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cancelación hipoteca por enfermedad absoluta permanente

9 Comentarios
 
Cancelación hipoteca por enfermedad absoluta permanente
10/01/2012 09:52
Buenos días compañeros, soy la novata de Mallorca.

Por favor, os doy de antemano las gracias por las posibles respuestas.

Mi duda es la siguiente. Tengo unos conocidos que tienen un préstamo hipotecario y al marido le han diagnosticado una enfermedad muy grave tanto es así que el tribunal médico le ha otorgado la enfermedad absoluta permanente. Cuando pasó esto estudiamos las cláusulas de la hipoteca y en una de ellas pone exactamente que de devenir esta situación se le desgravaría directamente el 50% de la hipoteca pendiente. Nos reunimos con el director a principios de diciembre y nos dijo que perfectamente que era así, que no nos preocupáramos, que nos diría cosas en una semana y, hoy me llaman estos conocidos atacados de los nervios porque les piden todo el historial médicos, recibos de pagos del préstamo y varias cosas más. Les he dicho que yo me pasaré esta misma mañana por el banco para obtener más información pero mi duda es la siguiente, ¿Hasta que punto puede la entidad bancaria pedir todo el informe médico? Mis clientes si han de mostrar todo el informe médico no tienen problema pq no tienen nada que esconder pero yo quería saber si son los trámites legales o si ya están poniendo pegas, que es lo que yo me temía.

Muchas gracias por todo y saludos desde Mallorca.


10/01/2012 10:14
Los informes no creo que se los haya pedido el banco. En todo caso la resolución de la incapacidad, debidamente compulsada.
10/01/2012 10:22
¡ OJITO con los bancos!

Cuando se enteraron éllos antes que yo que me daban la Incapacidad Permanente ABSOLUTA por Accidente de Trabajo, se preocuparon muy y mucho en buscar con "lupa" como perjudicarme y me dejaron sin esa posibilidad que tenía derecho.

Presenté cuadro médico y certificaciones y alegaron que "en su día no había presentado un documento médico" y... por ahí, me denegaron el derecho.

"NO FIRMEN NADA SIN HABERLO VISTO ANTES UN ABOGADO O UN NOTARIO", luego vienen las sorpresas y los lamentos.

Si ellos "piden"... Uds. también...

Saludos y suerte para sus amigos y siento de todo corazón que su amistad esté en esa situación.
12/01/2012 14:31
¿Qué pasa compañera, eres la única novata de Mallorca?

No estoy seguro de que te hayas explicado bien, o, al menos lo normal es lo que te paso a describir. Al formalizar la hipoteca, pero independiente de ella, se suele firmar un contrato de seguro de vida (e incapacidad absoluta) para que atienda lo que reste de préstamo o para que abona la cantidad prestada.

