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casarse en francia.

6 Comentarios
 
Casarse en francia.
16/04/2014 10:51
Hola buenos dias. Espero que me puedes ajudar como le vienes haciendo siempre . Tengo una pergunta.
Me novio y yo queremos casarnos pero en francia el es de guinee yo española. Y no se el hecho no ser francesa y el no tener la residencia hay no va ser un problema. Actualmente tiene una recidencia comunitaria aqui . Y nos gustaría casarnos a francia y vivir ahi.muchas gracias.
16/04/2014 15:55
Hola,

Os recomiendo llamar el consulado de francia en Bilbao para informaros.

Es lo mejor!!

Un saludo
17/04/2014 22:27
Hola.

Para contraer matrimonio en Francia tiene que, al menos uno de los contrayentes ser de nacionalidad francesa o bien, si ambos son extranjeros, al menos uno debe estar domiciliado o ser residente en cualquier municipio francés. Asimismo, pueden contraer matrimonio si, al menos uno de los contrayentes, tiene al menos uno de sus progenitors domiciliado en cualquier municipio francés, si bien en ese caso, el matrimonio sólo será posible en ese municipio francés.

Con todo, quienes se vayan a casar en alguna de las siguientes colectividades francesas de ultramar, sí pueden contraer matrimonio según la ley francesa, aunque no sean residentes, ni estén domiciliados en Francia:

- Nouvelle-Calédonie,

- Polynésie française,

Saint-Barthélémy,

- Saint-Martin,

- Saint-Pierre-et-Miquelon,

- Wallis-et-Futuna.

Si, al menos uno de los contrayentes reside, de forma continuada, en cualquier municipio francés, al menos durante un mes, aunque vivan fuera de Francia, pueden también contraer matrimonio en Francia. El mes se computará a partir de la publicación de los bandos.

Fuente: art. 74 del Código Civil de Francia.


Se tiene que tramitar un expediente matrimonial previo, igual que en España. Pero en Francia, lo tramita el Ayuntamiento ("Mairie"). Y la ceremonia de matrimonio civil también se lleva a cabo en el Ayuntamiento. En Francia, el Registro Civil está a cargo de los Ayuntamientos.

Puede consultar los siguientes enlaces:

http://vosdroits.service-public.fr/particuliers/F2558.xhtml

http://vosdroits.service-public.fr/particuliers/F930.xhtml

Le paso también la información, muy detallada, del Ayuntamiento de París:


http://www.paris.fr/pratique/papiers-formalites/mariage/les-formalites-mariage/rub_9950_stand_99460_port_24841



Un cordial saludo.
18/04/2014 13:04
Entonces por resumir si vas a vivir en francia seria posible casarnos ahi aun que no tengo parentesco en francia sendo europea?

Muchas geaciad por la respuesta .
Un cordial saludo.
19/04/2014 23:43
Hola.

Sí, la boda sería posible si, al menos uno de los miembros de la pareja, reside al menos un mes en cualquier municipio francés, de forma continuada (aunque viva en un hotel). El mes se cuenta a partir de la fecha de publicación de los bandos.

NOTA.- Pero, al ser usted española, deberá luego solicitar el reconocimiento e inscripción del matrimonio en el Registro Civil del Consulado de España acreditado en la demarcación consular donde se vaya a casar.

Un cordial saludo.
21/04/2014 13:36
Muchas gracias por todo que aportas a este foro .

Un saludo de todo corazón.
30/04/2014 00:49
De verdad que me quedo asombrado con el señor Condedecartagena. No sólo controla la Legislación española, sino que también la extranjera....
Es todo un ejemplo a seguir!!!
casarse en francia. | PorticoLegal
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Casarse en francia.
16/04/2014 10:51
Hola buenos dias. Espero que me puedes ajudar como le vienes haciendo siempre . Tengo una pergunta.
Me novio y yo queremos casarnos pero en francia el es de guinee yo española. Y no se el hecho no ser francesa y el no tener la residencia hay no va ser un problema. Actualmente tiene una recidencia comunitaria aqui . Y nos gustaría casarnos a francia y vivir ahi.muchas gracias.
16/04/2014 15:55
Hola,

Os recomiendo llamar el consulado de francia en Bilbao para informaros.

Es lo mejor!!

Un saludo
17/04/2014 22:27
Hola.

Para contraer matrimonio en Francia tiene que, al menos uno de los contrayentes ser de nacionalidad francesa o bien, si ambos son extranjeros, al menos uno debe estar domiciliado o ser residente en cualquier municipio francés. Asimismo, pueden contraer matrimonio si, al menos uno de los contrayentes, tiene al menos uno de sus progenitors domiciliado en cualquier municipio francés, si bien en ese caso, el matrimonio sólo será posible en ese municipio francés.

Con todo, quienes se vayan a casar en alguna de las siguientes colectividades francesas de ultramar, sí pueden contraer matrimonio según la ley francesa, aunque no sean residentes, ni estén domiciliados en Francia:

- Nouvelle-Calédonie,

- Polynésie française,

Saint-Barthélémy,

- Saint-Martin,

- Saint-Pierre-et-Miquelon,

- Wallis-et-Futuna.

Si, al menos uno de los contrayentes reside, de forma continuada, en cualquier municipio francés, al menos durante un mes, aunque vivan fuera de Francia, pueden también contraer matrimonio en Francia. El mes se computará a partir de la publicación de los bandos.

Fuente: art. 74 del Código Civil de Francia.


Se tiene que tramitar un expediente matrimonial previo, igual que en España. Pero en Francia, lo tramita el Ayuntamiento ("Mairie"). Y la ceremonia de matrimonio civil también se lleva a cabo en el Ayuntamiento. En Francia, el Registro Civil está a cargo de los Ayuntamientos.

Puede consultar los siguientes enlaces:

http://vosdroits.service-public.fr/particuliers/F2558.xhtml

http://vosdroits.service-public.fr/particuliers/F930.xhtml

Le paso también la información, muy detallada, del Ayuntamiento de París:


http://www.paris.fr/pratique/papiers-formalites/mariage/les-formalites-mariage/rub_9950_stand_99460_port_24841



Un cordial saludo.
18/04/2014 13:04
Entonces por resumir si vas a vivir en francia seria posible casarnos ahi aun que no tengo parentesco en francia sendo europea?

Muchas geaciad por la respuesta .
Un cordial saludo.
19/04/2014 23:43
Hola.

Sí, la boda sería posible si, al menos uno de los miembros de la pareja, reside al menos un mes en cualquier municipio francés, de forma continuada (aunque viva en un hotel). El mes se cuenta a partir de la fecha de publicación de los bandos.

NOTA.- Pero, al ser usted española, deberá luego solicitar el reconocimiento e inscripción del matrimonio en el Registro Civil del Consulado de España acreditado en la demarcación consular donde se vaya a casar.

Un cordial saludo.
21/04/2014 13:36
Muchas gracias por todo que aportas a este foro .

Un saludo de todo corazón.
30/04/2014 00:49
De verdad que me quedo asombrado con el señor Condedecartagena. No sólo controla la Legislación española, sino que también la extranjera....
Es todo un ejemplo a seguir!!!