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Compensación convenio colectivo empresa

4 Comentarios
 
Compensación convenio colectivo empresa
23/05/2020 23:38
Hola, buenas noches. Hace cuatro años, sufrí accidente laboral, y he estado mucho tiempo peleando por que se reconociera esa situación.
El año pasado, por fin se me concedió como consecuencia de ese accidente laboral, una incapacidad permanente para mi trabajo habitual.
En mi convenio colectivo se establece que en este caso, en el que como consecuencia de un accidente laboral, se conceda una incapacidad temporal, existe un seguro que abonará 24.000 € a la persona incapacitada.
Pues bien, desde que se me concedió la incapacidad, estoy intentando averiguar cómo proceder. He intentado ponerme en contacto con Recursos Humanos, indicando que me den los datos del seguro o si lo gestionan ellos, y no hacen nada más que darme largas. Por eso tengo miedo, de que exista un límite de plazo para solicitar esa indemnización por parte del Seguro de la empresa.
Alguien sabe si existe un plazo máximo para solicitar al seguro de la empresa esa indemnización?
Sabe también alguien cómo proceder, sin quedar tampoco mal con la empresa? Si la empresa me facilitase los datos de la póliza, podría yo tramitarlo todo?
Ojalá alguien pueda ayudarme.
24/05/2020 00:57
atvjodar
Incapacidad temporal ? Lo dudo, mas bien será un IPT o una IPA, lo normal en estas indemnizaciones es que sea por una IPA, no necesita usted nada de la empresa, esto viene reflejado en el convenio, por cierto podría decirnos cuál es y le aclariamos más la cosa. Si la empresa no le dice nada, por cierto son ellos tienes tienen hacer los trámites, si no los hacen no queda otra que demandar, lo de ir por la de buenas es pura cobardía, hay que ponerlos en su sitio y dejarles las cosas claras, sino siempre estaremos perdiendo de nuestros dichos y encima piensan que es nuestra obligación que se lo debemos todo por habernos contratado, ya está bien.
24/05/2020 12:25
Jamgrrhh28
Es una IPT, concedida hace un año. Desde la empresa, que es del convenio del sector servicios, viene reflejado que le corresponde la indemnización a IPT e IPA. Desde la empresa me han dicho que no hay problema, que lo están tramitando, pero hace mucho tiempo y no tengo respuesta. Querría saber si hay un plazo máximo para poder solicitar está compensación, o si pasado un tiempo, esto prescribe...es que ya tengo al duda de que estén haciendo algo relativo a mi tramitación. Gracias
24/05/2020 14:54
atvjodar
Que yo sepa no existe un plazo determinado y puesto que tuvo que reclamar para que se la reconociese desde ese momento y hasta dos años después tiene usted reserva de plaza por si tuviese que volver por mejoría, es por ello que las aseguradoras no pagan hasta cumplidos esos dos años, en realidad las aseguradoras deben pagar en cuanto se reconoce la incapacidad pero como es revisable no pagan hasta que transcurren esos dos años, esto no es así pero se basan en que si luego le revisan la IPT y le dan apto para trabajar tendría usted que devolver la prestación y entonces la mayoría de las veces el trabajador ya se habría pulido la indemnización así que para evitar esto no pagan, usted puede reclamar porque si deben pagar uso luego le dan el alta ya es problema suyo tener que devolver el dinero recibido.
24/05/2020 14:59
atvjodar
Muchas gracias. Me sirvió su respuesta. Ahora tengo más claro cuando podré cobrar esa compensación.
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Hola, buenas noches. Hace cuatro años, sufrí accidente laboral, y he estado mucho tiempo peleando por que se reconociera esa situación.
El año pasado, por fin se me concedió como consecuencia de ese accidente laboral, una incapacidad permanente para mi trabajo habitual.
En mi convenio colectivo se establece que en este caso, en el que como consecuencia de un accidente laboral, se conceda una incapacidad temporal, existe un seguro que abonará 24.000 € a la persona incapacitada.
Pues bien, desde que se me concedió la incapacidad, estoy intentando averiguar cómo proceder. He intentado ponerme en contacto con Recursos Humanos, indicando que me den los datos del seguro o si lo gestionan ellos, y no hacen nada más que darme largas. Por eso tengo miedo, de que exista un límite de plazo para solicitar esa indemnización por parte del Seguro de la empresa.
Alguien sabe si existe un plazo máximo para solicitar al seguro de la empresa esa indemnización?
Sabe también alguien cómo proceder, sin quedar tampoco mal con la empresa? Si la empresa me facilitase los datos de la póliza, podría yo tramitarlo todo?
Ojalá alguien pueda ayudarme.
24/05/2020 00:57
atvjodar
Incapacidad temporal ? Lo dudo, mas bien será un IPT o una IPA, lo normal en estas indemnizaciones es que sea por una IPA, no necesita usted nada de la empresa, esto viene reflejado en el convenio, por cierto podría decirnos cuál es y le aclariamos más la cosa. Si la empresa no le dice nada, por cierto son ellos tienes tienen hacer los trámites, si no los hacen no queda otra que demandar, lo de ir por la de buenas es pura cobardía, hay que ponerlos en su sitio y dejarles las cosas claras, sino siempre estaremos perdiendo de nuestros dichos y encima piensan que es nuestra obligación que se lo debemos todo por habernos contratado, ya está bien.
24/05/2020 12:25
Jamgrrhh28
Es una IPT, concedida hace un año. Desde la empresa, que es del convenio del sector servicios, viene reflejado que le corresponde la indemnización a IPT e IPA. Desde la empresa me han dicho que no hay problema, que lo están tramitando, pero hace mucho tiempo y no tengo respuesta. Querría saber si hay un plazo máximo para poder solicitar está compensación, o si pasado un tiempo, esto prescribe...es que ya tengo al duda de que estén haciendo algo relativo a mi tramitación. Gracias
24/05/2020 14:54
atvjodar
Que yo sepa no existe un plazo determinado y puesto que tuvo que reclamar para que se la reconociese desde ese momento y hasta dos años después tiene usted reserva de plaza por si tuviese que volver por mejoría, es por ello que las aseguradoras no pagan hasta cumplidos esos dos años, en realidad las aseguradoras deben pagar en cuanto se reconoce la incapacidad pero como es revisable no pagan hasta que transcurren esos dos años, esto no es así pero se basan en que si luego le revisan la IPT y le dan apto para trabajar tendría usted que devolver la prestación y entonces la mayoría de las veces el trabajador ya se habría pulido la indemnización así que para evitar esto no pagan, usted puede reclamar porque si deben pagar uso luego le dan el alta ya es problema suyo tener que devolver el dinero recibido.
24/05/2020 14:59
atvjodar
Muchas gracias. Me sirvió su respuesta. Ahora tengo más claro cuando podré cobrar esa compensación.