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Certificado de convivencia argentino para extranjeria

5 Comentarios
 
Certificado de convivencia argentino para extranjeria
11/03/2019 01:16
Hola
El certificado de convivencia de Argentina legalizado y con apostilla de la haya sirve para demostrar una relacion estable para pedir la TARJETA DE RESIDENCIA TEMPORAL DE FAMILIAR DE CIUDADANO DE LA UE??
Con que otra cosa se puede demostrar una relacion estable?? whatsapp? mails? fotos? vuelos?
Saludos
11/03/2019 22:18
Asterlx
Hola:

Más que un certificado de mera convivencia ( que sería un principio de prueba), lo que le serviría como prueba plena sería un documento oficial del Estado en el que ustedes hubieran tenido su residencia en el que conste que han convivido como pareja y que esa convivencia, libre de vínculo matrimonial, pero análoga a la conyugal, ha sido formalizada y reconocida como tal de acuerdo con la legislación del Estado que la expide. Dicho documento, si certifica que la unión de pareja estable se formalizó hace, al menos, 12 meses, es prueba suficiente para acreditar que usted es pareja estable de una persona ciudadana de la Unión y le daría derecho a solicitar una tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión. Es importante, con todo:

- Que al menos uno de los integrantes de la pareja sea nacional de un Estado parte de la Unión Europea, Espacio Económico Europeo o Suiza. Si también es nacional del Estado donde hubieran estado residiendo, debe aportar documentos que permitan determinar que se trata de la misma persona ( por ejemplo, el pasaporte del país de la Unión Europea y el pasaporte del país de residencia anterior).

- Que estén libres de vínculo matrimonial entre sí y con respecto a terceras personas.

Con todo, si hubiera hijos comunes, es suficiente con probar este hecho, aunque la convivencia haya durado menos de 12 meses.

La regla general es que la relación deba ser suficientemente probada, considerándose así en dos casos, como ha quedado indicado: si la convivencia como pareja ha durado al menos 12 meses o si hay descendencia común. En otros casos, se deberá efectuar prueba exhaustiva mediante cualquier medio de prueba admitido en Derecho.

Un cordial saludo.
11/03/2019 23:44
Asterlx
Ante todo muchas gracias por la respuesta

Hay que tener en cuenta que el certificado no solo expresa que convivimos por mas de 12 meses en el mismo domicilio el cual aparece en el DNI tambien aparecen 2 testigos, los cuales fueron entrevistados por separado para demostrar que la convivencia en pareja sea real, con la firma nuestra, la de los testigos y la del escribano del registro civil.. luego esta firma legalizada a nivel nacional y con apostilla de la haya para tener valor internacional.

Entiendo que no es el mismo valor que el matrimonio pero si demuestra la convivencia. Asi como ayudar a este certificado con viajes(tickets) fotos.. mails...

Con respecto al pasaporte el cual es Polaco... se demostro por medio del consulado Polaco en Argentina que Polonia no tiene la imagen de pareja de hecho o convivencia.. solo Matrimonio.

Todo esto no algo que demuestre una conviencia?

Otra vez muchas gracias
12/03/2019 20:35
Asterlx
Hola :

Es suficiente si es como usted indica para que pueda solicitar una tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión como pareja estable de un ciudadano de la Unión. La pareja estable es distinta de la pareja registrada, pero a efectos de solicitar la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión le sirve si queda probado que existe una convivencia de al menos 12 meses.

Es necesario que la persona ciudadana de la Unión ya tenga en su poder el certificado de registro ( tarjeta verde de comunitarios) y que sea trabajadora por cuenta ajena o propia, estudiante matriculada para cursar estudios en España o cuente con recursos económicos propios suficientes y seguro médico.

Puede reforzar la prueba del documento público extranjero que tiene con los demás documentos que usted menciona.

Debe dirigirse directamente a la Oficina de Extranjería de la Subdelegación del Gobierno en la provincia y solicitar la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión.

