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coacciones o detencion ilegal

5 Comentarios
 
Coacciones o detencion ilegal
05/08/2006 13:05
hace una semana cuando viajaba en un autobus de linea,con la excusa de parar en un pueblo a esperar a gente, se acercaron dos chicos diciendole al conductor que no habia parado en el pueblo anterior y que no le dejaban proseguir el viaje, tal fue la situacion que vino la guardia civil, hablaron con ellos y no se como quedo la cosa, pero no nos dejaban continuar los chicos seria coacciones o detenciòn ilegal?????? Querida Ana estas por ahi??
perfil :)
05/08/2006 13:47
¡¡¡Hola!!!

Aisss, no sé si te sirvo yo. Pero, bueno, te doy mi opinión.

Como no explicas si dejaron o no bajar a los viajeros del autobús, ni qué medios se utilizaron, te daré dos versiones (siempre desde mi palmaria ignorancia jurídica):

1.- Si los viajeros fueron obligados a permanecer en el interior del autocar, se trataría de detención ilegal, pues se ha afectado a su libertad deambulatoria, por el mero hecho del encierro.Es decir, no pueden desplazarse a ningún lugar.


2.- Si los viajeros, no obstante, podían bajar tranquilamente del autocar, su libertad deambulatoria no se ve afectada, sino que se les estaría impidiendo el hacer algo.
Ello porque el obstaculizar el acceso a un lugar (en este caso, al lugar de destino) no se configura como detención ilegal, si el sujeto puede seguir deambulando, puede acceder a otros lugares. En este caso, por ejmplo, los viajeros podrían haber continuadio viaje por otros medios (taxi, por ejemplo), por lo que su libertad de desplazamiento en todo sentido no queda afectada.

Espero haberte sido de ayuda, querido viajero. No obstante, espera rectificación/ratificación de expertos. ¡¡Saludos!!
perfil :)
05/08/2006 13:51
Aisss, me olvidaba: dependiendo de la violencia o intimidación ejercidas, caso de que no nos halláramos ante detención ilegal, sino coacciones, éstas, en mi opinión, podrían ser calificadas como falta.
perfil :)
05/08/2006 14:15
Ah, y, de todas formas, decirte que, ante la más mínima duda, siempre se tiende a configurar el hecho como coacción frente a detención ilegal, por la mayor penalidad de este último tipo, y por ser éste la especialidad dentro de aquél. La Jurisprudencia establece que hay que aplicarlo de forma muy restrictiva y en casos muy claros y concretos.

¡¡Saludos otra vez!!!
06/08/2006 12:04
muchas gracias, me queda claro
perfil :)
06/08/2006 12:13
¡¡¡De nada!!!