Tengo a un señor que cotizo al regimen especial de autonomos durante 41 años, pero solicito la jubilacion 5 meses antes de la fecha en la que le corresponderia. Desde el INSS, considera jubilacion anticipada voluntaria, y no le corresponde el complemento de maternidad, el de la brecha de genero tampoco, por otras razones. La razón de su jubilacion anticipada, fue que estuvo de baja durante 6 meses a causa de una enfermedad y varias intervenciones quirurgicas, como consecuencia de ello traspaso sus negocios, cuando le dieron el alta, no se incorporó al regimen de autonomos por que la cuota era muy alta y no la podia abonar al no tener ingresos, asi que opto por la jubilación. Aunque la jubilación forzosa no existe en autonomos, se podia considerar esa "situacion" lo que le llevo a la jubilacion anticipada ,a la hora de la reclamación previa? Muchas gracias por vuestras aclaraciones.
Hola. Imagino que se jubiló antes del 3-2-2021 para poder cobrar la paternidad. Se podría intentar equiparar su situación a una jubilación anticipada involuntaria, pero difícilmente el juzgado va a admitirlo, salvo que el juez fuese muy progresista y se demostrase su situación económica. En caso de ganarlo, el INSS recurriría y lo mismo en el Tribunal Superior de Justicia dependería igualmente, del ponente y demás miembros. Saludos