Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Como calcular la baja por IT y quien debe pagarla.

10 Comentarios
 
Como calcular la baja por it y quien debe pagarla.
25/05/2007 00:22
Hola, mi padre esta dado de baja por enfermedad, lleva desde el dia 28 de Marzo de 2007, y queria saber como averiguar la cantidad que debe recibir por estar de baja y quien debe pagar esa cantidad, si la empresa o la seguridad social o la empresa con la que tienen contratados los servicios de accidentes su empresa.
Gracias
25/05/2007 10:08
Buenos días anlopez,

Tienes que coger la Bcc de la nómina de febrero y dividirla por 30 ( si es retrib. mensual) o por 28 ( si es retrib. diaria). De ahí, los tres primeros días de la baja no cobra nada, hasta el 20, cobrará el 60% de lo que te de y luego el 75%. Entiendo que es una enfermedad común no?

Siempre lo paga la empresa, pero hasta el 15 día es a su cargo y luego es a cargo del INSS o mutua.

Un saludo
25/05/2007 10:19
salvo mejora por convenio, los tres primeros dias los asume el trabajador, del 4 al 15 el empresario y en adelante la mutua o el inss, el pago en todo caso lo asume el empresario en lo que se llama pago delegado, el paga y luego reclama las cantidades a la mutua o el inss. Luego quien realmente paga la prestacion para tu padre debe ser transparente, el debe recibir si nomina con el concepto pertinente y nada mas. mira la pagina de la seguridad social
http://www.seg-social.es/inicio/?MIval=cw_usr_view_Folder&LANG=1&ID=28365#30791 para saber la cuantia.
25/05/2007 10:19
Si es por enfermedad, le acaban de operar del corazon. Otra pregunta, si la SS o la mutua paga el 75%, la empresa está obligada a pagar hasta llegar al 100% o depende del convenio?
Mirando en la nómina aparecen dos apartados relacionados con las contigencias comunes, en uno pone aportación de cotización por contigencias comunes y en otro pone Base I.T cual es la que tengo que utilizar.
Gracias.
25/05/2007 10:32
que le paguen el 100% o no depende del convenio.
Tienes que mirar donde pones base de contigencias comunes o bcccc.
25/05/2007 10:35
Solo le complementarán hasta el 100% si lo dice el convenio.

Tienes que mirar la nómina de febrero, es decir la nómina anterior a la baja. En ella solo habrá una base de CC, porque no ha estado de baja en febrero.

Un saludo
25/05/2007 10:36
En esta nómina no pone nada de bcccc, pone lo que te he indicado antes, lo de la aportacion de cotización por contigencias comunes, y dentro de ese apetado pone Remuneración mensual, Prorrata pagas extraordinarias y Base I.T

Gracias por la ayuda
25/05/2007 10:37
Entonce es eso, es que cada nomina la redactan distinto.
25/05/2007 10:48
Sí, pero si hay una cantidad en la base it es que esa no es la nómina de febrero o en febrero tb estuvo de baja.

Tiene que coger febrero. Rem. mensual mas prorrata. Supongo que base it estará en blanco
25/05/2007 10:52
No en el mes de febrero no estuvo de baja, y lo que dices es verdad, lo que pone Base I.T viene en blanco, lo que pasa que he enumerado todo lo que ponía en ese apartado de la nómina.
Si viene una cantidad en la Base IT a que se refiere esa cantidad?
25/05/2007 11:11
A que en ese mes ha estado de baja y se tiene que calcular base para los días en alta y base para los días en it.

Bueno, pues entonces la Bcc es la suma de la rem. mensual y la prorrata. Eso dividelo entre 28 o entre 30, depende de la retribucion, como antes te he indicado

Un saludo