Ante todo buenas tardes. Quisiera realizar una consulta, me han citado el mismo día en el cmac para una reclamación de cantidades que me adeuda la empresa, y también para una extinción unilateral del contrato. Mi pregunta es la siguiente... A la reclamación de cantidades la empresa seguramente no vaya, pero en la extinción, se puede dar por resuelto el contrato el mismo día? o hay que esperar después a resolución judicial meses más tarde... Y otra pregunta es el tiempo que tarda fogasa en hacerse cargo del dinero que se me debe mas indemnización, (en su tanto por ciento correspondiente) Gracias de antemano.