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¿Cómo puede traer a sus hijos?

1 Comentarios
 
¿cómo puede traer a sus hijos?
19/09/2019 10:26
Soy ecuatoriano me acaba de salir la nacionalidad española y quiero casarme con mi pareja en ecuador ambos vivimos aquí en españa pero nuestros hijos están allá que debemos hacer para poder ella traer a sus hijos y yo el mío
19/09/2019 19:32
Luna16
Hola:

1.- Si se casan en Ecuador, han de casarse en el Registro Civil de Ecuador, siguiendo las previsiones de la legislación de Ecuador ( en concreto, el Código Civil y la Ley Orgánica de Gestión de la Identidad y Datos Civiles).

2.- Luego, han de solicitar el reconocimiento e inscripción del matrimonio celebrado en Ecuador en el Registro Civil del consulado de España acreditado en la demarcación consular donde hayan contraído matrimonio ( en Ecuador hay dos consulados de carrera de España, uno en Quito y otro en Guayaquil).

3.- Cuando haya inscrito el matrimonio y tenga en su poder el certificado literal de matrimonio, deberá solicitar para su cónyuge un visado de entrada en el espacio de Schengen. Una vez en España, tendrá que solicitar la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión en la Oficina de Extranjería de la Subdelegación del Gobierno en la provincia donde residan.

4.- Si su hijo es menor de edad, tendrá derecho a OPTAR por la nacionalidad española por hallarse sujeto a la patria potestad de un español. Si su hijo fuera mayor de 14 años, debe formular la declaración de opción por sí mismo, con la asistencia de ambos progenitores. Si fuera menor de esa edad, la formulación de la declaración de opción la deben hacerla ambos progenitores en nombre y representación del menor, pero previamente han de solicitar y obtener la autorización del encargado del Registro Civil del domicilio del menor ( puede ser el encargado del Registro Civil del consulado de España).

5.- Para los hijos de su pareja, si son menores de 21 años, bastará con probar el vínculo de filiación con su madre y el parentesco por afinidad con usted para que puedan también solicitar un visado de entrada en el espacio de Schengen y dentro de España la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión. Si ya fueran mayores de 21 años, tendrá que probarse además del vínculo de parentesco el hecho de que vivían a cargo en el país de procedencia.

Un cordial saludo.
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¿cómo puede traer a sus hijos?
19/09/2019 10:26
Soy ecuatoriano me acaba de salir la nacionalidad española y quiero casarme con mi pareja en ecuador ambos vivimos aquí en españa pero nuestros hijos están allá que debemos hacer para poder ella traer a sus hijos y yo el mío
19/09/2019 19:32
Luna16
Hola:

1.- Si se casan en Ecuador, han de casarse en el Registro Civil de Ecuador, siguiendo las previsiones de la legislación de Ecuador ( en concreto, el Código Civil y la Ley Orgánica de Gestión de la Identidad y Datos Civiles).

2.- Luego, han de solicitar el reconocimiento e inscripción del matrimonio celebrado en Ecuador en el Registro Civil del consulado de España acreditado en la demarcación consular donde hayan contraído matrimonio ( en Ecuador hay dos consulados de carrera de España, uno en Quito y otro en Guayaquil).

3.- Cuando haya inscrito el matrimonio y tenga en su poder el certificado literal de matrimonio, deberá solicitar para su cónyuge un visado de entrada en el espacio de Schengen. Una vez en España, tendrá que solicitar la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión en la Oficina de Extranjería de la Subdelegación del Gobierno en la provincia donde residan.

4.- Si su hijo es menor de edad, tendrá derecho a OPTAR por la nacionalidad española por hallarse sujeto a la patria potestad de un español. Si su hijo fuera mayor de 14 años, debe formular la declaración de opción por sí mismo, con la asistencia de ambos progenitores. Si fuera menor de esa edad, la formulación de la declaración de opción la deben hacerla ambos progenitores en nombre y representación del menor, pero previamente han de solicitar y obtener la autorización del encargado del Registro Civil del domicilio del menor ( puede ser el encargado del Registro Civil del consulado de España).

5.- Para los hijos de su pareja, si son menores de 21 años, bastará con probar el vínculo de filiación con su madre y el parentesco por afinidad con usted para que puedan también solicitar un visado de entrada en el espacio de Schengen y dentro de España la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión. Si ya fueran mayores de 21 años, tendrá que probarse además del vínculo de parentesco el hecho de que vivían a cargo en el país de procedencia.

Un cordial saludo.