Suele ser una aseguradora de la propia entidad bancaria. Es habitual que te pidan hasta la partida de nacimiento, pero no tienen derecho a ello, de hecho, es una práctica declarada legalmente como abusiva. Únicamente hay que facilitar el documento que acredite la contingencia (la invalidez) y poco más. Ten en cuenta que la mayoría de entidades remolonean lo que pueden a la hora de pagar, así que hay que estar en permanente equilibrio y facilitar los documentos que no te puedan perjudicar, pero no los que puedan hacerlo. Otra razón que yo suelo esgrimir es la ley de protección de datos, salvo necesidad para valorar la contingencia, no estás autorizada (y mucho menos ellos) a conocer o a facilitar el historial médico de nadie. Todo ello sin olvidar que la aseguradora tiene que comprobar que la incapacidad se haya producido tras la contratación del seguro y no por una patología previa que se hubiera ocultado. Esos son los límites.
16/01/2012 18:48
Pues no sé yo. Yo llevo tres años aquí y me estoy "anovatando" por momentos ;)
24/01/2012 14:45
Muy bueno Morinelly, la verdad es que mientras más tiempo llevas, más te das cuenta de la cantidad de cosas que desconoces. La única ventaja es que ahora eres consciente de ello.
02/10/2016 21:52
ABQ
Hola. Yo tengo una duda relacionada con este tema. En mi caso son mis padres los que tienen un seguro de salud con una entidad bancaria, mediante el cual, si se diera el caso de la discapacidad absoluta permanente, se cancelaria el préstamo hipotecario. En este caso, en el mismo contrato pone que hay que entregar los documentos anteriormente detallados, en cuanto a partida de nacimiento, papeles médicos, la resolución de discapacidad, etc.
Mi duda es que ciertos clientes de la misma entidad con el mismo seguro dicen que oara que esto lo reconozcan, deben darte la discapacidad de primeras y no por revisión. Que en el momento en que por primera vez se reconociera otro grado, ya aunque dieran la permanente absoluta luego, no es válido.
Yo soy estudiante de derechi y he leido el contrato del seguro y no he encontrado ninguna cláusula que ae refiera a ésta situación. Realmente ea algo que mis padres necesitan ahora mismo, debido a la situación actual y me preguntaba si alguien sabría un poco más sobre esto. Para prepararnos y poder agilizar esto lo máximo posible. Gracias por vuestro tiempo.
06/05/2017 21:55
lucia4
Hola tengo una incapacida permanente absoluta compre una piso hace 5 años tengo un seguro de vida queria sabre si me cubre el seguro de vida o no gracias.
09/05/2017 01:15
edi142
Pues salvo que aquí aparezca algún adivino sin ver la póliza de su seguro NADIE puede responder eso, lea las cláusulas y busque que cubre y que no.

Suerte
11/05/2017 12:20
lucia4
Hola.Lucia.

Yo lo que haría es buscar un abogado experto en seguros.Lo mas seguro es que tengas que demandarlo porque ami me ha pasado.
Ellos lo que quieren es no pagar y buscaran cualquier pega para hacerlo y referente a la documentación que te piden no entregues nada solamente el informe del inss donde te declaran en situación de incapacidad permanente absoluta.

Si quieren algún otro documento que se lo pidan al juez y el juez decidirá si pedirlos al inss o no.No te fíes nada nada de ellos.

ESpero haberte ayudado.
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9 Comentarios
 
Cancelación hipoteca por enfermedad absoluta permanente
10/01/2012 09:52
Buenos días compañeros, soy la novata de Mallorca.

Por favor, os doy de antemano las gracias por las posibles respuestas.

Mi duda es la siguiente. Tengo unos conocidos que tienen un préstamo hipotecario y al marido le han diagnosticado una enfermedad muy grave tanto es así que el tribunal médico le ha otorgado la enfermedad absoluta permanente. Cuando pasó esto estudiamos las cláusulas de la hipoteca y en una de ellas pone exactamente que de devenir esta situación se le desgravaría directamente el 50% de la hipoteca pendiente. Nos reunimos con el director a principios de diciembre y nos dijo que perfectamente que era así, que no nos preocupáramos, que nos diría cosas en una semana y, hoy me llaman estos conocidos atacados de los nervios porque les piden todo el historial médicos, recibos de pagos del préstamo y varias cosas más. Les he dicho que yo me pasaré esta misma mañana por el banco para obtener más información pero mi duda es la siguiente, ¿Hasta que punto puede la entidad bancaria pedir todo el informe médico? Mis clientes si han de mostrar todo el informe médico no tienen problema pq no tienen nada que esconder pero yo quería saber si son los trámites legales o si ya están poniendo pegas, que es lo que yo me temía.

Muchas gracias por todo y saludos desde Mallorca.


10/01/2012 10:14
Los informes no creo que se los haya pedido el banco. En todo caso la resolución de la incapacidad, debidamente compulsada.
10/01/2012 10:22
¡ OJITO con los bancos!

Cuando se enteraron éllos antes que yo que me daban la Incapacidad Permanente ABSOLUTA por Accidente de Trabajo, se preocuparon muy y mucho en buscar con "lupa" como perjudicarme y me dejaron sin esa posibilidad que tenía derecho.

Presenté cuadro médico y certificaciones y alegaron que "en su día no había presentado un documento médico" y... por ahí, me denegaron el derecho.

