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como heredar herencia con un moroso

4 Comentarios
 
Como heredar herencia con un moroso
03/01/2015 21:42
Tengo comprado un piso con un señor a un 50% cada uno, el señor fallece y no deja ningun testamento. Los dos unicos hijos renuncian herencia ya que incluye una hipoteca del piso indicado, unos prestamos personales y un 1/4 del piso heredado de sus padres ya pagado , un coche. Al renunciar la herencia a quién le pertenece el cincuenta porcientos del piso del señor fallecido y como conceguir que el piso pase solo a mi nombre. Habiamos vivido como una pareja sin contraer el matrimonio ni pareja de hecho. La hipoteca por el piso la siguo pagando yo.
Mi intencion es quedarme con hipoteca y tener escritura a mi nombre a 100%.
08/01/2015 10:28
Buenos días, macarco, no es tan sencillo como acabar de pagar la hipoteca y así conseguir la escritura del 100 %.
El 50 % seguirá siendo de la herencia del señor, que en último caso irá a favor del Estado, pero puede ser que aún haya herederos además de los hijos, y también tendrían que renunciar o proponerles ud. un acuerdo.
Como otro recurso, ud. podría reclamar a la "herencia yacente" lo pagado de más de la hipoteca, embargar el 50 % y adjudicársela en subasta.
No es un tema con una sola y sencilla respuesta.
Saludos,
08/01/2015 12:13
Además, al renunciar los hijos, los acreedores querrán cobrarse la deuda con cargo a los activos de la herencia. Se les adjudicará la mitad del piso hasta saldar esas deudas, y lo que sobre irá a los demás herederos y si no hay, al Estado.

La única opción que yo veo para que usted se quede con la propiedad del piso es que si los hijos aún no han renunciado, que negocie usted con ellos: que acepten la herencia y usted salda las deudas del difunto, y ellos le venden a vd la mitad del piso descontando del precio lo pagado por vd. por las deudas.
08/01/2015 12:56
Con permiso, mark9, pero lo de que se adjudicará la mitad del piso a los acreedores, y lo que sobre... no tiene porqué ser así: si los acreedores (por los préstamos personales, se entiende) quieren, podrán embargar la mitad del piso, que está hipotecado, y sacarlo a subasta, no adjudicársela directamente, dependerá de si vale la pena el coste o no.
Saludos,
08/01/2015 14:30
Hola Pomares, lo que quería señalarle es que tanto si es por embargo o por adjudicación, sólo lo es hasta cubrir la deuda. Ya le ponía que los acreedores pueden ejercitar ese derecho de adjudicación (no es obligatorio ni automático).