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Casa sin inscripcion registral

5 Comentarios
 
Casa sin inscripcion registral
06/10/2008 10:38
Agradecería que algún compañero me aportase un poco de luz en el siguiente tema. Tengo un cliente que desea vender una casa, de la misma solo posee un contrato privado del año 1954, hemos solicitado una copia simple al Registro de la Propiedad y, no aparece inscrita a nombre de nadie, el contrato de compraventa figura como comprador el marido de la propietaria (fue comprada como gananciales), lleva pagando el IBI desde siempre. ¿ Es posible mediante un expediente de Dominio realizar las nuevas escrituras?, ¿Alguna otra solución? Necesito una ayuda urgente. Gracias y un saludo
06/10/2008 12:31
Hola abogada. No entiendo muy bien lo que dices. Resulta que tu cliente quiere vender la casa y a renglón seguido dices que es un bien ganancial.
¿ como va a vender un bien ganancial sin el consentimiento de la otra parte?.

Explicate mejor e intenteré darte una solución.

Saludos.
06/10/2008 12:53
Es un bien adquirido durante el matrimonio, el marido ya ha muerto y, la esposa no ha adquirido la herencia por lo que considero que la mitad seria de mi cliente y el otro 50% corresponderia a los herederos del difunto, no tuvieron descendientes durante el matrimonio, ni heredan los ascendientes porque ya han fallecido,por lo que la herencia correspondería al cónyuge viudo, que en este caso es mi cliente. El problema es que no existe escritura pública solo un contrato privado a nombre del marido fallecido.
Estoy contemplando la posibilidad de instar una acción declarativa de dominio por usucapión que, posiblemente sea más rápida que el expediente de dominio ¿que opinas?. Gracias
06/10/2008 23:00
Bien, antes de nada quiero decirte que para vender la casa no es necesario que esté inscrita en Registro de la Propiedad, siempre que el comprador preste su conformidad, si bien considero que esta posibilidad es remota. En otro caso deberás instar Expediente de Dominio, acompañando el contrato, certificación del Castastro y certificación del registro de la Propiedad de la falta de inscripción, así como certificado de defunción del marido y Libro de Familia.
Creo que el Expediente de Dominio es el camino más corto.

un saludo.
07/10/2008 00:01
No, el camino más corto es el del Acta de Notoriedad. Con los documentos que le ha dicho Risuv acuda a la Notaría más cercana.

Cuando tenga el Acta de Notoriedad, venda la casa y con esas dos escrituras podrá inmatricular la finca en el Registro de la Propiedad con lo cual el comprador inscribirá la finca a su nombre, y podrá entre otras cosas hipotecarla para adquirirla.

No es un documento dificil, pero lleva muchas gestiones y bastante tiempo. De 6 a 8 meses no se los quita nadie.

Saludos.
07/10/2008 10:36
Muchas gracias a ambos por ayudarme. Supongo que el Acta de Notoriedad sería para heredar mi cliente la parte de la herencia que le correspondería del marido, una Declaración de herederos ab intestato ¿cierto?, pero con el Acta de Notoriedad, ¿ Tendría que hacer escrituras para la partición de la herencia ó por contra el mismo Acta ya sería suficiente para inscribir?. Siento las dudas que me surgen porque posiblemente todo esto es de lo más obvio, pero aunque soy abogada no me dedico a llevar asuntos de herencias pero es un familiar y tengo que asesorarle lo mejor que pueda. Un saludo