Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Compra de piso. No conseguimos firmar la escritura.

3 Comentarios
 
Compra de piso. no conseguimos firmar la escritura.
18/12/2019 09:44
El 30 de noviembre finalizó el contrato de arras sin que hallamos podido firmar escrituras, entregando una señal previamente. A fecha de hoy, el piso tiene la cédula de habitabilidad sin tener concedido el final de obra. La comercial no nos informa, nos ha dicho que esperemos hasta enero, siempre dando largas. Nos hemos propuesto esperar hasta esa fecha, pero si no firmamos escrituras, qué pasos tendríamos que dar para recuperar el doble de la señal y cuánto tiempo se tardaría.
18/12/2019 10:21
Euli
Asumiento que haya incumplimento por la otra parte, puedes exigir las arras enviando burofax y si no hay respuesta y acuerdo amistoso, mediante reclamación dineraria en el juzgado. El tipo de juicio dependería del importe. Sería recomendable abogado.
También puedes prorrogar el contrato de arras si lo que quieres es la vivienda.
14/01/2020 10:26
Euli
Disculpa, pero para conceder la cedula de habitabilidad es requisito imprescindible tener el Final de obra, al menos hasta lo que yo sé... me extraña muchisimo que se haya concedido sin tener el F.O..
14/01/2020 20:40
Euli
Coincido con la respuesta de Paquito:

Primero y ante todo mande el burofax, para poder demostrar que está usted dispuesto a escriturar, no vaya a ser que luego le resulte difícil probar que fue la otra parte la que incumplió su compromiso de escriturar.

Todo, todo, es escriturable: a usted le pueden vender una casa sin CH, sin LPO, y sin CFO, y si acude usted a escriturar al Notario, el mismo dará fe de que compra usted en escritura pública, y si acaso añadirá "..hechos los apercibimientos legales...", salvo que las leyes de vivienda de la CCAA en cuestión lo prohíban (ojo, no en obra nueva, art. 20 TR Ley del Suelo tras la redacción del mismo dada por la L. 8/2013).

¿Tiene la Licencia de Primera Ocupación? ¿es obra nueva, o es una casa ya terminada y sometida a un expediente de legalización? Si no tiene LPO y aunque tenga CH pudiera usted tener que afrontar los gastos de legalización.

Vivienda está transferido a las CCAA ¿desde dónde pregunta?

En cuanto a la cédula de habitabilidad, es un justificante de que la casa es habitable, y si la tiene, el problema del Certificado de Final de obra -no es algo que se conceda, sino que se certifica- es para el arquitecto, que realmente se la juega; por ejemplo, si hay un accidente de un obrero en una obra en teoría terminada. Y también para el promotor, que si tiene un préstamo, no podrá disponer del total sin el CFO.
Compra de piso. No conseguimos firmar la escritura. | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Compra de piso. No conseguimos firmar la escritura.

3 Comentarios
 
Compra de piso. no conseguimos firmar la escritura.
18/12/2019 09:44
El 30 de noviembre finalizó el contrato de arras sin que hallamos podido firmar escrituras, entregando una señal previamente. A fecha de hoy, el piso tiene la cédula de habitabilidad sin tener concedido el final de obra. La comercial no nos informa, nos ha dicho que esperemos hasta enero, siempre dando largas. Nos hemos propuesto esperar hasta esa fecha, pero si no firmamos escrituras, qué pasos tendríamos que dar para recuperar el doble de la señal y cuánto tiempo se tardaría.
18/12/2019 10:21
Euli
Asumiento que haya incumplimento por la otra parte, puedes exigir las arras enviando burofax y si no hay respuesta y acuerdo amistoso, mediante reclamación dineraria en el juzgado. El tipo de juicio dependería del importe. Sería recomendable abogado.
También puedes prorrogar el contrato de arras si lo que quieres es la vivienda.
14/01/2020 10:26
Euli
Disculpa, pero para conceder la cedula de habitabilidad es requisito imprescindible tener el Final de obra, al menos hasta lo que yo sé... me extraña muchisimo que se haya concedido sin tener el F.O..
14/01/2020 20:40
Euli
Coincido con la respuesta de Paquito:

Primero y ante todo mande el burofax, para poder demostrar que está usted dispuesto a escriturar, no vaya a ser que luego le resulte difícil probar que fue la otra parte la que incumplió su compromiso de escriturar.

Todo, todo, es escriturable: a usted le pueden vender una casa sin CH, sin LPO, y sin CFO, y si acude usted a escriturar al Notario, el mismo dará fe de que compra usted en escritura pública, y si acaso añadirá "..hechos los apercibimientos legales...", salvo que las leyes de vivienda de la CCAA en cuestión lo prohíban (ojo, no en obra nueva, art. 20 TR Ley del Suelo tras la redacción del mismo dada por la L. 8/2013).

¿Tiene la Licencia de Primera Ocupación? ¿es obra nueva, o es una casa ya terminada y sometida a un expediente de legalización? Si no tiene LPO y aunque tenga CH pudiera usted tener que afrontar los gastos de legalización.

Vivienda está transferido a las CCAA ¿desde dónde pregunta?

En cuanto a la cédula de habitabilidad, es un justificante de que la casa es habitable, y si la tiene, el problema del Certificado de Final de obra -no es algo que se conceda, sino que se certifica- es para el arquitecto, que realmente se la juega; por ejemplo, si hay un accidente de un obrero en una obra en teoría terminada. Y también para el promotor, que si tiene un préstamo, no podrá disponer del total sin el CFO.