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Capitulación matrimonial durante el matrimonio.

7 Comentarios
 
Capitulación matrimonial durante el matrimonio.
18/08/2022 19:41
Buenas tardes, estoy casado con mi esposa en régimen ganacial, en propiedad tengo un coche particular comprado durante el matrimonio y 2000€ en inversiones en plataformas de Crowdlending.

Estoy pensando para hacer una capitulación matrimonial y pasar a separación de bienes, mi esposa está de acuerdo, el coche pasaría a ser de mi propiedad y los 2000€ pasarían a ser de mi propiedad también.

Tenemos 6000€ en deudas pendientes por pagar, deudas contraidas durante el matrimonio, por tanto son deudas de ambos entiendo.

¿Es correcto realizarlo así?, pasaría a ser mío las inversiones y el vehículo?, ¿podrían embargarme si ella después de la firma realiza algún crédito sin mi consentimiento?.

Muchas gracias.
18/08/2022 20:36
dorian1989
Es que he estado leyendo y me encuentro con esto:

En particular, la operación de una disolución de una sociedad de gananciales requiere dar los siguientes pasos:

-Elaborar un inventario de bienes y deudas pendientes a cargo de la sociedad.
-Proceder al pago de las mencionadas deudas pendientes.
-División del remanente a los cónyuges, adjudicándose a cada uno la parte correspondiente del patrimonio neto resultante.

Entonces quiere decir que si hay deudas anteriores y no se especifica las deudas en las capitulaciones matrimoniales si ella adquiere deudas posteriores, también me toca pagar a mi?.

No lo he entendido muy bien.
perfil Int
19/08/2022 04:02
La deuda seguiría siendo de los dos? Si es así cuidado porque podríais incurrir en un delito de alzamiento de bienes penado con pena de prisión (poca broma) porque tu esposa se estaría descapitalizando frente a los acreedores de esos 6000 euros, y tu cometerías el delito igualmente al pasar a ser titular de los bienes.
19/08/2022 09:11
Int
Buenos días, primero que nada, muchas gracias por responderme, pero entonces ¿cual es el método correcto?.

Porque las deudas siguen siendo de los dos y yo seguiré pagandolas igual, ¿que debo indocarle al notario para evitar problemas y que se haga todo correcto?.
22/08/2022 09:51
No es correcto. Hay dos cosas distintas aquí, una es el régimen económico vigente, que es aplicable a partir del momento de la firma de capitulaciones y NO ES retroactivo. La otra es la sociedad de gananciales que ya está constituida, los bienes gananciales son ya gananciales aunque cambiéis de régimen (respecto a esto sería igual que si os divorciáis, vamos) y lo siguen siendo hasta que se liquide la sociedad de gananciales (lo mismo: igual que en un divorcio). En la liquidación de gananciales que debes hacer si quieres poner tal cual bien o deuda a nombre solo uno de los dos, el reparto ha de ser equitativo al 50%, si no se considerará una donación en el mejor de los casos, o en el peor, habiendo deudas si se considera una maniobra para no pagarlas, un delito de alzamiento de bienes.
Lo dicho, por un lado si queréis pasáis a separación de bienes, y tras eso (o junto a eso) además hacéis la liquidación de la sociedad de gananciales, pero esta siempre al 50% en bienes y deudas.,
22/08/2022 09:57
paquito xocolatero
Buenos días, muchas gracias por tomarse su tiempo en responderme, haber lo de las deudas lo tengo claro y no tengo intención algunas de no pagarlas, se pagarán todas sin ningún problema.

Según tengo entendido del notario, se hará liquidación de la sociedad ganancial para poder hacer cambiar el regimen, o eso entendí.

Y la notaría me dijo que se podían hacer una donación matrimonial, por tanto mi esposa podría donarme según que cosas.

De todos modos, como las inversiones que tengo alrededor de 2000€, ¿podría cancelar dichas inversiones y retirar el dinero en efectivo y una vez realizada la separación de bienes, volver a invertir el dinero de nuevo?.

¿O si ya tenía cuentas abiertas en dichas plataformas, aunque retire el dinero se puede seguir considerando como gananciales?, espero haberme explicado bien.

Muchas gracias.
23/08/2022 10:22
Si haces la liquidación y luego donaciones de lo que sea ningún problema, claro, siempre que se paguen los créditos.
Si la cuenta está solo a tu nombre con asignarte esos fondos en la liquidación ya habría suficiente.
Lo que te están diciendo en la notaría es lo correcto, se puede hacer todo en un mismo momento, las capitulaciones, la liquidación de gananciales y las donaciones que queráis. Ya depende de las valoraciones que hagáis, pero se puede quedar tu pareja el coche (o una parte mayor de este) y la parte de deuda que sea, y tú el dinero, y luego que te done el coche. Eso como hagáis las cuentas vosotros, partiendo de que la liquidación ha de ser al 50%, y todo lo que se quiera asignar uno de más será una donación inmediatamente posterior.
Sobre las donaciones tendrás que presentar Impuesto de sucesiones y donaciones en el plazo de un mes, seguramente sea poco o incluso puede que nada (depende de muchas variables) pero es obligatorio presentarlo.
23/08/2022 14:27
paquito xocolatero
Buenas, muchas gracias, eso si lo tengo entendido, lo que quiero que quede claro y no de lugar a dudas, porque actualmente tengo invertido ese dinero en varias plataformas (Mintos, Lendermarket, Estate guru y Esketit), pero tengo varias otras cuentas que no tengo invertido dinero, pero como las tengo abierta en el momento que estaba en gananciales.

No sé si es correcto especificar exactamente en la notaría las plataforma exacta o especificar esas y todas las inversiones futuras, así como perdidas y ganancias.

¿Que opina?