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Complemento “maternidad”

7 Comentarios
 
Complemento “maternidad”
21/01/2024 15:54
Jubilado en 2019, casado con un hijo nacido antes 1994. ¿ Tiene derecho al complemento de “Maternidad” , o al complemento para la brecha de género?.
21/01/2024 16:04
Jubilado que cobra complemento de “maternidad” perdería el complemento si su cónyuge solicita el complemento para la brecha de género?
28/01/2024 14:12
BI318
Hola. No tiene derecho al complemento de paternidad pues uno de los requisitos para la paternidad ( no así para el complemento para la reducción de la brecha de género ) es que se hayan tendido 2 hijos o más.
Saludos
28/01/2024 14:14
BI318
Hola. El jubilado que cobra la paternidad, cuando la mujer se jubile y cobre la brecha de género, al marido le reducirán la paternidad en la misma cuantía que cobre su mujer.
Entre los dos cobrarán la misma cuantía de la paternidad pero repartida entre los dos.
Saludos
22/05/2024 11:56
Buenos días, aunque quizás no sea este el foro adecuado, tengo un amigo actualmente con 67 años, encuadrado en Régimen de Seguridad Social que tras quedarse en paro a los 61 años, solicito la jubilación voluntaria en 2017, por tanto antes de cumplir los 65 años de edad, solicitando en noviembre de 2023 a la Seguridad Social el incremento de pensión por el complemento de maternidad al tener tres hijos, siéndole DENEGADO por la SS., argumentando esta "que había prescrito", por lo que recurrió dicha Resolución que igualmente le fue desestimada, ante lo cual ha presentado demanda judicial asesorado por un Abogado y le han fijado fecha de juicio para abril de 2025.
En las desestimaciones administrativas de la SS., no le hace mención alguna a su jubilación antes de los 65 años de edad.
Tendría derecho a percibir el complemento de maternidad por aportación demográfica al haberse jubilado antes de los 65 procedente de desempleo?
25/05/2024 11:26
sedal
Hola. Muy probablemente se jubiló a los 61 años ( jubilación anticipada ) pero debió aportar la carta de despido objetivo uy el justificante bancario del cobro de la indemnización o la resolución del FOGASA sobre el pago de la indemnización. Por tanto la jubilación sería anticipada involuntaria.
Además si el día del juicio, el INSS alegase que fue una jubilación anticipada voluntaria ( y no constase nada en el expediente administrativo al respecto) el abogado deberá alegar indefensión pues sería un hecho nuevo que no consta en las resoluciones del INSS.
Por último, respecto a la prescripción , el Tribunal Supremo ya se ha pronunciado indicando que no hay prescripción por lo menos hasta el día 12/12/2024 ( 5 años desde la fecha de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea).
Saludos
26/05/2024 10:48
Un saludo a todos los que participan en el foro.Pregunto tengo tres hijos,pensionista desde enero del 2018,me pertenecería el complemento de paternidad?(incapacidad permanente)gracias
31/05/2024 13:41
Petao61
Si.

Requisitos para que los hombres puedan solicitar el complemento de maternidad
Ser hombre y ser titular de una pensión contributiva de jubilación, viudedad o incapacidad permanente.
Que el reconocimiento de la citada prestación haya tenido lugar entre el 1 enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021.
Que, para el caso de pensionistas de jubilación, el acceso a la misma haya sido en la modalidad de jubilación “ordinaria” o por jubilación anticipada “forzosa”, es decir no “voluntaria”, excluyéndose de igual forma, los supuestos de jubilación “parcial”.
Haber tenido dos hijos o más, estableciéndose, en función de ello, un porcentaje a aplicar a la pensión que oscila entre el 5% y el 15% dependiendo del número de hijos. (Un 5% por dos hijos, un 10% por tres hijos y un 15% por cuatro hijos o más).