"NO FIRMEN NADA SIN HABERLO VISTO ANTES UN ABOGADO O UN NOTARIO", luego vienen las sorpresas y los lamentos.

Si ellos "piden"... Uds. también...

Saludos y suerte para sus amigos y siento de todo corazón que su amistad esté en esa situación.
12/01/2012 14:31
¿Qué pasa compañera, eres la única novata de Mallorca?

No estoy seguro de que te hayas explicado bien, o, al menos lo normal es lo que te paso a describir. Al formalizar la hipoteca, pero independiente de ella, se suele firmar un contrato de seguro de vida (e incapacidad absoluta) para que atienda lo que reste de préstamo o para que abona la cantidad prestada.

Suele ser una aseguradora de la propia entidad bancaria. Es habitual que te pidan hasta la partida de nacimiento, pero no tienen derecho a ello, de hecho, es una práctica declarada legalmente como abusiva. Únicamente hay que facilitar el documento que acredite la contingencia (la invalidez) y poco más. Ten en cuenta que la mayoría de entidades remolonean lo que pueden a la hora de pagar, así que hay que estar en permanente equilibrio y facilitar los documentos que no te puedan perjudicar, pero no los que puedan hacerlo. Otra razón que yo suelo esgrimir es la ley de protección de datos, salvo necesidad para valorar la contingencia, no estás autorizada (y mucho menos ellos) a conocer o a facilitar el historial médico de nadie. Todo ello sin olvidar que la aseguradora tiene que comprobar que la incapacidad se haya producido tras la contratación del seguro y no por una patología previa que se hubiera ocultado. Esos son los límites.
16/01/2012 18:48
Pues no sé yo. Yo llevo tres años aquí y me estoy "anovatando" por momentos ;)
24/01/2012 14:45
Muy bueno Morinelly, la verdad es que mientras más tiempo llevas, más te das cuenta de la cantidad de cosas que desconoces. La única ventaja es que ahora eres consciente de ello.
02/10/2016 21:52
ABQ
Hola. Yo tengo una duda relacionada con este tema. En mi caso son mis padres los que tienen un seguro de salud con una entidad bancaria, mediante el cual, si se diera el caso de la discapacidad absoluta permanente, se cancelaria el préstamo hipotecario. En este caso, en el mismo contrato pone que hay que entregar los documentos anteriormente detallados, en cuanto a partida de nacimiento, papeles médicos, la resolución de discapacidad, etc.
Mi duda es que ciertos clientes de la misma entidad con el mismo seguro dicen que oara que esto lo reconozcan, deben darte la discapacidad de primeras y no por revisión. Que en el momento en que por primera vez se reconociera otro grado, ya aunque dieran la permanente absoluta luego, no es válido.
Yo soy estudiante de derechi y he leido el contrato del seguro y no he encontrado ninguna cláusula que ae refiera a ésta situación. Realmente ea algo que mis padres necesitan ahora mismo, debido a la situación actual y me preguntaba si alguien sabría un poco más sobre esto. Para prepararnos y poder agilizar esto lo máximo posible. Gracias por vuestro tiempo.
06/05/2017 21:55
lucia4
Hola tengo una incapacida permanente absoluta compre una piso hace 5 años tengo un seguro de vida queria sabre si me cubre el seguro de vida o no gracias.
09/05/2017 01:15
edi142
Pues salvo que aquí aparezca algún adivino sin ver la póliza de su seguro NADIE puede responder eso, lea las cláusulas y busque que cubre y que no.

Suerte
11/05/2017 12:20
lucia4
Hola.Lucia.

Yo lo que haría es buscar un abogado experto en seguros.Lo mas seguro es que tengas que demandarlo porque ami me ha pasado.
Ellos lo que quieren es no pagar y buscaran cualquier pega para hacerlo y referente a la documentación que te piden no entregues nada solamente el informe del inss donde te declaran en situación de incapacidad permanente absoluta.

Si quieren algún otro documento que se lo pidan al juez y el juez decidirá si pedirlos al inss o no.No te fíes nada nada de ellos.

ESpero haberte ayudado.