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Comisión negociadora erte causas productivas, su protección

3 Comentarios
 
Comisión negociadora erte causas productivas, su protección
10/05/2020 17:24
En una empresa en la que se negocia ERTE causas productivas COVID, que carece de delegado de personal,se designa comisión de tres empleados para la negociación del mismo, estos ¿se verán provistos de la protección que les da la legislación en las mismas condiciones que a los delegados de personal?.

El art. 13 Real Decreto 1483/2012, de 29 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos de despido colectivo y de suspensión de contratos y reducción de jornada, conforme a lo establecido en el artículo 51.5 y 68.b) del Estatuto de los Trabajadores y en el art. 10.3 LOLS, los representantes legales de los trabajadores tendrán prioridad de permanencia en la empresa respecto de los demás trabajadores afectados por el procedimiento de despido colectivo.

Agradecería aclaración al respecto.-
10/05/2020 18:37
Dacbrunete
Pues simplemente que todo dependerá de a cuantos trabajadores afecte el ERTE, si es a todos pues no pasa nada, si es a una parte de la plantilla estos 3 trabajadores entrarían los últimos en el ERTE al estar afectados por la protección de los delegados de personal.
11/05/2020 08:56
Jamgrrhh28
¿Hay alguna sentencia que lo refiera asi? O en base a que norma se puede exigir esa proteccion.
11/05/2020 09:01
Jamgrrhh28
Es una empresa con 19 empleados donde van a erte 13 personas, de la comisión negociadora dos personas no han sido incluidas en el erte y la tercera si, ¿sobre esa tercera persona podria invocarae la proteccion que se contempla para los reprentantes legales de los trabajadores?
Comisión negociadora erte causas productivas, su protección | PorticoLegal
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Comisión negociadora erte causas productivas, su protección
10/05/2020 17:24
En una empresa en la que se negocia ERTE causas productivas COVID, que carece de delegado de personal,se designa comisión de tres empleados para la negociación del mismo, estos ¿se verán provistos de la protección que les da la legislación en las mismas condiciones que a los delegados de personal?.

El art. 13 Real Decreto 1483/2012, de 29 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos de despido colectivo y de suspensión de contratos y reducción de jornada, conforme a lo establecido en el artículo 51.5 y 68.b) del Estatuto de los Trabajadores y en el art. 10.3 LOLS, los representantes legales de los trabajadores tendrán prioridad de permanencia en la empresa respecto de los demás trabajadores afectados por el procedimiento de despido colectivo.

Agradecería aclaración al respecto.-
10/05/2020 18:37
Dacbrunete
Pues simplemente que todo dependerá de a cuantos trabajadores afecte el ERTE, si es a todos pues no pasa nada, si es a una parte de la plantilla estos 3 trabajadores entrarían los últimos en el ERTE al estar afectados por la protección de los delegados de personal.
11/05/2020 08:56
Jamgrrhh28
¿Hay alguna sentencia que lo refiera asi? O en base a que norma se puede exigir esa proteccion.
11/05/2020 09:01
Jamgrrhh28
Es una empresa con 19 empleados donde van a erte 13 personas, de la comisión negociadora dos personas no han sido incluidas en el erte y la tercera si, ¿sobre esa tercera persona podria invocarae la proteccion que se contempla para los reprentantes legales de los trabajadores?