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compraventa

3 Comentarios
 
Compraventa
18/08/2006 10:22
Mi pregunta es que base exactamente hay que coger de la escritura para calcular el impuesto de transmisiones patrimoniales en una compraventa y que porcentaje se le aplica.
Gracias, un saludo
24/08/2006 03:29
si es de segunda mano el 7% de i.t.p y la base es el precio que figura en la escritura. Si es nueva, lo que hay que pagar el I.V.A al 7% y creo que el 1% de actos juridicos documentados.
24/08/2006 05:01
Lo que dice laurita es correcto al 100% en lo que se refiere a la base imponible (= precio declarado, aunque podría ser impugnable) y en cuanto al tipo del 7%, tratese de ITPAJD (impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos juridicos documentados), o de IVA.

Lo que ya no tengo yo tan claro es lo del 1% de actos juridicos documentados acumulable al IVA cuando se trate de viviendas vendidas por una promotora (si se trata de locales, el tipo aplicable sería el de 16% de IVA).

24/08/2006 09:49
Efectivamente, es que parece una pregunta trampa :)

El ITP tiene tres modalidades ( como tres impuestos distintos):

- TPO ( transmisiones patrimoniales onerosas)
- OS (operaciones societarias)
-AJD ( actos jurídicos documentados)

El IVA es totalmente incompatible con el primero, pero no con los otros dos.

Habría que saber de que modalidad estamos hablando, pues la forma de calcular la base imponible es distinta.

Y si efectivamente se está hablando de TPO ( cuando se dice ITP se suele referir a esta modalidad), entonces no tiene sentido, pues son incompatibles.

Saludos.

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