Un cordial saludo.
13/03/2019 01:54
Asterlx
Se presento todo.. el certificado legal... y pruebas no oficiales como fotos.. tickets de avion... hasta recibos de suministros y tarjetas de credito llegando al mismo domicilio.. y el resultado fue no favorable....
Creo que ni hasta el casamiento realizado en argentina es valido para españa... cuando uno de los dos es comunitario.... se necesitaria registrarlo en mi caso en Polonia.

Es asi?? alguna otra opcion?

muchas gracias por su tiempo
13/03/2019 18:14
Asterlx
Hola:

Puede interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, si le ha sido denegado.

Lo que sucede es que el Código Civil español, en las normas de Derecho Internacional Privado del Título Preliminar, establece que el estado civil de las personas se rige por su ley personal, que es la ley del país de nacionalidad. Por ello, para que una persona que es ciudadana de la Unión pueda probar en España que su estado civil es el de casado, debe aportar la certificación literal de matrimonio del Estado parte de la Unión Europea del que sea nacional ( o de cualquier otro Estado parte del Espacio Económico Europeo o Suiza, si fuera nacional de alguno de estos Estados), bien sea por haber contraído matrimonio en alguno de esos Estados o bien porque se haya obtenido su reconocimiento e inscripción en el correspondiente Registro Civil del Estado. Si fuera un Estado que no prevé la inscripción de matrimonios celebrados fuera de su territorio en su Registro Civil, debe aportarse al menos una certificación oficial de ese Estado en el sentido de que considera válido ese matrimonio de acuerdo con su legislación.

Con todo, si el matrimonio se celebrase en España, ante autoridades españolas, es válido a todos los efectos ( la Administración General del Estado de España reconoce los matrimonios celebrados en España de acuerdo con la legislación española, aunque los contrayentes sean extranjeros).

Por ello, un matrimonio entre un ciudadano de la Unión o asimilado y un extracomunitario celebrado fuera del Estado del que el ciudadano de la Unión o asimilado es nacional o fuera de España, no es suficiente para que pueda tenerse al extracomunitario como cónyuge del ciudadano de la Unión residente en España y en consecuencia, pueda serle expedida la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión.

Un cordial saludo.
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5 Comentarios
 
Certificado de convivencia argentino para extranjeria
11/03/2019 01:16
Hola
El certificado de convivencia de Argentina legalizado y con apostilla de la haya sirve para demostrar una relacion estable para pedir la TARJETA DE RESIDENCIA TEMPORAL DE FAMILIAR DE CIUDADANO DE LA UE??
Con que otra cosa se puede demostrar una relacion estable?? whatsapp? mails? fotos? vuelos?
Saludos
11/03/2019 22:18
Asterlx
Hola:

Más que un certificado de mera convivencia ( que sería un principio de prueba), lo que le serviría como prueba plena sería un documento oficial del Estado en el que ustedes hubieran tenido su residencia en el que conste que han convivido como pareja y que esa convivencia, libre de vínculo matrimonial, pero análoga a la conyugal, ha sido formalizada y reconocida como tal de acuerdo con la legislación del Estado que la expide. Dicho documento, si certifica que la unión de pareja estable se formalizó hace, al menos, 12 meses, es prueba suficiente para acreditar que usted es pareja estable de una persona ciudadana de la Unión y le daría derecho a solicitar una tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión. Es importante, con todo:

- Que al menos uno de los integrantes de la pareja sea nacional de un Estado parte de la Unión Europea, Espacio Económico Europeo o Suiza. Si también es nacional del Estado donde hubieran estado residiendo, debe aportar documentos que permitan determinar que se trata de la misma persona ( por ejemplo, el pasaporte del país de la Unión Europea y el pasaporte del país de residencia anterior).

- Que estén libres de vínculo matrimonial entre sí y con respecto a terceras personas.

Con todo, si hubiera hijos comunes, es suficiente con probar este hecho, aunque la convivencia haya durado menos de 12 meses.

La regla general es que la relación deba ser suficientemente probada, considerándose así en dos casos, como ha quedado indicado: si la convivencia como pareja ha durado al menos 12 meses o si hay descendencia común. En otros casos, se deberá efectuar prueba exhaustiva mediante cualquier medio de prueba admitido en Derecho.

