A ver, mi anterior mensaje tiene un cierto toque irónico; es decir, sin conocer el concreto supuesto de hecho es absolutamente imposible determinar quien tiene la carga de la prueba respecto de determinados hechos que han sido introducidos en el procedimientos.
Es como si yo te preguntase ¿Quién tiene obligación de pagar las judías?
Sólo puede responderse a esa pregunta, bien desde la perogrullada o desde la ironía....ya que es un principio general que se juzga según lo alegado y probado por las partes, por lo que cada parte estará obligada a aportar prueba de los hechos en los que base o fundamente su pretensión, o que niegue los hechos impeditivos alegados de contrario....."onus probandi incumbit ei qui affirmat, non qui negat" (perdón por el latinajo)