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Cambios de administración

5 Comentarios
 
Cambios de administración
14/06/2016 02:14
Buenas noches:
Hace unos meses nos cortaron la luz de la escalera por impago. Acabábamos de cambiar de Administradora y pensamos que podía ser debido a mal traspaso de datos.
Por medios personales me he enterado que ya tenemos dos aviso de corte de luz y he convocado una reunión informal para explicarles que pasa. En ella surgió que 13 vecinos de los 23 que somos habían recibido al cobro el recibo que corresponden al trimestre siguiente cuando todavía falta 1 mes. Todos han devuelto esos recibos. Ademas nuestra cuenta bancaria no figura en ningún recibo, sino a nombre de la Administradora y no le hemos dado ningún poder.
A la vista de ello decidimos mas del 25% de los propietarios convocar para 8 días después una reunión junto con la Administradora para que nos explicara el que de todo ello y ademas que queríamos revocar su cargo.
A la Presidente no la invitamos, de entrada, pero luego bajó y así le explicamos que sucedía .
La Reunión nuestra la tenemos para el jueves 16/06 y hoy lunes 13/06 llega una convocatoria de reunión ordinaria de parte de la Presidenta para 1 día antes de lo que nosotros habíamos establecido o sea para el 15/06 , a ella sí vendrá la Administradora.

A nuestra convocatoria no nos ha contestado, bueno sí nos convoca a una reunión un dia antes de tener nosotros la que habíamos convocado para el 16/06. o sea con 3 dias después de colgarla en el tablon de anuncios pero sin copia en el buzón para nadie.

Es valida esta reunión de la Administradora?

Si no acude a nuestra convocatoria podemos revocar su cargo?

Podemos hacer nuestra reunión y en el acta explicar lo sucedido?.

Muchas Gracias

Anna T.
14/06/2016 07:48
entiendo que los que pueden convocar reunión son, o el presidente directamente o el 25% de los propietarios que a su vez tengan el 25% de los coeficientes......(cuando sea así, para el futuro si convocais el 25% de los propietarios convocar a TODOS los propietarios, incluso el presidente)
no es necesario convocar al administrador aunque si conveniente, no obstante si no lo convocais no tiene porqué cobraros la asistencia a esa reunión
por tanto entiendo que la convocatoria que ha sido firmada por el presidente es válida, pero también lo es la convocatoria del 25% siempre y cuando haya sido notificada a todos los propietarios

podeis revocar a la administradora en cualquiera reunión (al margen de quien la ha convocado) si figura como punto del orden del día - y me supongo que en la convocatoria firmada por el presidente igual no figura ese punto, no lo aclaras....

lo mejor es acudir TODOS los interesados a la reunión convocada por el presidente y hacer valer vuestros deseos....que yo empezaría primero por exigir ver su contrato, pues a veces si se revoca antes de finalizar su año de nombramiento puede cobraros los meses que faltan.....pedirle las explicaciones que estimeis oportunas y aseguraros que figure en acta vuestros votos en contra de cualquier decision con la que no estais de acuerdo

primero a ver que explicaciones ofrece....lo que no es correcto es que la cuenta esté a nombre de la Administradora, la cuenta tiene que estar a nombre de la Comunidad de Propietarios......según las explicaciones recibidas tendreis más información sobre la que actuar

suerte
14/06/2016 22:40
OJO: a la nueva administradora, pedirle AHORA las claves para visualizar las cuentas, y no le deis opcion a negarse:o las facilita o no se la contrata, ahora es cuando hay que aclarar ese tema, porque si le dejais la cuenta unicamente a su nombre y que gestione ella la cuenta, no tendreis posibilidad de ver los extractos de gastos a los que teneis derecho de consultar, y creeme, que os ahorrareis MUCHISIMOS disgustos y discusiones si teneis vosotros las claves, ES TOTALMENTE LEGAL Y ESTAIS EN VUESTRO DERECHO, no os dejeis engañar si os dice que no es posible, porque en todas las comunidades en las que alguien se ha interesado por pedirlas e insistir, sí que las tienen y bien que se ahorran problemas.
15/06/2016 18:44
La Administradora no es quien para decidir si da o no da las claves.

Esto lo tiene que decidir la Junta.

Revocación de cargos:

http://serinin.org/index.php/118-blog-publico/147-destituir-al-presidente

En "su reunión" si no se ha pedido la comparecencia del Administrador, evidentemente, tienen que redactar Vds., el Acta.

Después deberán pedir el libro de Actas para pasarla al mencionado.
13/07/2016 19:48
claro que no, Sr. 1jmn, pero si solo ella las tiene y no le da la gana de dartelas, pues entonces "sí que es quien"...
13/07/2016 23:23
¿Como que solo ella las tiene?

El representante legal de la Comunidad, en todos los ámbitos, es el Presidente, además del responsable, salvo que se haya decidido otra cosa en una Junta y habría que analizar esa decisión.

La administradora, en todo caso, deberá tener en exclusiva las claves de movimientos de cuenta (transferencias y similar) pero las de acceso a la cuenta de la Comunidad también las debe tener el Presidente y si no las tiene...pues las pide al banco y se las dan...porque entiendo que el Presidente tendrá su firma reconocida en el Banco...¿O... tampoco la tiene en este caso?...