Hola,
Me gustaría saber si dar clases particulares en domicilio propio o en el del alumno es legal. También si se podría denunciar de forma más o menos anómima a una academia de idiomas no homologada y que no tiene a los profesores contratados por horas. Gracias.
No lo es, si no estás dado de alta en tu correspondiente grupo de Autonomos en la seguridad social, pagando tus cuotas, y cobrando las correspondientes facturas por las clases impartidas.
Por otro lado, no se pueden hacer denuncias anónimas.
Ya estuve mirando esto:
http://www.seg-social.es/inicio/?MIval=cw_usr_view_Folder&LANG=1&ID=36537#36550
Pero no lo tengo muy claro... Si se supone que pertenezco al Grupo 1, ¿tendría que pagar 881€/mes si voy a dar 3 o 4 horas de clase al día? (pues no voy a sacar para pagar autónomos jeje).
Hola. Es que no es así. Eso son tablas de cotización del régimen general de la SS.
El régimen de autónomos funciona de otra manera. En función de la base de cotización que elijas, pagas una cuota fija, y da igual que seas profesor que neurocirujano que fontanero.
El mínimo ronda los 250 euros, aunque hay pequeñas variaciones en función de que quieras IT o que tengas posibilidad a reducciones.