Hola. Buenos días.
Si alguien me puede contestar si es tan amable.
Estoy percibiendo una pensión de incapacidad permenente total por accidente laboral (amputación poarcial de tres dedos de la mano derecha, soy diestro). Categoría peón de fábrica-Maquinista torrador de cacao.Mi pregunta es la siguiente:
¿ Puedo compatibilizar el cobro de dicha pensión con un puesto de funcionario en el cuerpo auxiliar admvo. de la Admón. del Estado?
Gracias.
Se debe comunicar al INSS, como dice 0.0.0.0. Ellos también se dan cuenta al darte de alta la empresa, por la base de datos compartida con la Tesorería. Pero es mejor que vayas tú a que recibas la carta.
Bueno, si te dan de alta en Derechos pasivos -Muface, no sale en su base de datos.
Luego pueden mandar que pases revisión médica por si has mejorado, pero en tu caso no veo cómo.
Entonces imagino que podrás trabajar porque no es la actividad por la que se te dio la pensión.
Yo entiendo que habrás aprendido a escribir con la izquierda, aunque ahora ya sabes que es mucho ordenador sobre todo.
Pero no te podemos asegurar nada.
Todo trabajador al que se le reconoce una IPT,es para su profesión habitual; esto quiere decir que puede realizar otro, siempre y cuando dicho trabajo sea autorizado por el INSS. En estos casos lo que se mira es si el nuevo trabajo es compatible con las lesiones por las que se incapacitó al trabajador. Si un trabajador no pide autorización se arriesga a perder la prestación, y el empresario a ser fuertemente sancionado.