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Comisaria o guardia civil

4 Comentarios
 
Comisaria o guardia civil
25/04/2006 18:49
Pregunta tonta, perdonarme: ¿Qué diferencia hay entre denunciar en comisaria o ante la guardia civil?
25/04/2006 23:19
La diferencia en realidad no existe para un ciudadano, pero cada cuerpo desarrolla sus funciones en distintas demarcaciones territoriales, en función de la predeterminación asignada por la Ley O. 2/86 de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, mediante la cual y a grosso modo, el CNP lo relizaría en capitales de provincia y en las que determine en Ministerio del Interior y la Guardia Civil en el resto del territorio español, si bien ambos cuerpos en funciones de averiguación del delito, pueden desempeñar su cometido indistintamente. Ahora bien internamente, lo lógico es acudir a las dependencias del cuerpo que por exclusividad territorial lo tenga adjudicado, ya que en la práctica unos remiten a otros las actuaciones, lo que suelen demorar los procedimientos.

Un saludo.
26/04/2006 12:18
Ese Lexis, no soy yo.
26/04/2006 13:10
uff, perdona Lexis. No sé quien eres, no obstante es la primera vez que me pongo ese nick. Digamos que soy E.C.G, para no herir susceptibilidades atribuyendo preguntas tontas a quien no corresponde.
30/04/2006 00:26
Modestamente opino que no hay preguntas tontas, que lo tonto es no atreverse a preguntar por temor a parecer tonto.

Y para eso están estos sitios, entre otras cosas...

Un saludo!
Comisaria o guardia civil | PorticoLegal
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Comisaria o guardia civil
25/04/2006 18:49
Pregunta tonta, perdonarme: ¿Qué diferencia hay entre denunciar en comisaria o ante la guardia civil?
25/04/2006 23:19
La diferencia en realidad no existe para un ciudadano, pero cada cuerpo desarrolla sus funciones en distintas demarcaciones territoriales, en función de la predeterminación asignada por la Ley O. 2/86 de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, mediante la cual y a grosso modo, el CNP lo relizaría en capitales de provincia y en las que determine en Ministerio del Interior y la Guardia Civil en el resto del territorio español, si bien ambos cuerpos en funciones de averiguación del delito, pueden desempeñar su cometido indistintamente. Ahora bien internamente, lo lógico es acudir a las dependencias del cuerpo que por exclusividad territorial lo tenga adjudicado, ya que en la práctica unos remiten a otros las actuaciones, lo que suelen demorar los procedimientos.

Un saludo.
26/04/2006 12:18
Ese Lexis, no soy yo.
26/04/2006 13:10
uff, perdona Lexis. No sé quien eres, no obstante es la primera vez que me pongo ese nick. Digamos que soy E.C.G, para no herir susceptibilidades atribuyendo preguntas tontas a quien no corresponde.
30/04/2006 00:26
Modestamente opino que no hay preguntas tontas, que lo tonto es no atreverse a preguntar por temor a parecer tonto.

Y para eso están estos sitios, entre otras cosas...

Un saludo!