mismo que si se cambian las llaves de una cerradura, la comunidad esta obligada a dar dos o tres llaves.
La pregunta del millón ¿es que es obligatorio tener móvil?

Los espabilados que han ideado ese sistema para evitar robos en el garaje, se creen que abriendo con un móvil solucionan el problema, ¿acaso se creen que los propietarios no pueden ser también los que cometen esos robos? pobres diablos.

Saludos y suerte.
24/01/2020 07:49
juanchito
Buenos dias
gracias por tu interes y por tomarte tiempo en leerme y contestarme. Tengo en cuenta tus aportaciones.
No obstante, necesitaria una respuesta un poco mas juridica, voy a presentar un escrito y para ello, como profesional del Derecho que soy, me gusta citar textos legales en los que basarme.
Me mirare la Ley de Propiedad Horizontal a ver lo que saco en limpio...
24/01/2020 13:49
sarapiki
La LPH solo tiene una palabra mágica para recurrir los acuerdos contrarios a la ley como es tu caso, IMPUGNACIÓN, da igual que el acuerdo sea legal o no, si no impugnas lo ilegal se convierte en legal,
Basta con leer los temas que salen a diario en este foro para comprobar que hay muy pocas comunidades donde no se vulnera la LPH.

"Mañana presentare un escrito a Administrador opiniendome".
Ese escrito es papel mojado, posiblemente ira a la papelera, seria mas eficaz decirle empleando la palabra mágica: "mañana presentare una demanda contra ese acuerdo impugnandolo"

"necesitaria una respuesta un poco mas juridica".
Yo diría que en tu caso ganarías mas con una respuesta practica, a veces mas vale la practica que la teórica, porque tendría mas fuerza una denuncia por no dejarme entrar a mi propiedad, si no es con un movil, puedo alegar que no es obligatorio tenerlo, que por haber tomado un acuerdo sin contar con la junta de propietarios, articulo 17/4 de la LPH es una innovación o también una mejora no requeridos para la adecuada conservación, habitabilidad, seguridad y accesibilidad del inmueble, y hubiera necesitado los 3/5 de las cuotas de participación.

Saludos y mucha suerte,
24/01/2020 14:21
sarapiki
Gracias de nuevo.
Si, ya presente el escrito haciendo referencia al art 17.4 LPH, con copia sellada. El administrador ya me dijo que, de momento, no se iba a llevar a cabo, que se convocaba junta general.

Considero que no podia presentar demanda puesto que no tengo copia del acta de la supuesta junta en la que se tomo la decision (la pido en el escrito), y tampoco denuncia, puesto que la medida no se habia llevado a efecto.

Se que hay mas propìetarios en contra de la medida del telefono. En cualquier caso, en Junta General, expondre que, a mi modo de ver y segun el ultimo parrafo del 17.4, si no consta mi consentimiento expreso, no se puede llevar a efecto, ya que, si yo no tengo telefono, me quedo sin poder utilizar el garaje.

Tambien he pedido copia de los estatutos (no los tengo) . Pienso que incluso se podria llevar por el 17.6, ya que cuando se adquirio la propiedad de las plazas de garaje, se establece que la entrada al mismo se realizara por puerta de elevacion electronica sita en al calle tal... con acceso mediante llave. De poder plantearlo asi, se necesitaria unanimidad.

De nuevo gracias por tu aportacion. Me diste algunas ideas que me vinieron bien.
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23/01/2020 16:01
Buenas tardes,
estoy bastante desactualizada en temas de propiedad horizontal, asi que planteo una consulta, a ver si me podeis ayudar. El administrador de la comunidad nos ha pasado una circular, en la que nos comunican que a partir del 1 de febrero, para entrar y salir del garaje, en vez de utilizar las llaves o mandos a distancia, tenemos que realizar una llamada telefonica, y solo se abrira la puerta a aquellos telefonos previamente registrados. El motivo, segun me indica el Administrador, es por seguridad, porque ha habido robos y la gente se queja.
Esto ni siquiera se ha planteado en Junta General, parece ser que lo han decidido entre el presidente, los vocales y el propio Administrador.
Yo no estoy de acuerdo con la medida, me parece un horro ¿que pasa si un dia me olvido el movil? No me serviria llamar desde el de un amigo, ya que no estaria previamente registrado..
Y bueno, dudo de que tal medida sea legal, y mucho menos, que haya sido adoptada de forma legal, pero, repito, en estos temas estoy muy fuera de onda.
Mañana presentare un escrito a Administrador opiniendome, pero me gustaria que me asesorarais un poco, porque si la decision es correcta, y la forma de tomarla tambien, entonces no me queda mas que ajo y agua.
Gracias por la ayuda que podais prestarme
23/01/2020 17:37
sarapiki
El administrador no pinta nada en ese acuerdo, no obstante si el acuerdo lo han tomado sin ser aprobado por la junta de propietarios es totalmente ilegal.
Pero entramos en la problemática de las comunidades, que pasa si el resto de comuneros lo aprueban y les hacen caso, entonces te verías tu sola a iniciar un pleito contra ese acuerdo,

Yo actuaria de una manera inteligente para contrarrestar esa estupidez, porque los robos, los actos vandalicos que se producen en los garajes, ni cámaras de seguridad , ni cambio de llaves, ni medidas como cuentas sirven para nada. es un gasto inútil, solo un vigilante de seguridad podía impedirlo.

