Buenos días, a una empresa que le han notificado acto de conciliación para el mismo día de la notificación y no ha dado tiempo ha asistir. ¿Qué se puede hacer? ¿hay algún plazo mínimo entre la citación y la conciliación? gracias
Desde luego calcetero que cosas pasan en su empresa? 1 puede impugnar el acto por falta de notificación explicando los hechos y mostrando la fecha del recibi. 2 Por otra parte, no pasa nada si la parte demandada no se presenta ante el SMAC, este estamento es de régimen extrajudicial de solución de conflictos y por tanto si no se presenta la parte demandada se da por celebrado sin acuerdo y entonces se va a juicio, el mismo día del juicio, ante el secretario del juzgado se celebra la conciliación judicial y ahí se puede pactar o no, si no hay acuerdo pues se celebra el juicio sin mas.
Hombre, Jampreve, alguna incidencia puede tener la incomparecencia de la demandada: Art. 66.3 de la LRJS: 3. Si no compareciera la otra parte, debidamente citada, se hará constar expresamente en la certificación del acta de conciliación o de mediación y se tendrá la conciliación o la mediación por intentada sin efecto, y el juez o tribunal impondrán las costas del proceso a la parte que no hubiere comparecido sin causa justificada, incluidos honorarios, hasta el límite de seiscientos euros, del letrado o graduado social colegiado de la parte contraria que hubieren intervenido, si la sentencia que en su día dicte coincidiera esencialmente con la pretensión contenida en la papeleta de conciliación o en la solicitud de mediación.
Así que puede ser importante acreditar que no ha estado "debidamente citada"