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Cautela socini

3 Comentarios
 
Cautela socini
15/02/2021 18:16
Hola, al gestionar la liquidación del impuesto de sucesiones de la herencia de mi padre con testamento (somos dos hermanos y nuestra madre como cónyuge) tenemos la cláusula Socini. alguien podría orientarme en qué % del total de caudal hereditario corresponden a cada uno según el texto del testamento? Cómo son los % y fracciones del total del caudal hereditario que corresponde a cada parte según este testamento?

Muchas gracias y saludos!
Cito:

"Primera.- Lega el usufructo universal y vitalicio de todos sus bienes, derechos y acciones a su nombrada esposa, con expresa relevación de formalizar inventario y prestar fianza y facultándole para tomar por sí posesión del mismo. Si los herederos forzosos pidieren su legítima o impugnaren por excesivo este legado, triunfaren o no en ello, perderá el que lo haga la parte que le corresponde en los tercios de mejora y libre disposición, acreciendo a quienes no lo hagan y si todos impugnaren este legado quedará el mismo convertido automáticamente en legado del tercio de libre disposición de sus bienes a favor de la esposa, además de la cuota de usufructo que le corresponde por legítima.”
Segunda.- Instituye herederos universales, a sus dos citados hijos, por mitad e iguales partes, con derecho de sustitución por los suyos respectivos y el de acrecer, en su caso.”
15/02/2021 20:27
RenoRaines
Se supone que ninguno de los hijos vais a reclamar ni impugnar.
En tal caso, lo primero es ver cuál es la herencia. Si el matrimonio estaba en gananciales, normalmente la herencia es el 50% del total de bienes y derechos.
Obtenida la herencia, se calcula cual es el valor del usufructo de toda la herencia y que depende de la edad de vuestra madre. El porcentaje es 85-edad en años con un mínimo del 10%. Por ejemplo si ella tiene 70 años, 85-70= 15%.El resto de herederos obtienen el 85% a dividir entre dos o sea el 42,5%.
15/02/2021 21:17
Juan S
Efectivamente no vamos a impugnar ni reclamar nada.

...pero veo en muchas referencias que el cálculo es 89-edad, es correcto 89 y no 85, verdad?
16/02/2021 10:39
RenoRaines
Sí, perdona mi error. El cálculo correcto es 89-edad.
Calculado el valor del usufructo, la nuda propiedad se calcula por diferencia hasta el 100x100.