Hola, agradecería , por favor, que me resolvieran una duda. La elección del Presidente de una comunidad siempre se ha hecho por propietario y no por piso. En la siguiente Junta ordinaria, en la que se eligiera al nuevo Presidente, quieren proponer, sin estar en un punto de orden del día, que sea por piso y no por propietario, por lo que algunos propietarios con dos pisos tendrían que estar dos años consecutivos como presidente, por tener las viviendas contiguas. Mi pregunta es, se puede implantar esta nueva metodología de elección con la simple votación del Presidente o debe estar en un punto de orden del día por no tratarse simplemente de la elección de Presidente sino de implantar un nuevo método de elección?. Es la junta ordinaria en la que sí se contempla la elección del nuevo presidente para el próximo año Muchas gracias
Prácticamente en una comunidad se puede hacer lo que se quiera, si Ud. cree que hay algo que se apruebe o sé de por aprobado irregularmente debe acudir al juzgado