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Compatibilidad entre trabajos por cuenta propia y cuenta ajena.

2 Comentarios
 
Compatibilidad entre trabajos por cuenta propia y cuenta ajena.
28/06/2012 08:44
Buenos dias..

Mi mujer y yo trabajamos por Cta.ajena en sendas empresas con carácter indefinido, mi horario es siempre por la tarde.
Hace unos meses, mi mujer y yo, que estamos en gananciales, hemos creado una sociedad limitada, para su alta en el IAE nos exigen que al menos uno de los dos se dé de alta en el regimen de autonomos y abone su cuota,

En la empresa que trabajo por Cta. ajena por la tarde me dicen que está prohibido que trabaje en otra empresa, aún cuando dispongo de todas las mañanas libres y cotizaría también por ello.
Podrían Uds, informarme si ambos trabajos, el realizado por la mañana po Cta. propia y el de tarde por Cta. ajena son compatibles entre si ?

Muchas gracias por anticipado...
28/06/2012 10:34
El Administrador de la SL debe darse de alta y cotizar a la Seguridad Social o en el régimen general sin desempleo o en el de autonomos, dependiendo del control que tenga sobre el capital. REspecto al otro, si trabaja en la Sl sucederá lo mismo.
No está prohibido trabajar en otras empresas, excepto en el caso de que se hubiera pactado en el contrato dicha prohibición y se percibiera un plus por exclusividad. Normalmente las prohibiciones son para trabajar en empresas cuya actividad coincida plenamente con la de la empresa en la que se trabaja y las razones son obvias.
28/06/2012 10:40
Totalmente compatible Autónomo con el trabajo por cuenta ajena-
Se llama Pluriactividad
Pensión: Sí valen ambos. Si se superponen 15 años en los dos regímenes, tendrías 2 pensiones. Si no llegas a 15 en alguno de los dos, las bases se suman, con el tope de la pensión máxima,
Compatibilidad entre trabajos por cuenta propia y cuenta ajena. | PorticoLegal
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Compatibilidad entre trabajos por cuenta propia y cuenta ajena.

2 Comentarios
 
Compatibilidad entre trabajos por cuenta propia y cuenta ajena.
28/06/2012 08:44
Buenos dias..

Mi mujer y yo trabajamos por Cta.ajena en sendas empresas con carácter indefinido, mi horario es siempre por la tarde.
Hace unos meses, mi mujer y yo, que estamos en gananciales, hemos creado una sociedad limitada, para su alta en el IAE nos exigen que al menos uno de los dos se dé de alta en el regimen de autonomos y abone su cuota,

En la empresa que trabajo por Cta. ajena por la tarde me dicen que está prohibido que trabaje en otra empresa, aún cuando dispongo de todas las mañanas libres y cotizaría también por ello.
Podrían Uds, informarme si ambos trabajos, el realizado por la mañana po Cta. propia y el de tarde por Cta. ajena son compatibles entre si ?

Muchas gracias por anticipado...
28/06/2012 10:34
El Administrador de la SL debe darse de alta y cotizar a la Seguridad Social o en el régimen general sin desempleo o en el de autonomos, dependiendo del control que tenga sobre el capital. REspecto al otro, si trabaja en la Sl sucederá lo mismo.
No está prohibido trabajar en otras empresas, excepto en el caso de que se hubiera pactado en el contrato dicha prohibición y se percibiera un plus por exclusividad. Normalmente las prohibiciones son para trabajar en empresas cuya actividad coincida plenamente con la de la empresa en la que se trabaja y las razones son obvias.
28/06/2012 10:40
Totalmente compatible Autónomo con el trabajo por cuenta ajena-
Se llama Pluriactividad
Pensión: Sí valen ambos. Si se superponen 15 años en los dos regímenes, tendrías 2 pensiones. Si no llegas a 15 en alguno de los dos, las bases se suman, con el tope de la pensión máxima,