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Coheredero disfruta bien en exclusiva.

3 Comentarios
 
Coheredero disfruta bien en exclusiva.
perfil VVV
28/12/2008 19:06
Hola;
Os planteo un caso con el que me he encontrado: se ha hecho el reparto de una herencia de la que resultan beneficiarios el cónyuge viudo y dos hijos. Uno de ellos está viviendo en un piso (desde antes del fallecimiento del causante) del que ahora son copropietarios, pues ya se ha hecho la escritura de partición y adjudicaicón de herencia. El problema es que el hijo que está viviendo en el piso no quiere pagar un alquiler al padre y al otro hermano, que son copropietarios del mismo, ni tampco pueden alquilarlo, pues este hermano no se va.
¿Se puede pedir judicialmente un alquiler por la parte que les corresponde? ¿Mediante qué figura jurídica podría hacerse?¿Se os ocurre algún modo de solucionar el problema? Yo había pensado en la vía del precario, pero no lo tengo claro...
Gracias.

28/12/2008 20:37
Para reclamar que pague trata con la figura del enriquecimiento injusto. Lo del precario es si quieres sacarlo del piso. Ten cuidado y procura ver la jurisprudencia de tu Audiencia Provincial en esta materia, ya que, me he encontrado con AP que dan lugar al precario y otras que no. Ahora bien, debes tener en cuenta que, si la partición ya se ha hecho y es copropietario, quizás si tiene título para usar el piso y lo que quepa es la figura del enriquecimiento injusto ya que no gasta en vivienda (la disfruta toda) e impide que el padre y el hermano obtengan beneficios derivados de su condición de copropietarios.
29/12/2008 08:23
"El coheredero está viviendo en el piso, DESDE ANTES, del fallecimiento del causante".

Lo que presupone que el causante, -en vida-, autorizó a su hijo, para disfrutar la vivienda.

Pudiera plantearse el supuesto, que el derecho de uso y disfrute SEA UNA CARGA DE LA HERENCIA. Valuable económicamente, en la que el beneficiario es a su vez coheredero.
29/12/2008 13:19
Yo vería de solicitar un división de cosa común, ex art. 400 CC, amén de estudiar las demás vías propuestas con la juris de tu AP. Saludos¡