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Como actuar paracla antigüedad del convenio especial cuidadores

1 Comentarios
 
Como actuar paracla antigüedad del convenio especial cuidadores
03/04/2024 18:06
Buenas tardes.

Me he informado que para que la SS cuente todo el tiempo de cotizacion para loa cuidadores no profesionales desde que se solicito la dependencia es necesario darse de alta en los 90 días posteriores desde que se adjudicó.
El problema es que la persona cuidadora se entera de esto hace una semana y se adjudicó la dependencia en mayo 2023.
Saber si hay alguna forma de reclamar esa antigüedad o si hay otra forma de darse de alta para que se contabiliza.

Muchas gracias
03/04/2024 18:24
Me temo que no.

Puede darse de alta en el Convenio Especial ahora en cualquier momento pero la fecha de efectos será esa misma. Únicamente si se da de alta dentro de los 90 días desde el reconocimiento de la prestación, la fecha de efectos es la misma de la prestación.

Por tanto debe darse de alta cuanto antes para que comience la cotización, pero no podrá reclamar esa antigüedad perdida.
Como actuar paracla antigüedad del convenio especial cuidadores | PorticoLegal
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Como actuar paracla antigüedad del convenio especial cuidadores

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Como actuar paracla antigüedad del convenio especial cuidadores
03/04/2024 18:06
Buenas tardes.

Me he informado que para que la SS cuente todo el tiempo de cotizacion para loa cuidadores no profesionales desde que se solicito la dependencia es necesario darse de alta en los 90 días posteriores desde que se adjudicó.
El problema es que la persona cuidadora se entera de esto hace una semana y se adjudicó la dependencia en mayo 2023.
Saber si hay alguna forma de reclamar esa antigüedad o si hay otra forma de darse de alta para que se contabiliza.

Muchas gracias
03/04/2024 18:24
Me temo que no.

Puede darse de alta en el Convenio Especial ahora en cualquier momento pero la fecha de efectos será esa misma. Únicamente si se da de alta dentro de los 90 días desde el reconocimiento de la prestación, la fecha de efectos es la misma de la prestación.

Por tanto debe darse de alta cuanto antes para que comience la cotización, pero no podrá reclamar esa antigüedad perdida.