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civil o penal?

9 Comentarios
 
Civil o penal?
26/08/2004 19:46
Se quiere demandar a una persona por daños a la comunidad de vecinos, mi pregunta si esto va por la via penal mediante querella o denuncia o va por via civil...
Gracias
26/08/2004 20:40
por la civil.
27/08/2004 20:23
Gracias Sole, pero he sabido que este hombre debe padecer algún problema psicológico porque además de amenazar e insuntar al resto de los vecinos, por ejemplo echa cloro en la piscina que eso puede resultar peligroso...por eso es mi insistencia de si sólo es por via civil ya que la mayoria de los vecinos no quieren indemnización, lo único que quieren es que este señor deje de comportarse asi...
Un saludo
05/10/2004 19:25
Otra pregunta: ¿Los honorarios del abogado los paga la comunidad de propietarios?
El tema de poner cloro en la piscina afecta a todos los propietarios y el tema de insultar a algunos de ellos.
Estos hechos no se denunciaron, hubiese sido necesario poner la denuncia y en caso afirmativo, quien debería ponerla, la persona afectada o toda la comunidad?
Sin denuncia, es posible demandar por daños?
Muchas preguntas, muchas gracias tb
06/10/2004 09:15
Me temo que lo UNICO que persigue la comunidad, que es que "ese señor deje de comportarse así" es, precisamente, LO UNICO QUE NO PUEDE HACER EL JUZGADO.
El juzgado sólo está para enjuiciar hechos ocurridos, pero no para educar a los ciudadanos (tal como son algunos jueces, apañados estamos si tuvieran que educar a los demás) y desde luego no puede obtenerse una condena "de futuro" relativa a la conducta de un tercero (salvo en casos excepcionales que por supuesto no es este).
Pero se cree que un juez es como la purga de Benito, que para todo sirve, y NO ES ASI. No son tan listos (si lo fueran, hubieran hecho notarías) y no tienen ese poder taumatúrgico de cambiar la realidad (eso que se decía que podían hacerlo todo menos cambiar a un hombre en mujer).
Se les ha hecho, o muchos así lo creen, semidioses, pero también tienen su talón de Aquiles, y su poder no es tan omnímodo, afortunadamente.
Por lo demás, busquen un buen abogado, mejor penalista.
E intenten aburrir al vecino para que se largue si es posible.
Suerte.
06/10/2004 11:58
Vale.
Pero en este caso, no estamos ante algo que ocurrirá en el futuro ni pretendo que los jueces eduquen a nadie. Mis preguntas son mas concretas.
Este señor ya esta haciendo daño primero con concuctas presentes añadiendo por su cuenta cloro a la piscina y segundo insultando al resto de vecinos.
Por eso, si alguien fuera tan amable de contestar a mis dudas?
gracias
07/10/2004 13:16
Deberias mirar que es lo que disponela ley de propiedad horizontal sobre actividades molestas.......etc., igual te ayuda
11/10/2004 10:08
sandra;los estatutos de la comunidad, siempre contemplan este tipo de situaciones molestas del vecino, reunion de junta de propietarios, todos de acuerdo, se le requiere notarialmente al vecino que molesta para que cese, sino hace caso el presidente de la comunidad pone la denuncia y despues del juicio se el asunto es grave se le puede sentenciar a dejar el piso hasta un plazo no superior a tres años. los gastos del procedimiento los paga la comunidad que puede repercutirlos al vecino que molesta. un saludo.
28/10/2004 07:19
si en los daños existe intencionalidad, lo podeis denunciar via penal.
29/10/2004 10:07
"lo UNICO que QUIEREN (s.e.u.o., pretensión a deducir) es que este señor DEJE DE COMPORTARSE ASI"........
Consulto a los demás letrados presentes en el foro acerca de la viabilidad de esta pretensión de futuro
(pues parece que se refiere a conductas futuras, y no estamos en un interdicto posesorio o acción de jactancia u otra de análoga naturaleza).
Respecto de concretos hechos ocurridos, coincido en que existen varias vías, tal vez sea aconsejable empezar por la sugerida por calato.