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Casados gananciales sin hijos y con padres

9 Comentarios
 
Casados gananciales sin hijos y con padres
26/04/2011 11:01
Buenos Días:

Mi mujer y Yo estamos casados SIN hijos y en régimen de GANANCIALES. Tanto sus padres como los mios estan vivos. El unico "valor" en BIENES HEREDABLES que tenemos es el PISO que esta al 50% y dos coches y algo de dinero en cuenta corriente

Estamos pensando en la idea de hacer o no testamento ya que NO sabemos bien que ventajas tiene hacerlo o no.

Me comentan que la diferencia es que si ninguno de los dos testamos, primero se excinde la "sociedad conyugal" (50% para el sobreviviente y 50% para el fallecido). Y La parte del fallecido (LA HERENCIA que es el 50% de los bienes del muerto) se va directamente a sus progenitores/padres COMPLETA (LOS 3/3), quedando conyuge VIVO como usufructo en el PISO (Sin ser de su propiedad ni poderlo vender).

Mientras que si testamos el uno a favor del otro, ese porcentaje que pasa a los padres del fallecido es unicamente de 1/3, quedando los 2/3 en "posesión" del conyuge, además del "usufructo" del piso.

¿Es esto así? ¿Son estos los % de diferencia entre testar y no testar?

Muchas gracias por la ayuda... Pero es verdaderamente importante TESTAR en nuestro caso que NO tenemos HIJOS???
26/04/2011 11:37
No habiendo testamento, se divide la sociedad conyugal y el 50% que corresponde al fallecido lo heredan los padres correspondiéndole al viudo únicamente la mitad (que sería un 25% del total) en usufructo.

Haciendo testamento, y siempre que se respeten las legítimas, se puede disponer como quiere repartirse la herencia; además puede también establecerse que pasa con los bienes en otras circunstancias (por ej. si se muere a la vez que los padres).

El testamento es barato (30-40 euros) y facil de hacer; el notario te asesorará que es lo que mas conviene a tus circunstancias; puede cambiarse o revocarse siempre que se quiera y evita papeleos (y gastos mayores) después del fallecimiento, por lo que siempre es recomendable hacerlo.
26/04/2011 12:14
Gracias por la contestación.

Por lo que entiendo en caso de NO hacer testamento la HERENCIA de mi fallecimiento (50% de lo que hay en gananciales) pasa TODA a los padres salvo que de eso, la 1/2 esta en usufructo a mi mujer. Es decir que si VENDE el piso previo acuerdo con ellos, ella tiene SU 50% y el otro 50% iria a mis padres (Menos los % de usufructo que pagarian a mi mujer).

En el caso de SI hacer testamento la herencia (EL 50 % de mi fallecimiento) NO pasa toda a mis padres y ella la 1/2 en usufructo; sino que puedo dejarles la legitima (1/3 de herencia, es decir del 50%) y el resto a mi mujer (2/3 de herencia, es decir del 50%) ademas de seguir en ella en usufructo. En este caso, si se vende (Ya entiendo que sin llegar incluso a acuerdo), ella tiene su 50% 2/3 de mi 50% y el resto 1/3 para mis padres.

SI ESTO ES ASI, la diferencia estriva en que SIN TESTAMENTO el 100% de mi 50% pasa a mis padres (Menos usufructo), mientra que CON TESTAMENTO el 75% de mi 50% pasa a mi mujer.

ES ALGO ASI o ESTOY MUY EQUIVOCADO CON LOS PORCENTAJES??
26/04/2011 12:40
Una cosa que no dije antes y es importante es que la cosa varía en función de vuestro lugar de residencia; yo he asumido que estáis sujetos al derecho común pero si no es así, cambiaría todo lo que hemos habado.

En cuanto a lo que dices, el primer párrafo (sin testamento) es todo correcto.

En cuanto al segundo caso, en el testamento puedes dejar si quieres a tus padres la legítima (1/3 de la herencia -del 50%) y a tu mujer 2/3 (aunque en este caso ella no seguiría en usufructo de la totalidad (del 50%) pues el tercio de tus padres tiene que ser en propiedad).

Si haces testamento, tienes que respetar las legítimas por lo que necesariamente tienes que dejar, como mínimo,: (i) a tus padres 1/3 de los bienes (del 50%); (ii) a tu mujer el usufructo de la mitad (del 50%). El resto puedes disponer como quieras de él en beneficio bien de tus padres o bien de tu esposa o incluso de un tercero. Por ejemplo, si lo que te interesa es que tu mujer pueda seguir disfrutando de la casa mientras vivas pero que luego no vaya a ella (o a sus herederos) en propiedad, puedes dejarle el usufructo de tu mitad de la casa y establecer que la nuda propiedad vaya a tus padres.

La diferencia en cuanto al reparto entre hacer testamento o no es que sin testamento, como dices, el 100% de tu 50% pasa a tus padres (menos el usufructo) mientras que con testamento puedes disponer de los bienes como tu quieras siempre que respetes las legítimas antes citadas. Lo que dices de que con testamento el 75% de tu 50% pasaría a tu mujer no es correcto ya que en este caso estarías dejando a tus padres menos del 1/3 que les corresponde por legítima; como mucho, a tu mujer podrías dejarle el 66% de tu mitad.
26/04/2011 13:32
De acuerdo, ahora entiendo.