Un cordial saludo.
11/03/2019 23:44
Asterlx
Ante todo muchas gracias por la respuesta

Hay que tener en cuenta que el certificado no solo expresa que convivimos por mas de 12 meses en el mismo domicilio el cual aparece en el DNI tambien aparecen 2 testigos, los cuales fueron entrevistados por separado para demostrar que la convivencia en pareja sea real, con la firma nuestra, la de los testigos y la del escribano del registro civil.. luego esta firma legalizada a nivel nacional y con apostilla de la haya para tener valor internacional.

Entiendo que no es el mismo valor que el matrimonio pero si demuestra la convivencia. Asi como ayudar a este certificado con viajes(tickets) fotos.. mails...

Con respecto al pasaporte el cual es Polaco... se demostro por medio del consulado Polaco en Argentina que Polonia no tiene la imagen de pareja de hecho o convivencia.. solo Matrimonio.

Todo esto no algo que demuestre una conviencia?

Otra vez muchas gracias
12/03/2019 20:35
Asterlx
Hola :

Es suficiente si es como usted indica para que pueda solicitar una tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión como pareja estable de un ciudadano de la Unión. La pareja estable es distinta de la pareja registrada, pero a efectos de solicitar la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión le sirve si queda probado que existe una convivencia de al menos 12 meses.

Es necesario que la persona ciudadana de la Unión ya tenga en su poder el certificado de registro ( tarjeta verde de comunitarios) y que sea trabajadora por cuenta ajena o propia, estudiante matriculada para cursar estudios en España o cuente con recursos económicos propios suficientes y seguro médico.

Puede reforzar la prueba del documento público extranjero que tiene con los demás documentos que usted menciona.

Debe dirigirse directamente a la Oficina de Extranjería de la Subdelegación del Gobierno en la provincia y solicitar la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión.

Un cordial saludo.
13/03/2019 01:54
Asterlx
Se presento todo.. el certificado legal... y pruebas no oficiales como fotos.. tickets de avion... hasta recibos de suministros y tarjetas de credito llegando al mismo domicilio.. y el resultado fue no favorable....
Creo que ni hasta el casamiento realizado en argentina es valido para españa... cuando uno de los dos es comunitario.... se necesitaria registrarlo en mi caso en Polonia.

Es asi?? alguna otra opcion?

muchas gracias por su tiempo
13/03/2019 18:14
Asterlx
Hola:

Puede interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, si le ha sido denegado.

Lo que sucede es que el Código Civil español, en las normas de Derecho Internacional Privado del Título Preliminar, establece que el estado civil de las personas se rige por su ley personal, que es la ley del país de nacionalidad. Por ello, para que una persona que es ciudadana de la Unión pueda probar en España que su estado civil es el de casado, debe aportar la certificación literal de matrimonio del Estado parte de la Unión Europea del que sea nacional ( o de cualquier otro Estado parte del Espacio Económico Europeo o Suiza, si fuera nacional de alguno de estos Estados), bien sea por haber contraído matrimonio en alguno de esos Estados o bien porque se haya obtenido su reconocimiento e inscripción en el correspondiente Registro Civil del Estado. Si fuera un Estado que no prevé la inscripción de matrimonios celebrados fuera de su territorio en su Registro Civil, debe aportarse al menos una certificación oficial de ese Estado en el sentido de que considera válido ese matrimonio de acuerdo con su legislación.

Con todo, si el matrimonio se celebrase en España, ante autoridades españolas, es válido a todos los efectos ( la Administración General del Estado de España reconoce los matrimonios celebrados en España de acuerdo con la legislación española, aunque los contrayentes sean extranjeros).

Por ello, un matrimonio entre un ciudadano de la Unión o asimilado y un extracomunitario celebrado fuera del Estado del que el ciudadano de la Unión o asimilado es nacional o fuera de España, no es suficiente para que pueda tenerse al extracomunitario como cónyuge del ciudadano de la Unión residente en España y en consecuencia, pueda serle expedida la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión.

Un cordial saludo.