Buenos días, mi tía ha fallecido sin hijos, su marido ya fallecido, dejando un piso. No hizo testamento. Los supuestos o declarados herederos somos 20 sobrinos y un hermano que posteriormente a los dos meses ha fallecido también. 3 de los sobrinos han renunciado a su parte. 2 nos quieren ceder sus derechos a los 5 hermanos que hemos convivido más con ella en Madrid, no como una donación pues los impuestos entre primos me han dicho en hacienda que son muy elevados, que lo hiciéramos en privado. Mi prima me dice que se puede hacer cesión de derechos, no se llevan nada pero también es una forma de que no tengan más gastos ni más problemas con las Declaraciones de la Renta anuales. Ella vive en Pamplona. Esto de la cesión de derechos es posible aquí en Madrid? Cómo se hace? Hay que ir al Notario? Muchas gracias y un saludo,