En caso de venta del piso: Del 50% que es mi herencia

Sin Testamento todo para los padres menos el usufructo que pagarian a mi mujer conforme a una tabla de porcentajes

Con testamento 33% para padres y 66% para la mujer. en caso de que quiera dejarlo todo a ella.

Tendría dos preguntas mas:

Sobre SIN TESTAMENTO, cuales son los % de usufructo que tendrían que pagar a mi mujer los padres tras la venta del piso del que heredarían el valor del 50%. Mi mujer actualmente tiene 40 años y lleva 10 casada conmigo

Sobre CON TESTAMENTO, tengo que dejar el 33% a los padres en propiedad, otro 50% a la mujer en usufructo (Que puedo dejar en propiedad o retonar a padres por nuda propiedad para que no pase a sus herederos en caso de que los tenga en el futuro) y luego tengo un 16% como "libre disposición" para dejar a quien yo quiera en propiedad o incluso usufructo (Padres, Hermanos, Sobrinos, ONG...).

26/04/2011 16:45
En caso de venta del piso, efectivamente, es como dices.

Las otras dos dudas:

1)En cuanto a los porcentajes que tendrían que dar a tu mujer si se vende el piso, hay una escala para valorar el usufructo a efectos fiscales; con una edad de 40 años, es el 49%; pero se trata de una valoración fiscal que si están de acuerdo en vender el piso podrían aplicar para distribuir el precio. Si tu mujer no estuviese de acuerdo en vender el piso tus padres sólo podrían vender la nuda propiedad pero ella seguiría disfrutando del usufructo hasta su muerte.

2)De libre disposición no te queda exactamente un 16%; lo que te quedaría es la plena propiedad de un 16% y la nuda propiedad del 50% que has dejado a tu mujer en usufructo; eso es lo que podrías dejar a quien tu quieras.
26/04/2011 17:45
Ok. entonces, en resumen y para no molestarte mas. Para ver si lo he entendido bien

Sí NO hago testamento, SIEMPRE mis padres heredan TODO LO DE MI HERENCIA (Mi 50%), aunque le corresponde en usufructo la casa a mi mujer, que EN EL CASO DE QUE VENDAN deberían darla conforme a tabla aproximadamente la mitad (Aprox.49% de mi parte heredable o mia). Los padres por tanto percibirían MAS DE 1/3 de la legitima (Herederos forzosos al no tener hijos nosotros), ya que en este caso percibirían aprox 2/4 (De mi 50%). En el caso de NO VENTA, mi mujer puede seguirla disfrutando pero SI premuere a mis padres, son ellos los que se quedan con el TOTAL de mi herencia (El 50% del piso).

PERO:

Sí SI hago testamento, Siempre mis padres SOLO heredan 1/3 de legitima forzosa es decir 33% (De mi 50%), mi mujer mientras viva puede tener en Usufructo el piso por el 50%, mientras que El resto que es 16% puedo dejarlo a quien quiera. Además en el caso de VENTA ¿Puedo poner por ejemplo que SIN DAÑAR LA LEGITIMA de PADRES (Que recibirian siempre 33%), que tanto el 50% del usufructo como el 16% restante recaigan siempre en una misma persona (MUJER o SOBRINO o incluso propios PADRES). O solamente un 16% (Que es lo de libre disposición) ya que si o si mi mujer tiene derecho siempre al "dinero del usufructo" que es aprox 50% según tabla.

SIENTO EL LIO PERO ES IMPORTANTE SABER QUE PUEDO Y QUE NO PUEDO HACER EN EL TESTAMENTO para Beneficiar mas o menos al conyuge frente a los ascendentes/progenitores.

26/04/2011 18:00
La verdad es que no se si te estás aclarando o liando mas...

En cuanto al valor del usufructo, el 49% es el valor fiscal teniendo en cuenta la edad actual de tu mujer; ese valor irá disminuyendo en función de la edad (por ej. cuando tu mujer tenga 60 años, el valor del usufructo será el 29%).

En el caso de no tener testamento, lo que dices está bien; salvo lo que respecta a la venta que creo que te lías un poco ya que en ningún caso tu mujer está obligada a vender ni a aceptar un determinado porcentaje(49%) por la venta de su parte.

En cuanto a hacer testamento, respetando las legítimas que te dije antes, puedes hacer lo que quieras con tus bienes; puedes incluso establecer el mismo reparto que si no existiese testamento.

De todas formas, insisto en que siempre es mejor hacer testamento, por lo que te aconsejo que vayas a un notario ya que el te podrá recomendar que es lo mas aconsejable a tu situación concreta.
26/04/2011 18:16
fenomenal.
Voy a hacer testamento y que me asesoren bien para dejarlo lo mejor posible con tus consejos.

MUCHISIMAS GRACIAS POR TU AYUDA Y PACIENCIA.
20/06/2017 16:19
carlos16
Hola, en nuestro caso es un matrimonio en gananciales sin hijos y con la madre del cónyuge fallecido viva. El matrimonio no tenía propiedades inmobiliarias solo efectivo algunas máquinas de un pequeño negocio de vending que tenían como autónomo y algunos as acciones en bolsa. ¿Que le correspondería a la madre del fallecido? Por otro lado el fallecido parece que aunque no lo sabía, le ha salido una deuda en la seguridad social, ¿como afecta eso a la viuda o la herencia?