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Compraventa Vivienda - IBIs atrasados

11 Comentarios
 
Compraventa vivienda - ibis atrasados
14/08/2013 08:56
Buenas a todos

a ver si alguien puede ayudarnos . En julio de 2011 compramos una vivienda y resulta que hemos pasado por el ayuntamiento y tiene todos los IBI atrasados antes de la compra sin pagar. La deuda ascienda a 2000€ aprox. El tema es saber si el notario o la gestoria que nos llevo los papeles tenían algun tipo de obligación de comprobar que la vivienda estuviera al día en el pago de los impuestos municipales. Es para saber si puedo reclarmar a alguno de ellos.

Saludos
Javi
14/08/2013 09:21
En primer lugar, revisen la escritura por si el Notario hizo alguna advertencia sobre ello o realizó petición telemática de la información.

Lamentable, de ser cierta esa deuda, es la vivienda la que responde de esos pagos anteriores, por lo que serían ustedes responsables.

No obstante, como le indico, revise en primer lugar la escritura.

Quedo a su disposición.

Motta&L Abogados
14/08/2013 09:44
Gracias por responder Motta.

En la escritura no hay ningua referencia a dicha deuda , es más, está incluida copia de los últimos recibos de IBI y basura, pero SIN PAGAR. Es decir que el vendedor nos la "colo" a todos por que no nos dimos que dichos recibos estaban sin validar.

Un desproposito por parte de todos (me incluyo). La cuestión es : ¿tiene responsabilidad el notario o la gestoría por no comprobar que los recibos estaban pagados? ¿puede reclamarles que se hagan cargo al menos de parte de la deuda?

Gracias
Javi


14/08/2013 10:03
Entiendo que salvo que el Notario hubiera indicado en la escritura que los recibos estaban pagados, no hay responsabilidad por su parte.

Quedo su disposición,

Motta&L Abogados
14/08/2013 10:42
Usted como comprador, debió exigirle al vendedor la entrega del último recibo de la contribución e incorporarlo a la escritura.
Es lo mismo que con el certificado de deudas de una Comunidad de Propietarios.
También debe averiguar en el Ayuntamiento, cuantos recibos hay pendientes y si las deudas están en fase ejecutiva a nombre del vendedor.
14/08/2013 12:14
Hola Acriton,

el último recibo de la contribución se le pidio al vendedor y se incorporo a la escritura pero nadie se cercioro de que estaba sin pagar. Vamos que nos la colo doblada.

saludos
javi
17/08/2013 07:32
De todos modos ¿ en la escritura no dice que el piso se vende libre de cargas ?.
Mirelo bien, podria ser que el vendedor haya incurrido en falsedad.
17/08/2013 14:24
Si aportó recibo, debe estar pagado.
A no ser que no sea recibo, sino notificación para ir a pagar.
Si es así usted cometió una torpeza y el notario (experto en la materia), ni digamos.
18/08/2013 11:33
Duk2 , la escritura menciona que el piso esta libre de cargas en uno de sus parrafos por lo que efectivamente mintio, el error fue no ir al ayuntamiento para asegurarnos.

Acriton , lo que aporto y se incoporo a la escritura fue la notificacion de pago.

La cuestion es saber si la gestiria o el notalrio tienen responsabilidad por no darse cuenta que .era la notificacion y no el recibo.

Nuestra torpeza ya la tengo mas que asumida.

Saludos
Javi

P.D disculpad por los acentos , en este chisme no se ponerlos.k
19/08/2013 08:20
Independientemente de la posible responsabilidad notarial que aún no tengo clara; hay que tener en cuenta que usted es responsable subsidiario, por lo que en primer lugar el Ayuntamiento debe reclamar al anterior propietario. Además, habría que saber qué ejercicios le reclaman para saber si tiene o no obligación de pagarlos todos.

Quedo a su disposición,

Motta&L Aobogados
19/08/2013 09:12
Motta,

el ayto no me reclama todavía nada. Se lo están reclamando al vendedo , pero no quiere pagar. Tiene serios problemas economicos debido a la crisis inmobiliaria.

El asunto es que en el ayto. nos han dicho que si el se declara insolvente la deudad tendriamos que pagarla nosotros.

Saludos
Javi
19/08/2013 09:22
No es tanto que él se declare insolvente, sino que el Ayuntamiento en cuestión tramite todo el procedimiento administrativo y se determine la insolvencia.

Quedo a su disposición,

Motta&L Abogados