Hola, necesitaría alguna opinión al respecto: Me han emplazado para personarme como parte recurrida en un Recurso de Casación para Unif. Doctrina, y mi duda es si en el escrito de personación debo hacer o no alegaciones para que no se admita el recurso por la Sala del TS, por falta de contenido casacional, esto es, por no existir igualdad sustancial en cuanto a Fundamentos, Hechos y pretensiones entre la Sentencia que se recurre y las de contraste que aporta la parte recurrente. ¿Como lo véis? ¿Alego ya y le ilumino el camino a la Sala? ¿o me guardo las alegaciones para el momento de oponerme al Recurso? Gracias compañeros