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29 Comentarios
Viendo 21 - 29 de 29 comentarios
21/11/2010 13:52
un conocido me ha comentado que al intentar llevarlo al notario este es posible que escriture con solo los recibos de contribución ¿puede ser cierto esto?
21/11/2010 13:58
Eso deberías preguntarlo a tu notario.
21/11/2010 18:05
¿alguien me podía indicar donde dirigirme al organismo oficial de cartografía y vuelos aéreos de la provincia de sevilla ?para pedir el certificado cartografico , llevo un par de dia intentando localizarlo y no doy con el
28/11/2010 09:47
Alga.Me comentaste esto en un post anterior y lo entiendo , pero el cumplir todos los requisitos de poder escriturarla e inscribirla me da la seguridad de que no me la derriben
Pagar la contribución tendrás que hacerlo porque consta en el catastro, pero cuando hagas la declaración de obra nueva para su inscripción el registrador deberá tener en cuenta lo siguiente :

Si la vivienda obtuvo licencia y se terminó conforme a la misma podrá inscribir sobre la base de la licencia y el certificado de fin de obra junto. ( como este no es tu caso, olvídalo )

Si no obtuvo licencia ( que es tu caso ) cabe sin embargo declarar la obra nueva terminada con base en el artículo 52 RD 1093/97 cumpliendo estos tres requisitos a la vez :

1º) Que se apruebe por certificación del Catastro o del Ayuntamiento, por certificación técnica o por acta notarial, la terminación de obra en fecha determinada y su descripción coincidente con el título.

2º) Que dicha fecha sea anterior al plazo previsto en la ley urbanística de tu CCAA para la prescripción de la infracción en que hayas podido incurrir.

3º) Que no conste del Registro anotación preventiva por incoación de expediente de disciplina urbanística sobre la finca donde has edificado.

Pero debes tener en cuenta que la la declaración de obra nueva no es otra cosa que la constatación jurídica de la edificación construida cuyo alcance es meramente declarativo, su inscripción no garantiza su legalidad urbanística.
29/11/2010 19:40
??????
29/11/2010 20:41
Temple, ¿ me estabas preguntando ?.

Ya está contestado, no puede tomarse medidas de restauración.

También te he indicado que si incumple la legislación urbanística, tu casa quedará en situación de disconformidad con el planeamiento.

29/11/2010 22:48
gracias ALGA ,intentare escriturarla para que esto me de la seguridad de no tener derribo aunque quede fuera de ordenacion
06/04/2011 18:23
ALGA ¿ que te parece el nuevo decretazo que prepara la junta de andalucía para legalizar las viviendas irregulares y fuera de ordenación ?,¿ me vendrá esto bien a mí?, ¿crees que este decretazo es mas bien para conseguir votos?, un saludo
06/04/2011 19:17
Ja, ja, ja, cuando esté publicado me lo recuerdas, lo leeré atentamente.
07/04/2011 17:00
si llegara a publicarse lo cual lo dudo, ya que cerca de las elecciones esto tienen un tufo a votos que no veas, pues te lo recordaré
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21/11/2010 13:52
un conocido me ha comentado que al intentar llevarlo al notario este es posible que escriture con solo los recibos de contribución ¿puede ser cierto esto?
21/11/2010 13:58
Eso deberías preguntarlo a tu notario.
21/11/2010 18:05
¿alguien me podía indicar donde dirigirme al organismo oficial de cartografía y vuelos aéreos de la provincia de sevilla ?para pedir el certificado cartografico , llevo un par de dia intentando localizarlo y no doy con el
28/11/2010 09:47
Alga.Me comentaste esto en un post anterior y lo entiendo , pero el cumplir todos los requisitos de poder escriturarla e inscribirla me da la seguridad de que no me la derriben
Pagar la contribución tendrás que hacerlo porque consta en el catastro, pero cuando hagas la declaración de obra nueva para su inscripción el registrador deberá tener en cuenta lo siguiente :

Si la vivienda obtuvo licencia y se terminó conforme a la misma podrá inscribir sobre la base de la licencia y el certificado de fin de obra junto. ( como este no es tu caso, olvídalo )

Si no obtuvo licencia ( que es tu caso ) cabe sin embargo declarar la obra nueva terminada con base en el artículo 52 RD 1093/97 cumpliendo estos tres requisitos a la vez :

1º) Que se apruebe por certificación del Catastro o del Ayuntamiento, por certificación técnica o por acta notarial, la terminación de obra en fecha determinada y su descripción coincidente con el título.

2º) Que dicha fecha sea anterior al plazo previsto en la ley urbanística de tu CCAA para la prescripción de la infracción en que hayas podido incurrir.

3º) Que no conste del Registro anotación preventiva por incoación de expediente de disciplina urbanística sobre la finca donde has edificado.

Pero debes tener en cuenta que la la declaración de obra nueva no es otra cosa que la constatación jurídica de la edificación construida cuyo alcance es meramente declarativo, su inscripción no garantiza su legalidad urbanística.
29/11/2010 19:40
??????
29/11/2010 20:41
Temple, ¿ me estabas preguntando ?.

Ya está contestado, no puede tomarse medidas de restauración.

También te he indicado que si incumple la legislación urbanística, tu casa quedará en situación de disconformidad con el planeamiento.

29/11/2010 22:48
gracias ALGA ,intentare escriturarla para que esto me de la seguridad de no tener derribo aunque quede fuera de ordenacion
06/04/2011 18:23
ALGA ¿ que te parece el nuevo decretazo que prepara la junta de andalucía para legalizar las viviendas irregulares y fuera de ordenación ?,¿ me vendrá esto bien a mí?, ¿crees que este decretazo es mas bien para conseguir votos?, un saludo
06/04/2011 19:17
Ja, ja, ja, cuando esté publicado me lo recuerdas, lo leeré atentamente.
07/04/2011 17:00
si llegara a publicarse lo cual lo dudo, ya que cerca de las elecciones esto tienen un tufo a votos que no veas, pues te lo recordaré