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comprar pisos dos divorciados

2 Comentarios
 
Comprar pisos dos divorciados
08/07/2011 13:39
Hola mi problema es en cuestión de herencias. Si compro un piso con mi pareja (los dos somos divorciados y con hijos). Como tendríamos que hacer para que en el caso de fallecimiento de uno de los dos, los hijos de los respectivos no pidan la parte de su herencia????
Vamos que el que quede en vida no tenga que salir de la casa ni tampoco desembolsarle la parte del dinero del otro (salvo que quiera de forma voluntaria claro).
O en todo caso que tipo de asesor tendría que ir para que me informen de esto: fiscal, matrimonial, etc...
Gracias de antemano.
08/07/2011 14:49
Pues casandoos.

Si no os casais, aun os podeis dejar el uno al otro el usufructo hasta el limite de la legitima, pero hay dos problemas:
- No podeis aplicar a los hijos la condicion socini (que permitan un usufructo sobre su legitima o pierdan la mejora)
- Al sobreviviente le van a pulir a impuestos al no ser viudo ni familiar directo.
Un abogado civilista es quien mejor te puede informar, pero me extranaria que su solucion fuera muy diferente de la mia...

Lo que yo no se ahora a vuelapluma es hasta que punto el registraros como pareja de hecho se podria asemejar al matrimonio a efectos de la cautela socini. A ver si alguien mas informado nos aclara esto.

08/07/2011 17:56
No hay ninguna solución a su problema, incluso si contrae matrimonio, ya que el cónyuge sólo tiene derecho al usufructo del 1/3 destinado a mejora

La cautela socini es legal pero no garantiza que los hijos no ejerzan su derecho a la legitima.

La única solución viable es: o bien, dejarles otros bienes a los hijos suficientes como para que el valor de la mitad del piso pueda ser considerada de libre disposición y así dejarla a la otra pareja o bien hacer un doble contrato privado de compraventa por el cual cada uno vende su parte del piso al otro, en este caso, cada parte guardará su contrato y lo podrá hacer valer frente a los herederos del fallecido. El inconveniente es que los herederos del superviviente se quedarían con el piso. Otro inconveniente es que fallecido uno, el contrato de compraventa de éste caiga en poder de sus herederos. En este caso si el superviviente hiciese valer el contrato podría ser declarado nulo ante la existencia de otro contrato en sentido opuesto.