Que pasaría si los que han tenido la genial idea hubieran decidido como en una comunidad que conozco, que para evitar los actos vandalicos, como hay propietarios que alquilan las plazas, dicen que los que han alquilado cuando dejan de hacerlo se quedan con las llaves y son los que cometen esos actos, pues cambiar todas las llaves, una estupidez y un gasto innecesario, pero si se aprueba en junta es legal.
Pero que se hace, la comunidad con el fondo comunitario compra unas nuevas y da dos o tres llaves a cada vecino.

Tu junta de gobierno decide anular llaves y mandos a distancia para la entrada al garaje, bueno estoy de acuerdo aunque no sea legal, PERO ESOS MÓVILES LOS TIENE QUE DAR LA COMUNIDAD A TODOS LOS PROPIETARIOS, no tienes porque emplear un móvil particular para abrir una puerta comunitaria, que la comunidad entregue a cada propietario uno o dos móviles que solo sirvan para abrir esa puerta, lo mismo que si se cambian las llaves de una cerradura, la comunidad esta obligada a dar dos o tres llaves.
La pregunta del millón ¿es que es obligatorio tener móvil?

Los espabilados que han ideado ese sistema para evitar robos en el garaje, se creen que abriendo con un móvil solucionan el problema, ¿acaso se creen que los propietarios no pueden ser también los que cometen esos robos? pobres diablos.

Saludos y suerte.
24/01/2020 07:49
juanchito
Buenos dias
gracias por tu interes y por tomarte tiempo en leerme y contestarme. Tengo en cuenta tus aportaciones.
No obstante, necesitaria una respuesta un poco mas juridica, voy a presentar un escrito y para ello, como profesional del Derecho que soy, me gusta citar textos legales en los que basarme.
Me mirare la Ley de Propiedad Horizontal a ver lo que saco en limpio...
24/01/2020 13:49
sarapiki
La LPH solo tiene una palabra mágica para recurrir los acuerdos contrarios a la ley como es tu caso, IMPUGNACIÓN, da igual que el acuerdo sea legal o no, si no impugnas lo ilegal se convierte en legal,
Basta con leer los temas que salen a diario en este foro para comprobar que hay muy pocas comunidades donde no se vulnera la LPH.

"Mañana presentare un escrito a Administrador opiniendome".
Ese escrito es papel mojado, posiblemente ira a la papelera, seria mas eficaz decirle empleando la palabra mágica: "mañana presentare una demanda contra ese acuerdo impugnandolo"

"necesitaria una respuesta un poco mas juridica".
Yo diría que en tu caso ganarías mas con una respuesta practica, a veces mas vale la practica que la teórica, porque tendría mas fuerza una denuncia por no dejarme entrar a mi propiedad, si no es con un movil, puedo alegar que no es obligatorio tenerlo, que por haber tomado un acuerdo sin contar con la junta de propietarios, articulo 17/4 de la LPH es una innovación o también una mejora no requeridos para la adecuada conservación, habitabilidad, seguridad y accesibilidad del inmueble, y hubiera necesitado los 3/5 de las cuotas de participación.

Saludos y mucha suerte,
24/01/2020 14:21
sarapiki
Gracias de nuevo.
Si, ya presente el escrito haciendo referencia al art 17.4 LPH, con copia sellada. El administrador ya me dijo que, de momento, no se iba a llevar a cabo, que se convocaba junta general.

Considero que no podia presentar demanda puesto que no tengo copia del acta de la supuesta junta en la que se tomo la decision (la pido en el escrito), y tampoco denuncia, puesto que la medida no se habia llevado a efecto.

Se que hay mas propìetarios en contra de la medida del telefono. En cualquier caso, en Junta General, expondre que, a mi modo de ver y segun el ultimo parrafo del 17.4, si no consta mi consentimiento expreso, no se puede llevar a efecto, ya que, si yo no tengo telefono, me quedo sin poder utilizar el garaje.

Tambien he pedido copia de los estatutos (no los tengo) . Pienso que incluso se podria llevar por el 17.6, ya que cuando se adquirio la propiedad de las plazas de garaje, se establece que la entrada al mismo se realizara por puerta de elevacion electronica sita en al calle tal... con acceso mediante llave. De poder plantearlo asi, se necesitaria unanimidad.

De nuevo gracias por tu aportacion. Me diste algunas ideas que me vinieron bien.