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Clases por horas

2 Comentarios
 
Clases por horas
29/03/2007 11:19
Hola.
Estoy desempleada y me ha surgido la posibilidad de sacarme un dinerillo impartiendo clases en una academia dos horas a la semana. Me pagarían por horas dadas.Mi duda es cómo declaro estos ingresos a hacienda.
¿Tengo que expedir factura o basta con que les firma un recibí? ¿Bastaría que les firmara el recibí y luego declarar esos ingresos en la Declaración de la Renta? ¿O tengo que darme de alta como autónoma?
Muchas gracias.
30/03/2007 17:38
El trabajo como profesor en una academia es trabajo por cuenta ajena. Eso quiere decir que te tienen que hacer un contrato laboral, darte de alta en la seguridad social y pagarte el salario previsto a tu categoría de profesor en el convenio de enseñanza no reglada. Ellos mismos te retendrán el IRPF y harás la renta el año que viene con la certificación de retenciones que ellos te tendrán que dar el año que viene.

Si prefieres trabajar en negro no tienes jamás que firmar ningún recibí ni mucho menos una factura. Cobras y a casa y Hacienda no se entera.

Pero si "exigen" factura ten por seguro que en ese centro no está de alta en la SS ni Dios. Entonces puedes empezar a trabajar haciéndote la loca y denunciarlo a la inspección de SS. Un inspector irá y le dará el alta en la SS con contrato INDEFINIDO a cargo de la empresa a todo el que pille trabajando sin alta en la SS.
31/03/2007 11:57
No necesariamente ha de tratarse de un trabajo por cuenta ajena.
La cobaboracion puntual impartiendo clases en dentrros de enseñanza puede tratarde perfectamente de una actividad profesional por cuenta propia. Pero habra que ver el caso, eso sí.

Inc,uso en ese caso, deberas hacr una factura a nombre del centro académico y éste te praticvara directamente la retencion del IRPF

Respecto a otros requisitos como la neceisada de darte de alta de autónomos, si se trata de una actividad puntual, no suele ser necesario. En este sentido, el criterio para definior si una actividad puede ser considerada como habitual o no (y por tanto, con la necesidad de darse de alta de autónomos o no) es que los ingresos superen o no el Salario Mínimo Interprofesional. Si no lo superas, puede ahorrarte el resto de trámites.

Un saludo