Mi pregunta es que base exactamente hay que coger de la escritura para calcular el impuesto de transmisiones patrimoniales en una compraventa y que porcentaje se le aplica.
Gracias, un saludo
si es de segunda mano el 7% de i.t.p y la base es el precio que figura en la escritura. Si es nueva, lo que hay que pagar el I.V.A al 7% y creo que el 1% de actos juridicos documentados.
Lo que dice laurita es correcto al 100% en lo que se refiere a la base imponible (= precio declarado, aunque podría ser impugnable) y en cuanto al tipo del 7%, tratese de ITPAJD (impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos juridicos documentados), o de IVA.
Lo que ya no tengo yo tan claro es lo del 1% de actos juridicos documentados acumulable al IVA cuando se trate de viviendas vendidas por una promotora (si se trata de locales, el tipo aplicable sería el de 16% de IVA).