Buenas tardes, en caso de recibir la totalidad de la plantilla, en el mes de Diciembre una cesta de Navidad, aún sin tenerlo recogido en Convenio ni pacto de empresa, ¿ puede la empresa unilaterálmente decidir no darla?, o por el contrario debe mantener su entrega por reiteración y habituálidad. Gracias.
Si en años anteriores lo llevaban recibiendo habitualmente se crea la costumbre que en ausencia de ley, (que recoja que se debe dar o lo contrario) pues se aplica ésta como dcho adquirido para los trabajadores. SMO