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Cesión herencia

1 Comentarios
 
Cesión herencia
30/12/2023 08:27
Recientemente ha fallecido mi padre.
Los bienes gananciales son la vivienda habitual de mis padres, una plaza de garage que está alquilada, un local comercial también alquilado, un terreno agrícola que quiere vender y dinero en efectivo, parte de este dinero en una cuenta a nombre de mi padre únicamente.
Somos dos hermanos, uno soltero y yo casado con dos hijas.
Mi madre quiere que le cedamos el total del dinero que nos correspondería y ella nos da algo de dinero a cada hijo.
Dice que el resto es todo suyo.
Cederselo no sería renunciar a todos nuestros derechos?
Nos corresponde algo de los alquileres que se cobran?
30/12/2023 15:14
gordilita1
El proceso de lo que teneis que hacer es, en primer lugar la disolución de gananciales y despues la adjudicación de la herencia. Se pueden hacer las dos cosas a la vez.
Para saber que le corresponde a cada uno, lo primero que teneis que hacer es establecer que bienes son gananciales, y cuales son privativos.
Si todos los bienes se compraron durante el matrimonio, son gananciales, es decir de la sociedad ganancial, la cual tiene dos socios al 50%, tu padre y tu madre. Dices que parte del dinero está en una cuenta a nombre de tu padre únicamente. Pues dependiendo de la procedencia de ese importe, será privativo de él o ganancial. No importa a nombre de cual de los dos miembros de la sociedad ganancial estén las cuentas corrientes, todas son de ambos dos. A menos de que los fondos sean de tu padre antes del matrimonio, ya sea porque los tuviera anteriormente, porque vendió alguna propiedad suya de soltero o porque ha recibido una herencia. Si no ha ocurrido ninguna de esas tres cosas, todas las ciuentas, depositos, o cualquier otro activo financiero son de los dos.
Una vez establecido que bienes son gananciales y cuales privativos, podreis poneros de acuerdo en como actuar.
Tienes que tener en cuenta una cosa que muchos no sabiamos hasta que nos lo explicaron. Los bienes de una sociedad (y la sociedad ganancial lo es como otra cualquiera) son al 50% en su totalidad. No uno a uno. Parece una tonteria pero es importante tenerlo en cuenta. Si tu montas un negocio con un amigo, y un buen dia decidis dejarlo, ¿tu te vas a llevar media silla, media mesa.... la mitad del local donde trabajabais...?. No claro, se valora todo y se dice,... vamos a ver el 50% es tanto, pues uno se lleva el mobiliario y el equipo informatico, y otro se queda con el local, por ejemplo. O lo mas facil, se vende todo y se reparte entre los dos.
Te comento esto, porque dices....el dinero que nos corresponda... Realmente no os corresponde el 50% del dinero, sino el 50% del total.
Se valora lo que hay, piso, garaje, local, terreno, efectivo, cuentas corrientes... y sobre el total, a tu madre le corresponde el 50%. Y ahora ella elige que quiere por el valor de ese 50%. ¿que por valoración se puede quedar con el piso y el local? perfecto, lo que ella prefiera, porque siempre que se pueda se adjudican propiedades enteras a cada uno.
Sobre el otro 50% se adjudicará según conste en testamento, si lo hay. Y si no lo hay, a tu madre el corresponde el "usufructo" (no propiedad) de la tercera parte de ese 50%, el resto serán a partes iguales de los hijos.