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Como debe notificar una citacion el inss , por carta ordinaria o certicada, la llamada telefonica es valida?

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      • Tema: Como debe notificar una citacion el inss , por carta ordinaria o certicada, la llamada telefonica es valida?
9 Comentarios
 
Como debe notificar una citacion el inss , por carta ordinaria o certicada, la llamada telefonica es valida?
09/10/2014 22:00
Hola, se me ha agotado 12 meses a punto de cumplir incapacidad permanente, el inspector del INSS me ha emitido informe para que me llamen a partir del 3 de noviembre para el EVI.
He recibido en casa llamada telefonica del INSS para personarme el próximo dia 17 de este mes, supongo que para el EVI. yo no estaba en casa.
Mi pregunta es debo de acudir ese dia a la cita es valida la llamda , aunque yo no la haya contestado?,o debo de esperar a que me envien como debe de ser carta ordinaria o certificada de comunicación de la citación. Si NO acudo a que me expongo.? Gracias y un saludo.
09/10/2014 22:21
Al EVi no lo verás nunca!!!!!!
El Inss te cita para q te vea un Inspector para q haga una valoración y recomiende INCAPACIDAD o Alta para trabajar.
Si no te presentas el q pierde eres tu....
10/10/2014 02:19
Hola, recibi una llamada en el domicilio y la llamada la recibio un familiar,y que no se aclara mucho,me comento, que la cita que me han dado por telefono es del INSS,para el dia 17 sobre las 11:00h de la mañana, que lleve DNI, informes medicos...
A lo cual mi pregunta es la siguiente como me citan antes de la fecha de agotamiento de los partes medicos, que se dejan de emitir por el medico de primaria a partir del dia 3 de Noviembre, y pasan a ser responsabilidad del INSS?.
Ya que ese informe con esa mencionada fecha de cese de partes de baja, lo emitio un inspector medico del Sacyl,. el cual me dijo que me enviarian a partir de esa fecha cita para valoracion, prorroga y demas.

Resumiendo , la pregunta es la siguiente , tengo que acudir a esa fecha del 17, ya que yo personalmente NO he recibido NADA, o me tienen que enviar CARTA al domicilio con fecha de la CITA.
Gracias y un saludo, perdon por el tomo.
10/10/2014 07:41
Lo cierto es que no es la forma mas correcta para darle cita pero la llamada queda registrada y a su vez consta que fue recibida (aunque no sea usted) y la admon le puede citar por cualquier medio, tb puede usted atrincherarse y hacer caso omiso para que a su vez vuelvan a contactar con usted y lo hagan mediante algún medio que certifique el recibí del interesado pero corre usted el riesgo que el profesional que tiene que recibirle en vez de citarle de nuevo le de por darle el alta por no acudir y luego mientras se soluciona el tema tendrá que ir usted sorteando los obstáculos que suele imponer la admon, yo de usted me dejaría Dr tonterías y acudiría a la cita.
10/10/2014 09:37
Buenos días,
Suscribo palabra por palabra lo que dice el compañero jamgpreve.
Si estuviéramos hablando de una multa de tráfico, pues la Ley obliga a una notificación fehaciente, pero en este caso ¿de qué le sirve a usted hacer oídos sordos? Lo correcto es que lo hagan por medio de carta certificada y, junto a la llamada, no descarte que le llegue dicha carta (en algunos casos llaman como adelanto a la carta que se recibe en el domicilio), pero no ir tendrá consecuencias nefastas para usted y es ponerse piedras en el camino inútilmente. Que sí es cierto que si no va y por esa inasistencia le dan el alta y se puede impugnar por falta de notificación fehaciente pero tampoco veo que haya necesidad.
Un cordial saludo.
Quedamos a su disposición.
951 71 50 41
www.lariosabogados.es
11/10/2014 02:09
Tomare, las decisiones que aqui se han comentado, muchas gracias por la atención recibida, por parte de todos uds.
11/10/2014 13:03
Una consulta que se me ha quedado en el tintero:
Acabo de sellar el parte 49. de baja. he leido por la red, segun comentan que antes del parte 51, si el medico de primaria, te concede el alta, si alegas en un dias recaida, te puede dar de nuevo la BAJA y comenzar de nuevo , por la misma enfermedad, vamos de cero.

No se si es correcto, pero mi objetivo, al ir a la cita, del INSS, es la de que me concedan una prórroga de 6 meses, ya que tengo prevista mejoria en curación de la patologia, NO quiero que me concedan ningun tipo de incapacidad.
Si teneis algo de luz sobre este tema agradeceria me lo comenteis. Gracias y un saludo.
13/10/2014 00:09
icemann,

El 1er párrafo no es correcto del todo. El médico de cabecera puede darte el alta antes del parte 51, pero si al cabo de unos días, alegas recaída, lo normal es que así lo marque en los nuevos partes y el contador no se pone a cero, continúa.
Comenzaría desde cero si la baja la emitiera por una patología diferente.

Si tu patología precisa de un tiempo más para mejorar, presenta el informe médico que así lo indique y donde se solicite una prórroga de 6 meses para completar tratamiento.

Sobre que te citen antes del año, es normal (la resolución tarda un par de semanas ). Si te llaman justo al año, o más tarde ... estarías durante esa espera en tierra de nadie.

Puedes corroborar la cita telefónica llamando tú, al dpto. del Inss de programación de revisiones del año. Con tu DNI te confirmarán : día, lugar y hora. La carta de citación puedes recibirla 1 día antes y por correo ordinario.

Suerte y SalU2



SalU2
13/10/2014 01:40
En verdad , uds me han sido de gran ayuda, para despejar mis dudas , gracias por la labor de colaboracion, y su trabajo. saudos.
15/09/2020 17:21
Hola tendría que llamar yo al INSS para la cita, ya que me ha cumplido el año de bajas por médico de cabecera y todavía no me han llamado , ni me han notificado la cita? Gracias